Sociedad De Responsabilidad Limitada
Enviado por mengana • 29 de Agosto de 2013 • 2.074 Palabras (9 Páginas) • 308 Visitas
CONSTITUCIÓN DE SOCIEDAD COMERCIAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA
SOCIEDAD ……..LIMITADA
En Santiago de Chile, a …………, ante mí, ………, abogado, Notario Público Titular de la ……….., con oficio en calle……………., Comuna de …………., comparecen: a) don …………, nacionalidad, estado civil,profesión , cédula de identidad…………., domiciliado para estos efectos en ……………….. y don…………., nacionalidad, estado civil, profesión , cédula de identidad……………….., domiciliado para estos efectos en …………., ambos comparecientes mayores de edad, quienes se acreditan, a través de su cédula de identidad, y exponen lo siguiente:
PRIMERO: Que por el presente instrumento los comparecientes vienen en constituir una Sociedad comercial de responsabilidad limitada, en adelante e indistintamente la "Sociedad", de conformidad con las prescripciones de la ley número tres mil novecientos dieciocho y sus modificaciones, por la demás leyes aplicables y, en especial, por los siguientes estatutos: ESTATUTOS. ARTICULO PRIMERO.- El nombre o razón social de la Sociedad será ………. Sin perjuicio de lo anterior, la Sociedad podrá usar también la abreviatura o nombre de fantasía ……… o ……… para todos los fines legales, comerciales y publicitarios, incluso ante los bancos y autoridades.- ARTICULO SEGUNDO.- El domicilio de la Sociedad será la comuna de ………….. en la ciudad de ……….., sin perjuicio de poder establecer agencias, oficinas o sucursales en el resto del país o en el extranjero.- ARTICULO TERCERO.- El objeto de la sociedad será la ……………, , …….., ……….., ……. y en general toda actividad comercial, relacionada con la ………., …………., incluyendo toda clase de asesoría en materia de ………… o cualquier otra materia relacionada o no con lo anterior, de la manera más amplia posible conforme a derecho y que los socios de común acuerdo determinen.- ARTICULO CUARTO.- El capital de la Sociedad será la suma de……….. pesos, aportando cada socio la suma de ………de pesos. Cada uno de los socios entera en este acto el total de su aporte comprometido, según los montos en esta cláusula.- ARTICULO QUINTO.- La responsabilidad de los socios queda expresamente limitada al monto de sus respectivos aportes.- ARTICULO SEXTO.- La administración ordinaria de la Sociedad y el uso de la razón social corresponderá a ambos socios, actuando conjunta o separadamente, quienes anteponiendo la razón social a su firma, la representarán con facultades amplias, pudiendo obligar a la Sociedad en toda clase de actos o negocios que correspondan a su giro ordinario, y específicamente podrá celebrar en representación de la sociedad los actos que a continuación se enumeran: UNO) Facultades Bancarias y Comerciales: a)Abrir, cerrar y administrar cuentas corrientes bancarias, comerciales o de cualquiera otra índole, sean estas de depósito, de crédito o especiales; b) Cobrar, endosar, cancelar y depositar cheques, retirar talonarios de cheques, dar orden de no pago de cheques u otros documentos, reconocer e impugnar saldos, solicitar el protesto de cheques, revalidar cheques, autorizar cargos en cuenta corriente y en general operar en dichas cuentas; c)Cobrar y percibir todo cuanto se adeudare o correspondiere a la Sociedad y otorgar los recibos y cancelaciones correspondientes.- DOS) Facultades relativas al Comercio Exterior: a)Importar y exportar todo tipo de bienes pudiendo al efecto operar con amplias facultades en cambios y comercio exterior, endosar y retirar documentos de embarque, suscribir registros de importación o exportación, suscribir anexos.- TRES) Facultades relativas a la celebración de actos, contratos o convenios: a) Celebrar contratos de trabajo, de prestaciones de servicios y ponerles término; celebrar contratos de compraventa, de comodato, de arrendamiento, de construcción, de seguros y en general cualquier tipo de contrato nominado e innominado, respecto de bienes corporales e incorporales, muebles e inmuebles, fijar sus cláusulas y condiciones y ponerles término; b)Celebrar cualquier tipo de contrato, ya sea con municipalidades, instituciones, organismos públicos o privados, el Fisco y en general con cualquier persona natural o jurídica, fijar las condiciones de dichos contratos, modificarlos y ponerles término.- CUATRO) Facultades de representación ante entes Públicos y Privados: a) Representar a la Sociedad con amplias facultades ante todo tipo de propuestas públicas o privadas, postular a ellas, establecer las bases y condiciones y celebrar todos los actos y contratos, sin excepción, que tuvieren lugar a raíz o con motivo de la adjudicación de tales propuestas o contratos.-b)Representar a la Sociedad con las más amplias facultades que en derecho se requiera ante cualquier banco, institución financiera, asociación de ahorro y préstamo, asociación de fondos previsionales, municipalidades, servicios u organismos, sean estos públicos o privados, ante la Corporación de Fomento de la Producción, Servicio de Vivienda y Urbanismo, Servicio de Impuestos Internos, Servicio de Tesorerías, Servicio de Seguro Social, Aduanas, Caja de Empleados Particulares, Banco Central de Chile y, en general, ante cualquier persona natural o jurídica, pudiendo en el desempeño de este cometido celebrar todos los actos y contratos que fueren procedentes.- CINCO) Facultades Judiciales: a)Representar a la sociedad en toda clase de juicios sean civiles, penales, del trabajo, tributarios, administrativos, etcétera.- b)Entablar demandas o querellas y reconvenir para lo cual tendrá las facultades ordinarias del mandato judicial y las que señala el inciso segundo del artículo séptimo del Código de Procedimiento Civil, encontrándose expresamente facultado para desistirse en primera instancia de la acción deducida, para aceptar la demanda contraria, para absolver posiciones, para renunciar los recursos y términos legales, para transigir judicial y extrajudicialmente, comprometer y otorgar a los árbitros facultades de arbitradores, para aprobar convenios y para percibir.- ARTICULO SÉPTIMO.- Sin perjuicio de lo establecido en la cláusula precedente, se requerirá la aprobación de ambos socios, quienes deberán concurrir con su firma conjuntamente, para obligar a la Sociedad en la celebración de los actos que a continuación se enumeran: a)Contratar sobregiros o créditos en cuentas corrientes, bancarias, comerciales o de cualquiera otra índole, sean estas de depósito, crédito o especiales, aperturas de cartas de crédito; b)Otorgar todo tipo de garantías sean estas a favor de bancos, particulares, instituciones financieras, personas naturales o jurídicas, sean estas de derecho público o privado, municipalidades, fisco, asociaciones, corporaciones,
...