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Terminacion De Los Concursos Mercancantiles


Enviado por   •  23 de Agosto de 2012  •  418 Palabras (2 Páginas)  •  639 Visitas

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TERMINACION DEL CONCURSO MERCANTIL

1.-CONCLUSION DEL CONCURSO MERCANTIL

El juez declarará concluido el concurso mercantil en los siguientes casos:

a) Cuando se apruebe un convenio en los términos del título quinto de la ley de concursos mercantiles, al término de la etapa de conciliación.

b) Si se hubiere efectuado el pago integro a los acreedores reconocidos.

c) Si se hubiere efectuado a los acreedores reconocidos mediante cuota concursal de las obligaciones del comerciante, y no quedaran más bienes por realizarse.

d) Si se demuestra que la masa es insuficiente, aun para cubrir los créditos contra ella a que se refiere el artículo 224 de la ley.

e) En cualquier momento en que lo soliciten el comerciante y la totalidad de los acreedores reconocidos (art. 262 LCM).

Si en el momento en que debiera terminarse el concurso mercantil, hubiese aún créditos pendientes de reconocimiento por haber sido impugnada la sentencia que los reconoció, el juez esperará para declarar la terminación del concurso mercantil hasta que se resuelva la impugnación correspondiente (art. 233 LCM).

Si no quedaren mas bienes o si se demuestra que la masa es insuficiente ( inciso c y d del párrafo anterior), podrán solicitar al juez la terminación del terminación del concurso mercantil el conciliador, el sindico, cualquier acreedor reconocido o cualquier inventor.

Si por tales causales se dio por terminado el concurso mercantil, cualquier acreedor reconocido que dentro de los dos años siguientes a la terminación pruebe la existencia de bienes por lo menos suficientes para cubrir los créditos contra la masa, podrán obtener la reapertura del concurso mercantil. En este caso, el concurso mercantil se continuará en el punto en que se hubiere interrumpido (arts. 263 y 264, LCM).

Al respecto establece el artículo 236 de la LCM que , si se descubrieren bienes que debieron comprenderse como parte de la masa, se procederá a su enajenación y distribución en los términos dispuestos en la ley.

El artículo 235 estipula que, concluido el concurso mercantil, los acreedores que no hubiesen obtenido pago íntegro, conservaran individualmente sus derechos y acciones por el saldo contra el comerciante.

2.- SENTENCIA DE TERMINACIÓN DEL CONCURSO MERCANTIL.

Una vez hecha la declaración de terminación del concurso mercantil, se notificara a través del boletín judicial o por los estratos del juzgado.la sentencia de terminación del concurso mercantil será apelable por el comerciante, cualquier acreedor reconocido, y el ministerio publico, así como por el visitador, el conciliador o el síndico en los mismos términos que la sentencia de concurso mercantil (arts. 265 y 266 LCM)

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