El uso de la píldora del día siguiente en el Perú
Enviado por lucia danae aquije pereyra • 24 de Abril de 2017 • Documentos de Investigación • 883 Palabras (4 Páginas) • 205 Visitas
En principio, pensamos que la píldora del día siguiente no es abortiva, debido a que existen factores que sirven como base para nuestra posición. Por ello, vamos a abordar los siguientes focos que serán de sostén para justificar la distribución masiva del estado a los establecimientos y lugares de escasos y ausentes recursos.
Estudios realizados del Ministerio de Salud, la Organización Mundial de Salud a través del instituto Karolinska y la universidad de Princeton divergen el tercer efecto abordado en la sentencia. En primer lugar, la llamada píldora del día siguiente(AOE), tiene como fin la postergación de la ovulación, es decir, si el ovulo esta por producir la ovulación detiene el proceso. Asimismo, el espasimiento del moco y el tracto uterino impide la llegada del espermatozoide.
Por otro lado, existen otras fuentes que consolidan el tema. La autodeterminación reproductiva a fin de desarrollarse libre y sin restricciones alguna es de trascendencia debido a que la mujer tiene la facultad de usar el método anticonceptivo que a ella le parezca favorable. Sin limitaciones de ninguna entidad religiosa o cualquier establecimiento que establezca cláusulas de imposición para su desarrollo.
En conclusión, existen un profundo y friccionado debate con respecto al tema, sin embargo, pavimentamos nuestra posición no estando de acorde con las cláusulas de imposición para su desarrollo. Cabe añadir que la proliferación del anticonceptivo oral médico debe ser imparcial, debido a que existe una estadística exuberante de violaciones en nuestro Perú.
Desacuerdo: Manuel Aquije Pereyra
En principio, hay que resaltar que la distribución ecuánime que propone el Ministerio de Salud impulsado por una resolución jurídica- médica, no es tan favorable como parece. Su designio económico lo respalda, es decir, desde un foco transversal se puede atestiguar que existen subvenciones de biotecnología. Asimismo, el patrocinio de entidades, por ejemplo, el Colegio Médico del Perú, la Academia Peruana de Salud, la Defensoría del pueblo, y otras de carácter internacional, respaldan bajo tutela médica que no existen anomalías en el endometrio y que, posteriormente, no ataca directamente el embrión, sin embargo, no es así. El embrión es el inicio celular de la vida humana. La Populatión Research Institute nos dice que no es pertinente comercializar una droga usando mecanismos de acción que atetan la vida y en concreto la del embrión, por ello, es necesario testificar que la píldora del día siguiente previene la implantación en el útero de un ovulo fecundado, en otras palabras, anula el material genético y limita el relego inexorable de la protección de la vida facultado por el estado.
Por otro lado, divisamos aquellos que están de acuerdo con la propagación de la píldora del día siguiente, y por otro, la barrera constructiva de aquellos que no están de acuerdo. No se llama oportunismo, ni populismo, sino básicamente tener conciencia de la realidad imaginativa de nuestro país. Lo que quiero decir es que sí, de alguna manera vemos idiosincrasia sexual, pero también es evidente que no somos desarrollo, estamos en desarrollo, pero no lo somos. No hay política tangible para este tema.
En conclusión la píldora del día siguiente sí tiene efectos abortivos y destruye la vida humana de un inocente que no tuvo la culpa de venir al mundo. No olvidemos que el ser humano no es quien para subyugar la vida. El concebido no está bajo vanguardia por el mismo debido a que no puede defenderse, pero lo que sí es evidente y resaltante es el derecho a ser sujeto de derecho.
Cordiales saludos,
El artículo 1 señala que la vida humana comienza con la concepción y es sujeto de derecho por cuanto le favorezca.
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