Semana 6 Derecho Empresarial 1
Enviado por sergio094 • 5 de Noviembre de 2014 • 854 Palabras (4 Páginas) • 395 Visitas
Actividad 6
Resuelva:
Se presenta una trabajadora a su empresa para iniciar ua relación uneva de trabajo, la trabajadora realizará la función de secretaria de gerencia de recursos humanos.
Usted como Gerente de Recursos Humanos debe redactar el contrato individual de trabajo y tomar en cuenta los requisitos que exige la ley.
Archivo adjunto.
Actividad 7
Investigue los siguientes medios alternativos para resolver conflictos laborales:
Arreglo directo
Conciliación
Mediación
Para realizar la presente investigación visite el siguiente sitio:
Portal de trabajo y previsión social
Arreglo directo
El arreglo directo, o negociación directa, es un tipo de solución de conflictos en el que dos o más personas trabajan en la solución de su problema, o previenen un conflicto futuro, sin la intervención de terceros. El acuerdo final se deja por escrito en un contrato de transacción. El arreglo directo es considerado en el código civil y de trabajo de Guatemala. En otras palabras el arreglo directo es un acuerdo o contrato al que ambas partes llegan, dando por terminado el conflicto, de manera extrajudicial. En el contrato que tiene las cláusulas del arreglo directo se plasman las concesiones de ambas partes, que eliminan o modifican las obligaciones sin la intervención de una tercera parte.
Otro tipo de arreglos pueden generar obligaciones o compromiso de solo una parte, sin embargo en el caso de transacciones ambas partes deben llegar a un acuerdo de concesiones mutuas. Esta característica es la más importante en el caso del Arreglo directo puesto que es un método de rápida solución que ahorra gastos económicos y de tiempo, que suelen suceder en los procesos judiciales.
La ley reconoce el acuerdo mutuo por arreglo interno como válido.
Conciliación
es un mecanismo de solución de conflictos, atravez de este dos o más personas gestionan por sí mismas la solución de sus diferencias, con la ayuda de un tercero neutral y calificado, denominado Conciliador. Es un procedimiento con una serie de etapas, a través de las cuales las personas que se encuentran involucradas en un conflicto que pueda solucionarse fácilmente, encuentran la manera de resolverlo a través de un acuerdo satisfactorio para ambas partes.
El Conciliador que es la parte neutral está habilitado por las dos partes en conflicto, y su papel es el de facilitar la comunicación entre las dos partes, promover propuestas de acuerdo que permitan llegar a soluciones satisfactorias para ambas partes. La conciliación es un acto jurídico en el que intervienen sujetos con capacidad jurídica, en donde su consentimiento y voluntad están dirigidos a cumplir y finalizar una obligación jurídica, sin interés alguno en el conflicto.
La conciliación se puede llevar a cabo antes o durante un proceso judicial, con la ayuda de una parte neutral calificada,
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