Modelos Teoricos De La Psicologia Comunitaria
Enviado por danielaalvarado • 7 de Mayo de 2012 • 2.873 Palabras (12 Páginas) • 1.108 Visitas
INTRODUCCION
Una de las principales preocupaciones de una compañía debe ser el control de riesgos que atentan contra la salud de sus trabajadores y contra sus recursos materiales y financieros.
Los accidentes de trabajo y enfermedades profesionales son factores que interfieren en el desarrollo normal de la actividad empresarial, incidiendo negativamente en su productividad y por consiguiente amenazando su solidez y permanencia en el mercado; conllevando además graves implicaciones en el ámbito laboral, familiar y social.
En consideración a lo anterior, la administración y la gerencia de toda compañía deben asumir su responsabilidad en buscar y poner en práctica las medidas necesarias que contribuyen a mantener y mejorar los niveles de eficiencia en las operaciones de la empresa y brindar a sus trabajadores un medio laboral seguro.
Para ello de acuerdo a las disposiciones de la Organización Internacional el Trabajo OIT y las leyes establecidas en el país conforme al Sistema de Riesgos Profesionales, ha de elaborar un Programa de Salud Ocupacional pendiente a preservar, mantener y mejorar la salud individual y colectiva de los trabajadores en sus correspondientes ocupaciones y que deben ser desarrolladas en forma multidisciplinaria.
OBJETIVO GENERAL
• Desarrollar actividades de Salud Ocupacional para promover y mantener el más alto grado de bienestar físico, mental y social de los trabajadores mediante la adaptación del trabajo al hombre.
OBJETIVOS ESPECIFICOS
• Establecer actividades de prevención de accidentes y enfermedades profesionales de origen profesional tendientes a mejorar las condiciones de trabajo, salud y calidad de vida de los empleados de la empresa.
• Estudiar las condiciones de trabajo y de salud de los empleados para identificar los factores de riesgo que atentan contra la integridad física de estos y los bienes materiales de la empresa.
• Con este programa de Salud Ocupacional se cumplirá dichas disposiciones y se trazaran los parámetros a seguir en materia de medicina, Higiene y seguridad Industrial cuyos objetivos son.
• Informar a los trabajadores los riesgos
• Analizar la estructura física y adaptarlos al trabajador
• Prevenir todo daño a la salud
• Proteger a los trabajadores contra todas las clases de riesgos existentes, que afecten su salud.
ANALICE
En la Empresa Carnes San Fermín, de la Ciudad de Pamplona, donde laboran un total de 70 trabajadores, durante el primer semestre del año 2010. Ocurrieron 17 contingencias accidentarias,
De los cuales se registran 10 incidentes y 6 accidentes que generaron 135 días perdidos y uno que tuvo como consecuencia la muerte del trabajador. Esta empresa está certificada con OSHAS 18001, dentro de sus actividades de seguridad industrial realizo un mantenimiento preventivo a toda la maquinaria.
El accidente mortal se describe de la misma forma: Trabajador que estando laborando en el área de molienda, al tratar de empujar la carne con la mano derecha para hacer presión, esta se fue atrapada por el sinfín de la maquina causándole amputación completa de la mano.
A. TENIENDO EN CUENTA LO ANTERIOR USTED COMO ENCARGADO DE LA SALUD
OCUPACIONAL DE LA EMPRESA. DEBE RESOLVER:
1. CUÁL SERÍA EL SOPORTE LEGAL PARA CALIFICAR LA PROFESIONALIDAD DEL ACCIDENTE.
El soporte Legal para calificar la profesionalidad del accidente se toma del Decreto 1295 de 1994 Sistema General de Riesgos Profesionales en el articulo 12 habla de cómo se debe calificar el origen del accidente, enfermedad o la muerte y en las definiciones del Código Sustantivo de trabajo Artículo 34, 56 y 57. Y en la Constitución Política de Colombia de 1991 el Articulo 13 y 48.
Decreto 1295 de 1994
Articulo 12, Toda enfermedad o patología, accidente o muerte, que no hayan sido clasificados o calificados como de origen profesional, se consideran de origen común.
La calificación del origen del accidente de trabajo o de la enfermedad profesional será calificada, en primera instancia por la institución prestadora de servicios de salud que atiende al afiliado.
El médico o la comisión laboral de la entidad administradora de riesgos profesionales determinarán el origen, en segunda instancia.
Cuando surjan discrepancias en el origen, éstas serán resueltas por una Junta integrada por representantes de las entidades administradoras, de salud y de riesgos profesionales.
De persistir el desacuerdo, se seguirá el procedimiento previsto para las Juntas de calificación de invalidez definido en los artículos 41 y siguientes de la Ley 100 de 1993 y sus reglamentos.
Código sustantivo de trabajo
Articulo 34. Contratistas independientes. Subrogado.
Decreto 2.351 de 1965, art 3.
1º son contratistas independientes y, por tanto, verdaderos empleadores y no representantes ni intermediarios las personas naturales o jurídicas que contraten la ejecución de una o varias obras o la prestación de servicios en beneficios de terceros, por un precio determinado, asumiendo todos los riesgos, para utilizarlos con sus propios medios y con libertad y autonomía técnica y directiva. Pero el beneficiario del trabajo o dueño de la obra, a menos que se trate de labores extrañas a las actividades normales de su empresa o negocio, será solidariamente responsable con el contratista con el valor de los salarios y de las prestaciones e indemnizaciones a que tengan derechos los trabajadores, solidaridad que no obsta para que el beneficiarios estipule con el contratista olas garantías del caso o para que repita contra él lo pagado a esos trabajadores.
2º El beneficiario del trabajador o dueño de la obra, también será solidariamente responsable, en las condiciones fijadas en el inciso anterior, de las obligaciones de los subcontratista frente a sus trabajadores, a un ene le caso de que los contratistas no estén autorizados para contratar los servicios de subcontratista .
Articulo 56. Obligaciones de las partes en general.
De modo general, incumbe al empleador obligaciones de protección y de seguridad para con los trabajadores, y a estos obligaciones de obediencia y fidelidad para con el empleador.
Articulo 57. Obligaciones especiales del empleador.
Son obligaciones especiales del empleador:
1º Poner a disposición de los trabajador de los trabajadores,
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