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Sociedades mercantiles. Derecho mercantil


Enviado por   •  16 de Marzo de 2023  •  Informe  •  587 Palabras (3 Páginas)  •  252 Visitas

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INSTITUTO TECNOLOGICO SUPERIOR DE NOCHISTLÁN

INGENIERIA EN ADMINISTRACIÓN

SOCIEDADES MERCANTILES

DERECHO MERCANTIL

LUIS FERNANDO S. VILLEGAS

M.A. FABIOLA AGUAYO RODRIGUEZ


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Sociedades Mercantiles

  1. Sociedad en nombre colectivo: Se trata de aquella que existe bajo una razón social y que, además, demanda que todos los socios respondan a las obligaciones sociales de manera subsidiaria, ilimitada y solidaria. 
  • Ejemplo: La empresa Corporación Administrativa de Empresas, S.C. que se encarga de la comercialización y distribución de Gas LP.
  1. Sociedad en comandita simple: Esta es una de los tipos sociedades mercantiles en México de tipo personalista. Esto quiere decir que se puede realizar a gusto propio y con la existencia de socios colectivos.
  • Ejemplo: La venta de productos · Las consultoras · Las inmobiliarias.
  1. Sociedad de Responsabilidad Limitada: (SRL) son muy recomendables para PyMEs, sobre todo cuando se constituirán con una parte de capital familiar. La razón es que la responsabilidad de estas sociedades está limitada al capital aportado, por lo que el patrimonio personal de los socios no se verá afectado en caso de que se contraigan deudas.
  • Ejemplo: Mabe México, S. de R.L. de C.V. Cemento Cruz Azul, S. de R.L. de C.V. General Electric International México, S. de R. L. de C.V. Toyota Motor Sales de México, S. de R. L. de C.V.
  1. Sociedad Anónima:  Existen bajo una denominación y están conformadas por socios que tienen cómo única obligación el pago de sus respectivas acciones.
  • Ejemplo: Nestlé es ejemplo de S.A. L'Oreal
  1. Sociedad en comandita por acciones: Para entender este tipo de sociedades mercantiles en México debes saber que está conformada por dos tipos de socios:
  • Los comanditados
  • Los comanditarios

Los socios comanditarios pueden autorizar y vigilar la sociedad, pero no tienen la facultad de desenvolverse como administradores. Mientras tanto, los socios comanditarios están obligados a cumplir con todas las obligaciones de la sociedad para con los terceros y, efectivamente, pueden administrar. En estas sociedades tampoco se establece un mínimo de capital y la reserva también debe ser el 5 % de las utilidades anuales hasta llegar al 20 % del capital social.

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