Sociedad de Responsabilidad Limitada
Enviado por bebepaisa • 11 de Julio de 2013 • Informe • 486 Palabras (2 Páginas) • 231 Visitas
Sociedad de Responsabilidad Limitada
________________________________________Concepto
La sociedad de responsabilidad limitada se presenta como una sociedad mercantil de tipo capitalista en la que el capital social no deberá inferior a 3.005,06 euros y deberá estar totalmente desembolsado desde el momento inicial. El capital social estará dividido en participaciones indivisibles y acumulables. Son sociedades de tipo capitalista y mercantil en las que el capital social aportado por los socios estará dividido en participaciones sociales, quienes no responderán personalmente de las deudas sociales. Están reguladas por la Ley 2/1995, de 23 marzo de Sociedades de Responsabilidad Limitada y en lo no regulado específicamente en esta Ley por el Texto Refundido de la Ley de Sociedades Anónimas.
Características
Los socios no responderán personalmente de las deudas sociales. La condición de socio no puede transmitirse libremente, existiendo el derecho de tanteo a favor de los socios restantes e incluso de la propia sociedad, que podrá adquirir la participación del socio saliente previa reducción del capital social. Al igual que en las Sociedades Anónimas, el número mínimo de fundadores es de uno.
1. Personalidad jurídica propia.
2. Carácter mercantil, cualquiera que sea la naturaleza de su objeto.
3. Constitución formalizada a través de escritura pública y su posterior inscripción en el Registro Mercantil.
4. El nombre de la sociedad habrá de incorporar la expresión "Sociedad de Responsabilidad Limitada" o "Sociedad Limitada"
5. Capital íntegramente suscrito y desembolsado en el momento de la constitución.
6. Capital social constituido por las aportaciones de los socios, que podrán ser en metálico, bienes o derechos, susceptibles de valoración económica.
7. El capital social no podrá ser inferior a 3.005,06 euros y se expresará necesariamente en esta moneda.
8. La transmisión de las participaciones sociales se formalizará en documento público.
Órganos de la sociedad
• Junta General
Este el órgano refleja la voluntad de la sociedad mediante reunión de socios, quienes deciden por mayoría sobre los asuntos que son de su competencia según la Ley o los estatutos. La Ley establece como asuntos que son competencia de la Junta General, básicamente, la censura de la gestión social y las cuentas, el nombramiento y cese de administradores y liquidadores, la modificación de estatutos, el aumento y reducción del capital y la transformación, fusión, escisión y liquidación de la sociedad.
• Administradores
La administración de la sociedad se podrá confiar a un administrador único, a varios administradores que actúen solidaria o conjuntamente, o a un Consejo de Administración, que estará integrado por un mínimo de tres y un máximo
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