Psicología Social
Enviado por erilikarcia • 25 de Octubre de 2014 • 346 Palabras (2 Páginas) • 185 Visitas
Requisitos
Para que la sustitución sea válida deberán observarse las siguientes exigencias del CC :
Número de sustituciones permitidas
Dice el art. 781 CC:
serán válidas y surtirán efecto siempre que no pasen del segundo grado, o que se hagan en favor de personas que vivan al tiempo del fallecimiento del testador.
Plantea bastantes problemas :
La doctrina no es unánime en precisar qué debe entenderse por grado :
Grado de parentesco . Para unos autores grado equivale a generación o grado de parentesco. Ha sido acogida en algunas sentencias del TS. Sus argumentos son: a) La base 16 que determinaba que las sustituciones fideicomisarias no pasarán de la segunda generación; b) El art. 915 CC cada generación es un grado ; c) Lo que obsesionaba al legislador era el fideicomiso de generación en generación (fideicomiso cum liberis), que había dado lugar a los mayorazgos.
Llamamiento sucesorio . Es la tesis dominante, doctrinal y jurisprudencialmente.
Una u otra cosa, según el fideicomiso sea familiar o no familiar. Esta es la tesis sostenida por Roca Sastre y adoptada literalmente por la CDCC .
¿Dónde empiezan a contarse : ¿En el fiduciario o en el primer fideicomisario ¿Se cuentan sólo los llamamientos que resulten efectivos, o también los que se frustren por premoriencia, renuncia o cualquier otra causa La tesis mayoritaria cómo ya hemos indicado es la que entiende que los grados equivalen a llamamiento y que el primer llamamiento o grado es el que el testador hace a favor del primer sustituto, por lo que caben dos sustituciones que implican tres llamamientos.
Las posibilidades de hacer llamamientos en favor de personas vivas o hasta el segundo grado, ¿son cumulativas o excluyentes : Es decir, ¿cabe o no cabe hacer cuantos llamamientos se quiera en favor de personas vivas, y además otros dos
Por último, ¿qué efectos tiene el exceso de llamamientos Éste punto lo veremos más adelante.
...