Puertos Libres Y Zonas Francas
Enviado por aliaGni • 4 de Febrero de 2013 • 665 Palabras (3 Páginas) • 712 Visitas
Regímenes aduaneros y tributarios especiales territoriales de Venezuela
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Los Regímenes Especiales Territoriales son regímenes aduaneros y tributarios especiales de Venezuela, aplicados en un ámbito territorial determinado, que están constituidos por un conjunto de normas, trámites, procedimientos e incentivos aduaneros y tributarios, aplicables a una delimitación territorial, generalmente, separada del territorio sometido a régimen aduanero general.
Los Regímenes Especiales Territoriales tienen por finalidad crear condiciones que favorezcan la inversión en un territorio determinado, para propiciar su activación económica.
La legislación venezolana prevé tres tipos de Regímenes Especiales Territoriales: Puertos Libres, Zonas Francas y Zonas Libres.
Índice
1 Puertos Libres
2 Zonas Francas
3 Zonas Libres
4 Véase también
5 Bibliografía
6 Referencias
Puertos Libres
El Puerto Libre es un régimen especial liberatorio aduanero y tributario que comprende las actividades comerciales que se realicen dentro de un territorio delimitado, para estimular y favorecer su desarrollo socio-económico integral.
Es atribución del Presidente de la República en Consejo de Ministros la creación de Puertos Libres.
Actualmente funcionan en Venezuela dos Puertos Libres:
Puerto Libre del Estado Nueva Esparta, que comprende la jurisdicción territorial de las islas de Margarita y Coche.1
Puerto Libre de Santa Elena de Üairén, ubicado en la capital del Municipio Gran Sabana del Estado Bolívar y que comprende veintidós puntos descritos en el artículo 2º del Decreto de su creación.2
Zonas Francas
La Zona Franca es un área de terreno físicamente delimitada sujeta a un régimen fiscal especial establecido mediante ley, en la cual las personas jurídicas autorizadas para instalarse, se dediquen a la producción y comercialización de bienes para la exportación, así como a la prestación de servicios vinculados con el comercio internacional.
Es atribución del Presidente de la República en Consejo de Ministros la creación de Zonas Francas.
Tienen por objeto promover el desarrollo nacional a través de actividades que fortalezcan fundamentalmente el comercio exterior y contribuyan a la transferencia de tecnología, la generación de empleo y el desarrollo regional.3
De acuerdo a la actividad que desarrollen, las zonas francas pueden ser:
a) INDUSTRIALES: Cuando se dediquen a la producción, ensamblaje o cualquier tipo de perfeccionamiento económico de bienes para la exportación o reexportación;
b) DE SERVICIOS: Cuando se dediquen
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