Ética de los arquitectos
Enviado por ddasd • 23 de Abril de 2015 • 836 Palabras (4 Páginas) • 272 Visitas
n el art. 4 del código de Ética de los arquitectos se subraya:
El arquitecto debe obrar con honestidad y buena fe. No ha de aconsejar actos dolosos, afirmar o negar con falsedad, ejercer coacción, soborno sobre funcionarios públicos o, en el desempeño de su cargo, realizar gestiones que tiendan a beneficiarlo.
No sólo el arquitecto colegiado debe comportarse de esa digna manera. También el maestro de obras, los obreros, los practicantes dibujantes, los choferes de la obra, ¡todo el mundo debe portarse de igual modo!
Dicen el art. 22 del código de los abogados y el art. 77 del código de los médicos:
La puntualidad es deber del abogado en todos sus actos profesionales y, particularmente, en lo que se relaciona con la citación de los tribunales y las reuniones con clientes y colegas.
Es deber del médico concurrir a la hora acordada [Está hablando de las Juntas Médicas]. En caso de imposibilidad deberá dar aviso. De no haberse recibido excusa previa, una espera de quince minutos será el máximo de tolerancia.
Si creemos que el tema de la puntualidad amerita que se lo incluya en un código de honor que será solemnemente jurado por los colegiados, entonces valdría la pena ver cómo lo incluimos también en la Constitución de la República o en la letra del himno nacional.
Si esto es todo lo que contienen los códigos de Ética, tendrán razón los colegiados cuando digan que nunca leyeron el código de su Colegio o, eventualmente, que ni sabían que tenían un código.
Hay excepciones.
Por ejemplo, el art. 65 de los médicos:
El médico tiene el deber tradicional de prestar atención gratuita a los colegas que la requieran, a la esposa e hijos y a los padres que dependan económicamente del colega. Este servicio se prestará previo mutuo acuerdo respecto a momento y lugar, salvo caso de emergencia en que la atención debe ser inmediata y en el lugar de la emergencia.
Igualmente y todavía, más solidario, es el art. 68, también del Colegio Médico:
Cuando un médico se ve imposibilitado, por enfermedad, de atender a sus pacientes privados y su condición económica es difícil, es deber moral de los colegas, amigos y discípulos, reemplazarle en la atención a esos pacientes desinteresadamente, entregándole los honorarios percibidos.
Nadie negará que estamos ante normas de moral solidaria que todos sabemos que serían ideales para nuestro trato con colegas y compañeros de labor. Y con ellas se construye una hermandad al interior de la sociedad. Pero estamos, ahora sí, ante normas que sobrepasan el comportamiento moral normal. No son pautas de una moral ideal que, ojala, todos estaríamos dispuestos a poner en práctica "si buenamente podiésemos" pero que no nos pueden obligar a jurarlas solemnemente.
...