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TRASTORNOS PARAFÍLICOS


Enviado por   •  27 de Abril de 2017  •  Tarea  •  3.065 Palabras (13 Páginas)  •  357 Visitas

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TRASTORNOS SEXUALES Y DE LA IDENTIDAD SEXUAL

  • PARAFILIAS

DSM VI

TRASTORNOS PARAFÍLICOS

DSM V

En el DSM VI las parafilias se encontraban dentro del grupo diagnóstico de trastornos sexuales y de la identidad sexual como un sub grupo.

Las parafilias se caracterizan por impulsos sexuales intensos y recurrentes, fantasías o comportamientos que implican objetos, actividades o situaciones poco habituales. Estos trastornos producen malestar clínicamente significativo o deterioro social, laboral o de otras áreas importantes de la actividad del individuo. Las parafilias incluyen el exhibicionismo, el fetichismo, el frotteurismo, la pedofilia, el masoquismo sexual, el sadismo sexual, el fetichismo transvestista, el voyeurismo, y la parafilia no especificada.

En la anterior versión del DSM no existía este grupo de trastornos como tal, sino que era un sub grupo de los trastornos sexuales y de la identidad sexual, Es de destacar el cambio de nombre de algunas categorías diagnósticas en el DSM V y la adición de otras.

La redacción del mismo pudo ser uno de los cambios más notables, permaneciendo en esencia con los mismos significados, conservabando casi en su totalidad los criterios de la antigua versión, agregándole más especificaciones y detallando mejor los síntomas y variables de los trastornos.

Posiblemente se pudo haber realizado este cambio con el fin de disminuir el estigma y la discriminación asociados con los trastornos mentales. Parte de eliminar el estigma y la discriminación se basa en elegir las palabras adecuadas para describir algunas enfermedades. Dentro de estos cambios, destacados se encuentran los trastornos parafílicos (que reemplaza las Parafilias, comportamientos sexuales inusuales de muchas personas, que no necesariamente son patológicos).

En el DSM V, se convirtió en un grupo de trastornos como tal a las parafílias, conociéndose ahora como trastornos parafílicos.

Como ya se mencionó anteriormente no se presentaron cambios muy significativos a los criterios diagnósticos que se encontraban en el DSM VI. Tampoco vario la clasificación de los mismo, con excepción de la presencia de los trastorno parafílico especificado y no especificados.

CRITERIOS DIAGNÓSTICOS:

EXHIBICIONISMO (302.4):

A. Durante un periodo de por lo menos 6 meses, fantasías sexuales recurrentes y altamente excitantes, impulsos sexuales o comportamientos que implican la exposición de los propios genitales a un extraño que no lo espera.

 B. Las fantasías, los impulsos sexuales o los comportamientos provocan malestar clínicamente significativo o deterioro social, laboral o de otras áreas importantes de la actividad del sujeto.

CRITERIOS DIAGNÓSTICOS:

EXHIBICIONISMO (302.4):

A. Durante un período de al menos seis meses, excitación sexual intensa y recurrente derivada de la exposición de los genitales a una persona desprevenida, y que se manifiesta por fantasías, deseos irrefrenables o comportamientos.

B. El individuo ha cumplido estos deseos sexuales irrefrenables con una persona que no ha dado su consentimiento, o los deseos irrefrenables o fantasías sexuales causan malestar clínicamente significativo o deterioro en lo social, laboral u otras áreas importantes del funcionamiento.

Especificar si:

Sexualmente excitado por exposición de los genitales a niños prepúberes

Sexualmente excitado por exposición de los genitales a individuos físicamente maduros

Sexualmente excitado por exposición de los genitales a niños prepúberes y a individuos físicamente maduros

Especificar si:

En un entorno controlado: Este especificador se aplica sobre todo a individuos que viven en una institución o en otros ámbitos en los que la oportunidad de exposición de los genitales es limitada.

En remisión total: El individuo no ha cumplido sus deseos irrefrenables con una persona sin su consentimiento, y no ha existido malestar ni problemas sociales, laborales, o en otros campos del funcionamiento, durante al menos cinco años en los que ha estado en un entorno no controlado.

OBSERVACIONES

  • El tiempo de duración de los síntomas para la identificación del trastorno y un posterior diagnostico permanece.

  • Se detalla mayormente el trastorno en sí,
  • Se cambian los criterios casi en su totalidad.
  • A la hora del diagnóstico se agregó a los criterios la culminación del acto con personas que no han dado su consentimiento y no solo las fantasías y los deseos.
  • Se le agregan especificaciones que posteriormente servirán para identificar mejor como se desarrolla el trastorno en diferentes personas que lo padezcan.

FETICHISMO (302.81):

A. Durante un período de al menos 6 meses, fantasías sexuales recurrentes y altamente excitantes, impulsos sexuales o comportamientos ligados al uso de objetos no animados (p. ej., ropa interior femenina).

B. Las fantasías, los impulsos sexuales o los comportamientos provocan malestar clínicamente significativo o deterioro social, laboral o de otras áreas importantes de la actividad del individuo.

C. Los fetiches no deben ser únicamente artículos de vestir femeninos como los utilizados para transvestirse (fetichismo transvestista) o aparatos diseñados con el propósito de estimular los genitales (p. ej., vibrador).

FETICHISMO (302.81):

A. Durante un período de al menos seis meses, excitación sexual intensa y recurrente derivada del empleo de objetos inanimados o un gran interés específico por parte(s) del cuerpo no genitales, que se manifiesta por fantasías, deseos irrefrenables o comportamientos.

B. Las fantasías, deseos sexuales irrefrenables o comportamientos causan malestar clínicamente significativo o deterioro en lo social, laboral u otras áreas importantes del funcionamiento.

C. Los objetos fetiche no se limitan a prendas de vestir utilizadas para travestirse (como en el trastorno de travestismo) o a artilugios diseñados específicamente para la estimulación táctil de los genitales (p. ej., vibrador).

Especificar:

Parte(s) del cuerpo

Objeto(s) inanimado(s)

Otro

Especificar si:

En un entorno controlado: Este especificador se aplica sobre todo a individuos que viven en una institución o en otros ámbitos en los que la oportunidad de dedicarse a comportamientos fetichistas es limitada.

En remisión total: No ha existido malestar ni problemas sociales, laborales, o en otros campos del funcionamiento, durante al menos cinco años en los que el individuo ha estado en un entorno no controlado.

OBSERVACIONES

  • En general los criterios se mantuvieron.

  • Se conservó el tiempo de duración de los síntomas para la identificación del trastorno y un posterior diagnostico
  • Se le agregaron especificaciones para identificar mejor el cambio del trastorno dependiendo del paciente que lo padezca.

FROTTEURISMO (302.89):

A. Durante un período de al menos 6 meses, fantasías sexuales recurrentes y altamente excitantes e impulsos sexuales o comportamientos ligados al hecho de tocar y rozar una persona en contra de su voluntad.

B. Las fantasías, los impulsos sexuales o los comportamientos provocan malestar clínicamente significativo o deterioro social, laboral o de otras áreas importantes de la actividad del individuo.

FROTTEURISMO (302.89):

A. Durante un período de al menos seis meses, excitación sexual intensa y recurrente derivada de los tocamientos o fricción contra una persona sin su consentimiento, y que se manifiesta por fantasías, deseos irrefrenables o comportamientos.

B. El individuo ha cumplido estos deseos sexuales irrefrenables con una persona que no ha dado su consentimiento, o los deseos irrefrenables o fantasías sexuales causan malestar clínicamente significativo o deterioro en lo social, laboral u otras áreas importantes del funcionamiento.

Especificar si:

En un entorno controlado: Este especificador se aplica sobre todo a individuos que viven en una institución o en otros ámbitos en los que la oportunidad de tocamientos o fricción es limitada.

En remisión total: El individuo no ha cumplido sus deseos irrefrenables con una persona sin su consentimiento, y no ha existido malestar ni problemas sociales, laborales, o en otros campos del funcionamiento, durante al menos cinco años en los que ha estado en un entorno no controlado.

OBSERVACIONES

  • Se mantuvo el tiempo de duración de los síntomas para la identificación del trastorno y un posterior diagnóstico.

  • El trastorno fue explicado con mayor detalle.
  • Se le agregaron especificaciones para identificar mejor el cambio del trastorno dependiendo del paciente que lo padezca.

PEDOFILIA (302.2):

A. Durante un período de al menos 6 meses, fantasías sexuales recurrentes y altamente excitantes, impulsos sexuales o comportamientos que implican actividad sexual con niños prepúberes o niños algo mayores (generalmente de 13 años o menos).

B. Las fantasías, los impulsos sexuales o los comportamientos provocan malestar clínicamente significativo o deterioro social, laboral o de otras áreas importantes de la actividad del individuo.

C. La persona tiene al menos 16 años y es por lo menos 5 años mayor que el niño o los niños del Criterio A.

Nota: No debe incluirse a individuos en las últimas etapas de la adolescencia que se relacionan con personas de 12 o 13 años.

Especificar si:

Con atracción sexual por los varones

Con atracción sexual por las mujeres

Con atracción sexual por ambos sexos

Especificar si:

Se limita al incesto

Especificar si:

Tipo exclusivo (atracción sólo por los niños)

Tipo no exclusivo

PEDOFILIA (302.2):

A. Durante un período de al menos seis meses, excitación sexual intensa y recurrente derivada de fantasías, deseos sexuales irrefrenables o comportamientos que implican la actividad sexual con uno o más niños prepúberes (generalmente menores de 13 años).

B. El individuo ha cumplido estos deseos sexuales irrefrenables, o los deseos irrefrenables o fantasías sexuales causan malestar importante o problemas interpersonales.

C. El individuo tiene como mínimo 16 años y es al menos cinco años mayor que el niño/niños del Criterio A.

Nota: No incluir a un individuo al final de la adolescencia que mantiene una relación sexual continua con otro individuo de 12 o 13 años.

Especificar si:

Tipo exclusivo (atracción exclusiva por los niños)

Tipo no exclusivo

Especificar si:

Atracción sexual por el sexo masculino

Atracción sexual por el sexo femenino

Atracción sexual por ambos sexos

Especificar si:

Limitado al incesto

OBSERVACIONES

  • Los criterios diagnósticos permanecieron iguales casi en su totalidad.

  • Se inició a tomar en cuenta la culminación de la fantasía sexual del paciente y no solo el deseo para brindar un diagnóstico.

MASOQUISMO SEXUAL (302.83):

A. Durante un periodo de al menos 6 meses, fantasías sexuales recurrentes y altamente excitantes, impulsos sexuales o comportamientos que implican el hecho (real, no simulado) de ser humillado, pegado, atado o cualquier otra forma de sufrimiento.

B. Las fantasías, los impulsos sexuales o los comportamientos provocan malestar clínicamente significativo o deterioro social, laboral o de otras áreas importantes de la actividad del individuo.

MASOQUISMO SEXUAL (302.83):

A. Durante un período de al menos seis meses, excitación sexual intensa y recurrente derivada del hecho de ser humillado, golpeado, atado o sometido a sufrimiento de cualquier otra forma, y que se manifiesta por fantasías, deseos irrefrenables o comportamientos.

B. Las fantasías, deseos sexuales irrefrenables o comportamientos causan malestar clínicamente significativo o deterioro en lo social, laboral u otras áreas importantes del funcionamiento.

Especificar si:

Con asfixiofilia: Si el individuo busca conseguir la excitación sexual por medio de la restricción de la respiración.

Especificar si:

En un entorno controlado: Este especificador se aplica sobre todo a individuos que viven en una institución o en otros ámbitos en los que la oportunidad de dedicarse a comportamientos sexuales masoquistas es limitada.

En remisión total: No ha existido malestar ni problemas sociales, laborales, o en otros campos del funcionamiento, durante al menos cinco años en los que el individuo ha estado en un entorno no controlado.

OBSERVACIONES

  • Los criterios diagnósticos permanecieron iguales casi en su totalidad.

  • Se inició a tomar en cuenta la fantasía y los pensamientos recurrentes del paciente en realizar el acto y no solo la realización del mismo para el posterior diagnóstico.
  • Se le agregaron especificaciones para identificar mejor el cambio del trastorno dependiendo del paciente que lo padezca.

SADISMO SEXUAL (302.84):

A. Durante un período de al menos 6 meses, fantasías sexuales recurrentes y altamente excitantes, impulsos sexuales o comportamientos que implican actos (reales, no simulados) en los que el sufrimiento psicológico o físico (incluyendo la humillación) de la víctima es sexualmente excitante para el individuo.

B. Las fantasías, los impulsos sexuales o los comportamientos provocan malestar clínicamente significativo o deterioro social, laboral o de otras áreas importantes de la actividad del individuo.

SADISMO SEXUAL (302.84):

A. Durante un período de al menos seis meses, excitación sexual intensa y recurrente derivada del sufrimiento físico o psicológico de otra persona, y que se manifiesta por fantasías, deseos irrefrenables o comportamientos.

B. El individuo ha cumplido estos deseos sexuales irrefrenables con una persona que no ha dado su consentimiento, o los deseos irrefrenables o fantasías sexuales causan malestar clínicamente significativo o deterioro en lo social, laboral u otras áreas importantes del funcionamiento.

Especificar si:

En un entorno controlado: Este especificador se aplica sobre todo a individuos que viven en una institución o en otros ámbitos en los que la oportunidad de dedicarse a comportamientos sexuales sádicos es limitada.

En remisión total: El individuo no ha cumplido sus deseos irrefrenables con una persona sin su consentimiento, y no ha existido malestar ni problemas sociales, laborales, o en otros campos del funcionamiento, durante al menos cinco años en los que ha estado en un entorno no controlado.

OBSERVACIONES

  • Se mantuvo el tiempo de duración de los síntomas para la identificación del trastorno y un posterior diagnóstico.

  • Al diagnóstico del trastorno de sadismo sexual se le agrego la realización de los deseos sexuales con personas que no aportan su consentimiento a la práctica del mismo.
  • Se le agregaron especificaciones para identificar mejor el cambio del trastorno dependiendo del paciente que lo padezca.
  • Se explicó con más detalle los síntomas del trastorno.

FETICHISMO TRANSVESTISTA (302.3):

A. Durante un período de al menos 6 meses, fantasías sexuales recurrentes y altamente excitantes, impulsos sexuales o comportamientos que implican el acto de transvestirse, en un varón heterosexual.

B. Las fantasías, los impulsos sexuales o los comportamientos provocan malestar clínicamente significativo o deterioro social, laboral o de otras áreas importantes de la actividad del individuo.

Especificar si:

Con disforia sexual: si el individuo presenta malestar persistente con su papel o identidad sexuales

TRASTORNO DE TRAVESTISMO (302.3):

A. Durante un período de al menos seis meses, excitación sexual intensa y recurrente derivada del hecho de travestirse, y que se manifiesta por fantasías, deseos irrefrenables o comportamientos.

B. Las fantasías, deseos sexuales irrefrenables o comportamientos causan malestar clínicamente significativo o deterioro en lo social, laboral u otras áreas importantes del funcionamiento.

Especificar si:

Con fetichismo: Si la excitación sexual se produce con tejidos, materiales o prendas de vestir.

Con autoginofilia: Si la excitación sexual se produce con pensamientos o imágenes de uno mismo como mujer.

Especificar si:

En un entorno controlado: Este especificador se aplica sobre todo a individuos que viven en una institución o en otros ámbitos en los que la oportunidad de transvestirse es limitada.

En remisión total: No ha existido malestar ni problemas sociales, laborales, o en otros campos del funcionamiento, durante al menos cinco años en los que el individuo ha estado en un entorno no controlado.

OBSERVACIONES

  • Cambio el nombre del trastorno de fetichismo transvestista a trastorno de transvestismo.
  • La redacción de los criterios cambio, pero en esencia permanecen prácticamente iguales.

  • A la hora del diagnóstico agregaron la fantasía y el deseo de travestirse como síntoma del padecimiento.
  • Las especificaciones cambiaron completamente y se detallaron más.

VOYEURISMO (302.82):

A. Durante un período de al menos 6 meses, fantasías sexuales recurrentes y altamente excitantes, impulsos sexuales o comportamientos que implican el hecho de observar ocultamente a personas desnudas, desnudándose o que se encuentran en plena actividad sexual.

B. Las fantasías, los impulsos sexuales o los comportamientos provocan malestar clínicamente significativo o deterioro social, laboral o de otras áreas importantes de la actividad del individuo.

VOYEURISMO (302.82):

A. Durante un período de al menos seis meses, excitación sexual intensa y recurrente derivada de la observación de una persona desprevenida que está desnuda, desnudándose o dedicada a una actividad sexual, y que se manifiesta por fantasías, deseos irrefrenables o comportamientos.

B. El individuo ha cumplido estos deseos sexuales irrefrenables con una persona que no ha dado su consentimiento, o los deseos irrefrenables o fantasías sexuales causan malestar clínicamente significativo o deterioro en lo social, laboral u otras áreas importantes del funcionamiento.

C. El individuo que experimenta la excitación y/o que actúa con un deseo irrefrenable tiene como mínimo 18 años de edad.

Especificar si:

En un entorno controlado: Este especificador se aplica sobre todo a individuos que viven en una institución o en otros ámbitos en los que la oportunidad de un comportamiento voyeurista es limitada.

En remisión total: El individuo no ha cumplido sus deseos irrefrenables con una persona sin su consentimiento, y no ha existido malestar ni problemas sociales, laborales, o en otros campos del funcionamiento, durante al menos cinco años en los que ha estado en un entorno no controlado.

OBSERVACIONES

  • El tiempo de duración de los síntomas para la identificación del trastorno y un posterior diagnostico permanece.

  • Se le agregaron especificaciones para identificar mejor el cambio del trastorno dependiendo del paciente que lo padezca.
  • Para el diagnóstico del trastorno se agregó un criterio nuevo, el individuo que experimenta la excitación y/o que actúa con un deseo irrefrenable tiene como mínimo 18 años de edad.
  • Se agregó a los criterios la especificación de la culminación del acto con personas que no han dado su consentimiento y no solo las fantasías, los deseos y la culminación del acto con personas que han dado su previo consentimiento.

Esta categoría de los trastornos parafílicos no aparecía en el DSM VI ya que era solo un sub grupo de trastornos y estos por lo general no cuentan con estas especificaciones.

OTRO TRASTORNO PARAFÍLICO ESPECIFICADO (302.89):

Esta categoría se aplica a presentaciones en las que predominan los síntomas característicos de un trastorno parafílico que causan malestar clínicamente significativo o deterioro en lo social, laboral u otras áreas importantes del funcionamiento, pero que no cumplen todos los criterios de ninguno de los trastornos de la categoría diagnóstica de los trastornos parafílicos. La categoría de otro trastorno parafílico especificado se utiliza en situaciones en las que el clínico opta por comunicar el motivo específico por el que la presentación no cumple los criterios de ningún trastorno parafílico específico.

Esto se hace registrando “otro trastorno parafílico especificado” seguido del motivo específico (p. ej., “zoofilia”).

Algunos ejemplos de presentaciones que se pueden especificar utilizando la designación “otro especificado” son, entre otros, la excitación sexual intensa y recurrente que implica la escatología telefónica (llamadas telefónicas obscenas), la necrofilia (cadáveres), la zoofilia (animales), la coprofilia (heces), la clismafilia (enemas) o la urofilia (orina) que han estado presentes al menos durante seis meses y que causan malestar importante o deterioro en lo social, laboral u otras áreas importantes del funcionamiento. Otros especificadores que se pueden aplicar a otro trastorno parafílico especificado son en remisión y/o en un entorno controlado.

Esta categoría de los trastornos parafílicos no aparecía en el DSM VI ya que era solo un sub grupo de trastornos y estos por lo general no cuentan con estas especificaciones.

TRASTORNO PARAFÍLICO NO ESPECIFICADO (302.9):

Esta categoría se aplica a presentaciones en las que predominan los síntomas característicos de un trastorno parafílico que causan malestar clínicamente significativo o deterioro en lo social, laboral u otras áreas importantes del funcionamiento, pero que no cumplen todos los criterios de ninguno de los trastornos de la categoría diagnóstica de los trastornos parafílicos. La categoría del trastorno parafílico no especificado se utiliza en situaciones en las que el clínico opta por no especificar el motivo del incumplimiento de los criterios para un trastorno parafílico específico, e incluye presentaciones en las que no existe información suficiente para hacer un diagnóstico más específico.

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