Tipos De Comprobantes Que Emite Una Persona Fisica
Enviado por rockr13 • 19 de Octubre de 2011 • 837 Palabras (4 Páginas) • 1.505 Visitas
1. ¿Qué tipo de comprobante emite una persona física con actividad empresarial?
Que se dedica o tiene su régimen como:
a) pequeño contribuyente: deben entregar a sus clientes copias de notas de ventas y conservar ellos las originales.
b) Régimen intermedió: deben entregar por cada cobro que se realice a sus clientes el comprobante con todos los requisitos fiscales.
c) Régimen general: comprobante clase “A” sin limite de cantidad, comprobante clase “A” con leyenda de pago CBU y comprobante de clase “M” la impresión se limitara a un total de 100 (cien) comprobantes.
2. ¿Cuáles son los requisitos para ser considerado?
a) pequeño contribuyente:
Inscribirse en el Registro Federal de Contribuyentes (darse de alta).
Aviso de opción para ser pequeño contribuyente.
Entregar notas de venta a sus clientes.
Solicitar facturas.
Declaraciones informativas de ingresos.
Llevar contabilidad.
Hacer retenciones de impuesto.
Pagar crédito al salario a los trabajadores.
Entregar constancias de pagos y retenciones a los trabajadores.
Presentar declaraciones informativas.
Calcular el impuesto anual de sus trabajadores.
En este régimen no se pueden llevar a cabo las actividades a través de fideicomisos.
b) Régimen intermedio:
Deben de tener o dedicarse al comercio, industria, transporte, actividades agropecuarias, etc.…
Régimen general
Este régimen resulta aplicable cuando no lo sea ninguno de los especiales o bien, cuando se haya renunciado o se quede excluido del simplificado o del régimen especial de la agricultura, ganadería y pesca.
-En qué consiste el régimen general
Se repercutirá a los clientes el IVA que corresponda según el importe de la operación y el tipo aplicable 16%, 7% ó 4%, salvo que la misma esté exenta del impuesto.¬¬
3. ¿Cuándo se considera que una persona física tiene ingresos por sueldos y salarios? Y ¿Cuál es la manera de comprobarlo?
Tengan ingresos acumulables distintos de sueldos y salarios.
• Comuniquen por escrito a su patrón que presentarán su declaración anual.
• Dejen de prestar servicios a más tardar el 31 de diciembre del año de que se trate.
• Se hubieran prestado servicios a dos o más empleadores en forma simultánea.
• Obtengan ingresos de fuente de riqueza ubicada en el extranjero o provenientes de personas no obligadas a efectuar las retenciones de ISR.
• Tengan ingresos anuales mayores a $300,000.00.
Fundamento Legal: Artículo 117 fracción III, de la LISR.
Y Su manera de comprobar es por Comprobantes (facturas o recibos) de los gastos personales.
4. ¿Qué se considera actividades profesionales?
Cuando se perciban ingresos por salarios, servicios profesionales, rentar bienes inmuebles a personas morales debe solicitarse constancia de pagos y retenciones,
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