SRL CASOS PARTICULARES
Enviado por santiq • 28 de Mayo de 2013 • 515 Palabras (3 Páginas) • 686 Visitas
CASO PRÁCTICO SRL
Para que se pueda realizar la venta de la cuota social en una Sociedad de Responsabilidad Limitada con una cantidad menor a 5 socios debe haber unanimidad entre estos para que se configure la venta. Estos tienen 15 días para dar su decisión, en caso de que no halla respuesta se considerará como aceptada la venta.
Si existe oposición a la venta, el socio que quiere vender su cuota social podrá presentarse ante el Juez. Este citara a una audiencia al socio, el representante de la sociedad y los socios opositores a la venta, en caso de que el juez considere que no existe causa justa de oposición autorizara la cesión de la cuota social.
Los socios tienen 10 días en los cuales pueden comprar la cuota social, en caso de que decidan no hacer uso de esta opción tendrán 10 días a partir de vencido el plazo para que las cuotas puedan ser adquiridas por la sociedad con utilidades o se resuelva la reducción del capital.
En caso de que no se cumplan ninguna de estas el socio podrá vender su cuota a un tercero
CASO 2 – BRODASON S.A.
La sociedad anónima se convierte en irregular luego de que pasaron los 30 días que tienen para presentarse ante la Auditoria Interna de la Nación luego de celebrar el contrato escrito.
La responsabilidad para los socios es solidara en los casos de sociedades irregulares y cae el beneficio de exclusión establecido en el artículo 76 de la ley 16.060. Este dice, “Los acreedores sociales no podrán exigir de los socios el pago de sus créditos sino después ejecución del patrimonio social y cuando corresponda en relación de su responsabilidad, según el tipo adoptado.”
Por lo tanto ante un reclamo, los socios de la sociedad anónima responderán con su patrimonio solidariamente por la totalidad de la obligación.
La sociedad se regularizo al inscribirse en la AIN y el RNC, y posteriormente publicando en el diario oficial.
Por los vales otorgados a El Rey del Repuesto S.A. y por las cuotas de arrendamiento adeudadas, los socios de Brodason S.A. responderán solidariamente porque ambas obligaciones se contrajeron en el momento en que la sociedad era irregular. La responsabilidad no cesa al regularizarse la sociedad, por lo tanto los socios responderán solidariamente por aquellas deudas contraídas mientras era irregular la sociedad.
Esto esta establecido en el artiiclo 21 de la ley 16.060 que dice “Los socios, los administradores y los representantes serán solidariamente responsables por los actos y contratos celebrados a nombre de la sociedad en formación, sin poder invocar el beneficio de excusión del artículo 76 ni las limitaciones que se funden en el contrato social. Dicha responsabilidad cesará en cuanto a los actos indispensables para la constitución de la sociedad cuando ésta se haya
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