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SE INTERPONE RECURSO DE REVISIÓN EN CONTRA EL MEDIO DE APREMIO IMPUESTO POR EL AUDITOR SUPERIOR DE FISCALIZACIÓN DEL ESTADO DE MÉXICO.


Enviado por   •  14 de Junio de 2016  •  Trabajo  •  1.294 Palabras (6 Páginas)  •  332 Visitas

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“2016. Año del Centenario de la Instalación del Congreso Constituyente”.

HUEHUETOCA, MÉXICO A 09 DE MAYO DE 2016

ASUNTO: SE INTERPONE RECURSO DE REVISIÓN EN CONTRA EL MEDIO DE APREMIO IMPUESTO POR EL AUDITOR SUPERIOR DE FISCALIZACIÓN DEL ESTADO DE MÉXICO.

C.P.C. FERNANDO V. BAZ FERREIRA

AUDITOR SUPERIOR DE FISCALIZACIÓN

DEL ORGANO SUPERIOR DE FISCALIZACIÓN

DEL ESTADO DE MÉXICO.

P R E S E N T E:

C. HECTOR CANO HERNÁNDEZ, en mi carácter de Tesorero del Organismo Público Descentralizado denominado Instituto Municipal de Cultura, Física y Deporte de Huehuetoca, Estado de México lo que compruebo con nombramiento en copia certificada que anexo a la presente, señalando como domicilio para oír y recibir todo tipo de notificaciones y documentos el ubicado en Plaza Hidalgo, Avenida Juárez, Sin Número, Cabecera Municipal, en el interior del Palacio Municipal de Huehuetoca, Estado de México, autorizando a la Licenciada MARICELA MEDINA ZAMUDIO, y a los Pasantes en Derecho C. Antonio Abigail Ortiz López, C. Juan Velasco Salinas y C. Kevin Arriaga Martínez, indistintamente, ante Usted comparezco para exponer:- - - - - - - - - - - -

Que por medio de la presente SE INTERPONE RECURSO DE REVISION en contra el medio de apremió que me impuso el Auditor Superior de Fiscalización del Estado de México, conforme a lo dispuesto en los artículos 67 y 68, del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -- - - -- - - - - - - - - - - - - - - - - -

Que la Litis en el presente recurso de revisión se constriñe de acuerdo a lo siguiente:- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -- - - - - - - - - - -

LA FECHA EN LA QUE SE TUVO CONOCIMIENTO DE MEDIO DE APREMIO.- EL día veinte de abril de dos mil dieciséis.

“El día veinte de abril de dos mil dieciséis se recibió en las oficinas del Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Huehuetoca, Estado de México, el oficio con numero OSFEM/UAJ/SCA/DCOP/MA/2686/16, con fecha Cinco de Abril del presente año, proveniente de el Auditor Superior de Fiscalización del Estado de México, donde indica que el suscrito no realizo la presentación a tiempo del informe mensual, por lo cual le impone medio de apremio equivalente a cien días de salario mínimo equivalentes a $7,304.00 (siete mil trescientos cuatro pesos con cero centavos en moneda nacional), multa que se impone al C. HECTOR CANO HERNANDEZ Tesorero del Organismo Publico Descentralizado del Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Huehuetoca, ya que considera que al no presentar el informe mensual se considera como una falta grave, en razón de que impide al Órgano Superior del Estado de México, cumpla oportunamente con las atribuciones establecidas en la Ley de Fiscalización Superior del Estado de México, así como en su reglamento interior, que en términos generales son los de fiscalizar, revisar las cuentas publicas y los actos relativos a la aplicación de los fondos o recursos públicos de los municipios y de sus organismos auxiliares”.

Así mismo informo a esta autoridad la razón por la que me vi imposibilitada en no dar cumplimiento al informe mensual que señala el artículo 350 del Código Financiero del Estado de México y Municipios, MISMA QUE FUE POR UN PERCANCE AUTOMOVILISTICO, Y AL IGUAL EL CIERRE PARCIAL DE LA CARRETERA MEXICO-TOLUCA, el cual hizo que me viera imposibilitado en llegar a tiempo y forma y no entregar así el informe mensual,

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