Personas naturales y personas jurídicas
Enviado por arnulfoalfurio • 25 de Junio de 2013 • Ensayo • 360 Palabras (2 Páginas) • 378 Visitas
personas naturales y personas jurídicas (art. 40 C.C.), ambas definiciones hacen
alusión a los mismo.
Persona Natural.- son todos los individuos de la especie humana, cualesquiera que
sean su edad, sexo o condición (art. 41 C.C.). Por lo tanto, todo ser humano es una
persona natural.
Persona Jurídica.- es una persona ficticia que sólo tiene existencia imaginaria, o todo
sujeto de derechos que no sea el hombre. Por ejemplo el Estado, una empresa, un
banco. Es necesario mencionar que toda persona jurídica es representada legalmente
por una persona natural, puesto que, una institución sea pública o privada no podría
por ningún concepto representarse o comparecer a un juicio, para ello, la persona
natural que represente a dicha institución será quien comparezca a juicio o a cualquier
representación a la que hubiere lugar.
Las personas jurídicas se dividen en: personas jurídicas de derecho público, que
comprenden todas las instituciones del Estado; y, personas jurídicas de derecho
privado, que están conformadas por todas aquellas instituciones o empresas creadas o
administradas por ciudadanos particulares, sin embargo, existen personas jurídicas de
derecho privado que prestan servicios públicos, pero que no obstante siguen siendo de
derecho privado verbigracia las empresas de transporte público, son de derecho
privado, puesto que, sus dueños son personas particulares, pero el servicio que brindan
es público.
EL DOMICILIO.- Dentro del Derecho Civil es muy importante determinar con
exactitud el domicilio de las personas, con el propósito de reclamar o exigir el
cumplimiento de un derecho o una obligación para sí mismo o para terceros. Así
encontramos en el Diccionario Ruy Díaz de Ciencias Jurídicas y Sociales: “domicilio
es el lugar donde una persona tiene establecida su residencia con ánimo de
permanencia. La palabra domicilio se compone de las dos voces latinas domus y colo,
a causa de que domum colere significa habitar una casa”.
El Doctor Juan Larrea Holguín, en su libro Manual Elemental de Derecho Civil del
Ecuador cita a Zachariae “domicilio es la relación jurídica entre una persona y el lugar
donde esa persona es reputada presente en cuanto al ejercicio de sus derechos y al
cumplimiento de sus obligaciones; aunque no este ahí en un instante dado, o aunque
no resida habitualmente en ese lugar”.
El Código Civil Ecuatoriano, en su artículo 45 determina “El domicilio consiste en la
residencia, acompañada, real o presuntivamente, del ánimo de permanecer en ella.
...