TRABAJO PRÁCTICO “LA COMPRAVENTA INTERNACIONAL DE MERCANCÍAS”
Enviado por Ignacio Fernandez Catalini • 6 de Noviembre de 2018 • Trabajo • 4.696 Palabras (19 Páginas) • 421 Visitas
TRABAJO PRÁCTICO
“LA COMPRAVENTA INTERNACIONAL DE MERCANCÍAS”
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Materia: Instrumentos Jurídicos del Comercio Internacional
Autores: Bianchi Fabricio y Fernández Catalini Ignacio
Profesor: Zunino Gustavo
Universidad Nacional de Quilmes
2° cuatrimestre de 2018
ÍNDICE:
1. INTRODUCCIÓN…………………………………………………………………….2
2. LA CONVENCIÓN DE VIENA DE 1980…………………………………..3
2.1 CARACTERÍSTICAS…………………………………………………………….3
2.2 ÁMBITO DE APLICACIÓN…………………………………………………..5
2.3 LA FORMACIÓN DEL CONTRATO……………………………………….6
2.4 OBLIGACIONES DE LAS PARTES……………………………………….6
2.5 LA TRANSMISIÓN DEL RIESGO………………………………………….8
2.6 DISPOSICIONES FINALES………………………………………………….9
3. LA CONVENCIÓN DE LA HAYA DE 1986……………………………….9
3.1 ÁMBITO DE APLICACIÓN………………………………………………….10
3.2 LEY APLICABLE………………………………………………………………….11
3.3 DISPOSICIONES GENERALES…………………………………………..11
3.4 CLÁUSULAS FINALES………………………………………………………..12
4. CONCLUSIÓN……………………………………………………………………….13
5. BIBLIOGRAFÍA……………………………………………………………………..14
1. INTRODUCCIÓN
A lo largo de los tiempos se puede observar cómo el comercio ha sido de vital importancia para el desarrollo de las comunidades, este proceso fue atravesando distintas etapas como la época de los antiguos imperios, la creación de los imperios coloniales y el desarrollo de los Estados-nación, hasta la actualidad, y se volvió fundamental para poder satisfacer las necesidades que una población posee, así como también para ayudar a que las poblaciones puedan compartir sus aspectos sociales con el resto del mundo, y de ésta manera compartir cada uno de los rasgos que las culturas poseen.
Desde los inicios del comercio las poblaciones intercambiaban ciertos bienes por medio del trueque que les permitía acceder a bienes que no poseían dentro del sitio donde vivían con el fin de obtener más riqueza. Con el surgimiento del dinero se logró un consenso social por el cual éste fue, y es hasta hoy en día, aceptado como un medio de cambio apto para realizar las transacciones de manera más sencilla.
Actualmente los países poseen una alta dependencia del comercio internacional para su desarrollo económico, éste comercio hace referencia tanto a las importaciones y exportaciones, la inversión extranjera directa y la financiación internacional, entre otras modalidades que permiten el flujo de mercancías, servicios y capitales, los cuales se realizan a nivel global y de las que participan las diferentes comunidades.
Pero el hecho de que se trate de contratos entre empresas situadas en diferentes países, los cuales poseen distintos marcos jurídicos para regular a las empresas y a los diferentes tipos de contratos que estas firman, se volvió una necesidad el llegar a un acuerdo entre naciones para dar un marco jurídico uniforme a este tipo de contratos a nivel internacional.
En el caso de la compraventa internacional de mercaderías, la preparación de un derecho uniforme comenzó en 1930 en el Instituto Internacional para la Unificación del Derecho Privado, donde se gestó un proyecto presentado en 1964 en una conferencia en La Haya, donde fueron adoptadas dos convenciones, una sobre la compraventa internacional de mercancías y otra sobre la formación de los contratos sobre estas. Ambas disposiciones fueron duramente criticadas por reflejar, principalmente, tradiciones jurídicas y realidades económicas propias de Europa continental occidental. A raíz de esta problemática, la Comisión de la Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional estudio ambas disposiciones y el 11 de abril de 1980 se adoptó por una conferencia diplomática la Convención de las Naciones Unidas sobre los Contratos de Compraventa Internacional de Mercaderías (Convención de Viena de 1980), la cual entró en vigor en 1988 en 11 Estados originales de diferentes zonas geográficas, a saber: Argentina, China, Egipto, Estados Unidos, Francia, Hungría, Italia, Lesotho, Siria, Yugoslavia y Zambia. Para el año 2010 ya eran 76 los Estados que habían entrado a ser partes en esta Convención.
2. LA CONVENCIÓN DE VIENA DE 1980
Esta Convención se encuentra dividida en cuatro partes: La primera trata sobre el ámbito de aplicación y las disposiciones generales; la segunda sobre las normas que rigen la formación de contratos de compraventa internacional de mercancías; la tercera sobre los derechos y obligaciones de las partes (el comprador y el vendedor); y la cuarta contiene las disposiciones finales, relativas a asuntos como el momento y modo de entrada en vigor y las reservas y declaraciones permitidas a los Estados partes.
En primera instancia veremos algunas de las particularidades de la Convención y el contrato que la misma regula. Luego haremos foco en el ámbito de aplicación de esta Convención.
2.1. CARACTERÍSTICAS
La Convención de Viena tiene distintas características particulares. En primer lugar se observa que no se conceptualiza al contrato de compraventa, esto responde a dos motivos: por un lado los Estados firmantes no poseen grandes diferencias en sus legislaciones respecto a la definición del contrato de compraventa, por otro lado el no dar una definición del contrato de compraventa evita generar conflictos jurídicos con las legislaciones nacionales.
Otra característica es que el contrato de compraventa internacional de mercaderías es consensual, es decir que basta el simple acuerdo entre las partes sobre los elementos esenciales (estos son el precio y la mercadería) para configurar el contrato, sin requerirse alguna forma o medio de prueba específico, esto queda en manifiesto en el artículo 12. Sin embargo, en línea con respetar el derecho nacional de los Estados firmantes, el artículo 12 estipula que si el ordenamiento jurídico de dichos Estados dispone que debe cumplirse con requisitos de forma y prueba los mismos serán obligatorios para las partes (particularmente se habla de el procedimiento por escrito que, por ejemplo, es requerido en Argentina).
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