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TRANSFORMACION DE SOCIEDAD


Enviado por   •  7 de Abril de 2014  •  1.260 Palabras (6 Páginas)  •  229 Visitas

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TRANSFORMACION DE UNA SOCIEDAD

La Ley General de Sociedades del libro IV Normas Complementarias sección 2da Titulo I establece que las sociedades pueden transformarse como un sistema de reorganización y las normas se encuentran detalladas desde el articulo 333 al 343 de La Ley 26887.

La transformación de sociedades, es el acto por el cual los socios o accionistas acuerdan cambiar la forma de sociedad. La sociedad puede transformase en cualquier otra clase de sociedad o persona jurídica contempladas en la ley general de sociedades.

Cuando la ley no lo impida, cualquier persona jurídica puede transformarse en alguna de las sociedades reguladas por esta ley. La transformación no entraña cambio de la personalidad jurídica.

La nueva ley de sociedades establece también, que las Empresas Individuales de Responsabilidad pueden transformarse a cualquier tipo de sociedad reguladas por la ley.

Los motivos por los cuales se acuerdan la transformación pueden ser:

• Cambio de responsabilidad

• Aumento de capital por inclusión de nuevos socios

• Convenios operativos y/o administrativo

REQUISITOS PARA LA TRANSFORMACION:

La transformación de sociedad, representa una modificación del Pacto Social, por tanto el acuerdo debe ser tomado por los Socios o Accionistas y dependiendo de la forma de sociedad, está deberá ser aprobada con la presencia de Socios o Accionistas como sigue:

Sociedad Colectiva por la totalidad de socios

Sociedad de Responsabilidad Limitada y Sociedad Anónima en primera convocatoria dos tercios y en segunda tres quintos del capital.

Acordada la transformación, esta se deberá publicar en el diario oficial o en el diario donde se publique los edictos judiciales, por tres veces con cinco días de intervalo entre cada aviso, a efectos que en el plazo de treinta días de la última publicación los socios que no se encuentran de acuerdo pueden ejercer su derecho de separación.

Así mismo la sociedad está en la obligación de elaborar el Balance de transformación al día anterior de la fecha de la Escritura Pública, este balance no se requiere que se inserte en la escritura, pero debe encontrarse a disposición de los socios interesados por espacios de 30 días a efectos que pueden ejercer su derecho de separación.

Toda trasformación entra en vigencia al día siguiente de la fecha de la escritura, pero esto no significa cambio de responsabilidad de los socos por operaciones anteriores. Esta norma de aplica básicamente cuando la transformación se realiza de una Sociedad de Responsabilidad ilimitada a una Sociedad de Responsabilidad Limitada.

En la parte patrimonial se debe tener especial cuidado que cuando no exista aumento de Capital por nuevos aportes, la proporción de Capital de cada socio no puede tener modificación

RESPONSABILIDAD:

Los socios que por la transformación asumen responsabilidad ilimitada por las deudas sociales, respondes en la misma forma por las deudas contraídas antes de la transformación.

Los que por efectos de la transformación adopten sociedad cuya responsabilidad es limitada, nos afecta la responsabilidad ilimitada que corresponde a los socios por las deudas contraídas antes de la transformación, salvo en el caso de aquellas deudas cuyo acreedores la acepte expresamente.

PARTICIPACION PORCENTUAL DE LOS SOCIOS EN EL CAPITAL:

La transformación no modifica la participación porcentual de los socios en el capital de la sociedad sin su consentimiento expreso, salvo los cambios que se produzcan como consecuencia del ejercicio del derecho de separación. Tampoco afecta los derechos de terceros emanados de títulos.

Distinto de las acciones o participaciones en el capital, a no ser que sea aceptado expresamente por su titular:

PROCESOS TECNICOS CONTABLES:

Toda sociedad que acuerda transformarse deberá realizar el siguiente proceso:

1. Preparar un balance al dia anterior al acuerdo

2. Cerrar los libros contables

3. Reabrir los libros a efectos de realizar los ajustes del proceso de trasformación

4. Trasladar activo, pasivo y patrimonio a la sociedad transformada, utilizando cuentas de orden.

Asi mismo la Sociedad Transformada deberá aperturar sus libros registrados el recibo de activo, pasivo en igual forma que una Constitución de Sociedad

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