Violencia hacia las mujeres casos
Enviado por Cintia Celina Teves • 14 de Diciembre de 2015 • Informe • 4.252 Palabras (18 Páginas) • 110 Visitas
Curso: “Las Violencias contra las niñas, niños, adolescentes y mujeres en la vida y en la Ley”
Actividad 1:
CASO 1: MANUEL Y LARA:
La guardia del Hospital solicitó la intervención de un Equipo Móvil del Programa Las Víctimas Contra Las Violencias, debido a que allí se encontraba internado el niño Manuel de 3 años de edad, junto a su madre, la Sra. Lara de 27 años de edad, quién había sido golpeado por su padre, el Sr. Víctor de 33 años de edad.
La Sra. Lara mencionó que sospechaba que su hijo había sido víctima de abusos por lo cual concurrió a dicho nosocomio junto a Manuel con la excusa que el niño se encontraba con fiebre y vómitos. Una vez en la guardia, la misma informó a los médicos que el padre del niño lo había golpeado el día lunes con un inflador de bicicleta dejándole marcas visibles en su cuerpo. Por otra parte, también expresó que desde hace un mes que su hijo presentaba conductas sexualizadas no acordes a su edad, por lo que sospechaba había sido víctima de abuso. Asimismo comentó que ella también fue víctima por parte de su pareja. Expresó que le decía “inútil, tenes que a tener la pava con el mate listo cuando yo llego, ese es tu deber”. Al no hacerlo, Lara relató que él Sr. Víctor la quemó con el agua caliente dejándole una marca visible en su brazo.
Por este motivo, las profesionales del Hospital decidieron realizar una internación social y realizar consulta con el Consejo de los Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes. El Sr. Víctor estuvo presente en el Hospital visitando a su hijo, quién se mostraba angustiado, dado que hasta el momento no existía ninguna orden que le prohíba visitarlo.
La Sra. Lara, refirió estar en pareja hace 6 años con el Sr. Víctor. Comentó que luego de un año y medio comenzaron los episodios de violencia física y emocional hacia ella. Por este motivo, hace dos años y medio, cuando su hijo tenía aproximadamente 6 meses de edad, consultó a la Línea 137 y luego se acercó a un Centro Integral de la Mujer. Agregó que el Sr. Víctor no permitía que trabaje y cuando ella consiguió empleo, hace dos meses, le puso un cable alrededor de su cuello ejerciendo presión sobre el mismo y le exigió que “le entregara todo su sueldo para que él pudiera controlarla”. Por otra parte, mencionó que desde que ella trabaja el niño Manuel permanece al cuidado de su padre, su abuelo paterno, el Sr. Francisco de 61 años de edad y su tío, el Sr. José de 32 años de edad. En relación a esto, manifestó que desde hace aproximadamente un mes que su hijo presenta conductas sexuales inapropiadas para su edad: “Me pide que le toque la cola o me agarra la mano y la quiere llevar hacía sus genitales”. La Sra. Lara expresó que ella sospecha de un abuso sexual por parte de su abuelo o su tío. Comentó: “Ellos ya tienen antecedentes de abuso con Camila, que es la hija de mi cuñada, la otra hermana de Víctor y José y también hija de Francisco. Ella los denunció, pero Francisco se fue a otro país”.
Agregó: “Manuel no habla bien, pero me dice ‘Abuelo muerde Teta, toca cola, muerde cola’”. La Sra. mencionó que durante su infancia fue víctima de abuso por parte de su padrastro y que no quiere que su hijo pase por lo mismo. En relación al último episodio de violencia relató que el día lunes, previo a concurrir a su trabajo, Manuel comenzó a llorar porque no quería que se fuera y por ese motivo, el padre lo golpeó con un inflador de bicicleta dejándole marcas visibles en su pierna derecha. Según sus dichos, cuando regresó del trabajo Manuel tenía otras marcas en su espalda y se encontraba con fiebre y vómitos. Con la excusa de llevarlo para revisar su estado de salud, la Sra. llevó a su hijo al Hospital a pesar de la oposición de su pareja. Previo a retirarse de su domicilio, el Sr. le exigió que mintiera respecto al origen de los hematomas en el cuerpo de Manuel diciendo que se había caído y con tono amenazante le dijo que “tenga cuidado con lo que iba a hacer”. Por otra parte, la Sra. comentó que el Sr. se presentó tanto en el día de ayer como hoy en el hospital para visitar a su hijo y que el niño se angustiaba mucho en presencia de éste. Se consultó a la Sra. Lara respecto a su red social y/o Familiar a lo que respondió que contaba con una amiga de nombre Silvia de 60 años de edad, quién estaría al tanto de la situación y se había mostrado predispuesta a alojarla a resguardo en su domicilio.
B) Señale los párrafos en los que reconoce tipos y modalidades de violencias incluidas en la Ley 26485 e indique en cada caso a qué tipo y modalidad de violencia corresponde. Justifique por qué entiende que el párrafo seleccionado corresponde al tipo y modalidad de violencia indicado utilizando la bibliografía sugerida.
De acuerdo a la LEY DE PROTECCION INTEGRAL A LAS MUJERES, Ley 26.485, se pueden reconocer los siguientes tipos de violencia comprendidos en el artículo 5 de la Ley mencionada:
1.- Física: La que se emplea contra el cuerpo de la mujer produciendo dolor, daño o riesgo de producirlo y cualquier otra forma de maltrato agresión que afecte su integridad física.
“Al no hacerlo, Lara relató que él Sr. Víctor la quemó con el agua caliente dejándole una marca visible en su brazo.”
“Agregó que el Sr. Víctor no permitía que trabaje y cuando ella consiguió empleo, hace dos meses, le puso un cable alrededor de su cuello ejerciendo presión sobre el mismo y le exigió que “le entregara todo su sueldo para que él pudiera controlarla”.
2.- Psicológica: La que causa daño emocional y disminución de la autoestima o perjudica y perturba el pleno desarrollo personal o que busca degradar o controlar sus acciones, comportamientos, creencias y decisiones, mediante amenaza, acoso, hostigamiento, restricción, humillación, deshonra, descrédito, manipulación aislamiento. Incluye también la culpabilización, vigilancia constante, exigencia de obediencia sumisión, coerción verbal, persecución, insulto, indiferencia, abandono, celos excesivos, chantaje, ridiculización, explotación y limitación del derecho de circulación o cualquier otro medio que cause perjuicio a su salud psicológica y a la autodeterminación.
Expresó que le decía “inútil, tenés que tener la pava con el mate listo cuando yo llego, ese es tu deber”.
3- Económica y patrimonial: La que se dirige a ocasionar un menoscabo en los recursos económicos o patrimoniales de la mujer
La limitación de los recursos económicos destinados a satisfacer sus necesidades o privación de los medios indispensables para vivir una vida digna.
Con respecto a la modalidad la situación descripta se relaciona con la Violencia doméstica contra las mujeres, entendiendo a la misma como “aquella ejercida contra las mujeres por un integrante del grupo familiar, independientemente del espacio físico donde ésta ocurra, que dañe la dignidad, el bienestar, la integridad física, psicológica, sexual, económica o patrimonial, la libertad, comprendiendo la libertad reproductiva y el derecho al pleno desarrollo de las mujeres. Se entiende por grupo familiar el originado en el parentesco sea por consanguinidad o por afinidad, el matrimonio, las uniones de hecho y las parejas o noviazgos. Incluye las relaciones vigentes o finalizadas, no siendo requisito la convivencia”.
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