Transmisión anticipada del manifiesto de carga: Tráfico terrestre al momento del arribo.
Enviado por jengrecia04 • 9 de Abril de 2016 • Apuntes • 1.001 Palabras (5 Páginas) • 325 Visitas
Procedimientos previos a la importación
Transmisión anticipada del manifiesto de carga: Tráfico terrestre al momento del arribo.
∙ Marítimo: 48 horas∙ Aéreo: 2 horas∙
Se realiza la importación por medio de transporte aéreo, por rutas autorizadas y en los horarios habilitados.
Se realizará la descarga de las unidades de transporte y la recepción de la mercancía bajo criterios selectivos y aleatorios de control y fiscalización.
Mediante un semáforo que registra criterios de riesgo: la luz verde significa que la responsabilidad de la descarga caerá sobre el transportista y la luz roja implica que un funcionario de la aduana supervisa la descarga.
Se tiene por recibido en forma oficial el vehículo cuando el transportista transmita el manifiesto de carga y brinde los documentos durante la visita oficial o al menos 3 horas después del arribo. La fecha de recepción será la de arribo de los vehículos, unidades de transporte y sus mercancías.
Destinación de la mercancía
El importador debe destinar su mercancía en importación a un régimen aduanero mediante la presentación de una declaración aduanera ante la aduana de control.
Dicha declaración deberá sustentarse en los documentos e información que exige el CAUCA2, el RECAUCA3, la LGA4, RLGA5 y demás legislación, que demuestre el cumplimiento de las regulaciones tributarias, arancelarias y no arancelarias.
Posibles lugares para destinar o trasladar las mercancías una vez cumplido el procedimiento de ingreso.
Procedimientos para el des almacenaje
Después de escoger el régimen al cual se destinará la mercancía se procede a ciertas posibilidades antes de la importación definitiva:
1. Etapa previa Examen previo Consulta técnica
2. Declaración aduanera (DUA)
3. Aceptación
4. Verificación
5. Levante
1. Etapa previa (opcional) Para realizar una correcta declaración de las mercancías y auto determinar las obligaciones tributarias y cumplir las no tributarias, se puede realizar el examen previo y la consulta técnica con el fin de clasificar correctamente. Examen previo: Para reconocer las mercancías que se van a declarar y hacerlo⎫ de manera correcta. Se debe indicar en el DUA. Lo puede realizar el declarante (consignatario) ó su representante (agente aduanero). Se debe levantar un acta y reportar faltantes, sobrantes o daños y alguna irregularidad en las mercancías. Consulta técnica: Para aplicar reglamentos técnicos, tarifas, criterios⎫ arancelarios y valoración aduanera. Se debe indicar en el DUA. Lo puede realizar la persona con interés legítimo.
2. Declaración auto determinada Pasos:
1. Se expresa libre y voluntariamente el régimen.
2. Se aceptan las obligaciones (pago de impuestos).
3. Se realiza en el formato autorizado por la Dirección General de Aduanas.
4. Se realiza bajo fe de juramento: descripción de mercancías, clasificación, valor aduanero, cantidad de tributos, regulaciones arancelarias y no arancelarias.
5. Declaración con trámite preferente: mercancías perecederas o fácil descomposición, envíos urgentes, de socorro, entre otros. Presentación de la declaración aduanera:
∙ Obligación de una transmisión electrónica
∙ Obligación de auto determinar la OTA8
∙ . Pago anticipado o rendición de garantía.
Información y documentación para respaldar el DUA
(se envían digitalmente firmadas):
El original de la factura comercial
∙ Un certificado de origen de las mercancías
∙ El conocimiento de embarque
.∙ Una copia o fotocopia de la declaración aduanera o del documento de salida de las mercancías exportadas que incluya el valor real de la mercancía, el nombre del importador, el peso bruto y neto y el número del contenedor, cuando proceda.
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