Peru Campeon
Enviado por gylsas • 1 de Octubre de 2013 • 1.371 Palabras (6 Páginas) • 316 Visitas
LEY Nº 286931
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
POR CUANTO:
La Comisión Permanente del Congreso de la República
Ha dado la Ley siguiente:
EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;
Ha dado la Ley siguiente:
LEY GENERAL DEL SISTEMA NACIONAL DE TESORERÍA
TÍTULO PRELIMINAR
CAPÍTULO ÚNICO
PRINCIPIOS REGULATORIOS
Artículo I.- Unidad de Caja
Administración centralizada de los fondos públicos en cada entidad u órgano,
cualquiera que sea la fuente de financiamiento e independientemente de su finalidad,
respetándose la titularidad y registro que corresponda ejercer a la entidad responsable
de su percepción.
Artículo II.- Economicidad
Manejo y disposición de los fondos públicos viabilizando su óptima aplicación y
seguimiento permanente, minimizando sus costos.
Artículo III.- Veracidad
Las autorizaciones y el procesamiento de operaciones en el nivel central se realizan
presumiendo que la información registrada por la entidad se sustenta
documentadamente respecto de los actos y hechos administrativos legalmente
autorizados y ejecutados.
Artículo IV.- Oportunidad
Percepción y acreditación de los fondos públicos en los plazos señalados, de forma tal
que se encuentren disponibles en el momento y lugar en que se requiera proceder a
su utilización.
Artículo V.- Programación
Obtención, organización y presentación del estado y flujos de los ingresos y gastos
públicos identificando con razonable anticipación sus probables magnitudes, de
acuerdo con su origen y naturaleza, a fin de establecer su adecuada disposición y, de
ser el caso, cuantificar y evaluar alternativas de financiamiento estacional.
Artículo VI.- Seguridad
1 Su texto ha sido actualizado al 31-12-11, según modificaciones aprobadas por diversas normas legales.
Prevención de riesgos o contingencias en el manejo y registro de las operaciones con
fondos públicos y conservar los elementos que concurren a su ejecución y de aquellos
que las sustentan.
TÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES
CAPÍTULO I
OBJETO Y ÁMBITO DE APLICACIÓN
Artículo 1.- Objeto de la Ley
La presente Ley tiene por objeto establecer las normas fundamentales para el
funcionamiento del Sistema Nacional de Tesorería, en concordancia con lo dispuesto
en la Ley Nº 28112 - Ley Marco de la Administración Financiera del Sector Público.
Artículo 2.- Ámbito de aplicación
2.1 Se encuentran sujetas a la presente Ley todas las Entidades y organismos
integrantes de los niveles de Gobierno Nacional, Regional y Local.
2.2 Las Empresas del Estado de Derecho Público, Privado y de Economía Mixta con
participación directa o indirecta se sujetan a la presente Ley únicamente en lo
establecido por el artículo 12 de la misma.
CAPÍTULO II
DEFINICIÓN Y CONFORMACIÓN DEL SISTEMA NACIONAL DE TESORERÍA
Artículo 3.- Definición
El Sistema Nacional de Tesorería, en adelante el Sistema, es el conjunto de órganos,
normas, procedimientos, técnicas e instrumentos orientados a la administración de los
fondos públicos, en las entidades y organismos del Sector Público, cualquiera que sea
la fuente de financiamiento y uso de los mismos.
Artículo 4.- Conformación del Sistema2
El Sistema Nacional de Tesorería está conformado de la siguiente manera:
a) En el nivel central: Por la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público
del Ministerio de Economía y Finanzas, que es el órgano rector del Sistema y como
tal aprueba la normatividad, implementa y ejecuta los procedimientos y operaciones
correspondientes en el marco de sus atribuciones.
b) En el nivel descentralizado u operativo: Por las Unidades Ejecutoras y
dependencias equivalentes en las Entidades del Sector Público comprendidas en la
presente Ley y sus correspondientes tesorerías u oficinas que hagan sus veces.
CAPÍTULO III
2 La denominación Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público que se menciona en este artículo así
como en el resto de este TUO, ha sido considerada en aplicación de las Disposiciones Complementarias Finales
Sétima y Octava de la Ley Nº 29814, Ley de Endeudamiento del Sector Público para el Año Fiscal 2012, publicada
el 09-12-11
RESPONSABLES Y ATRIBUCIONES DE LOS ÓRGANOS DEL SISTEMA
NACIONAL DE TESORERÍA
Artículo 5.- La Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público
La Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público está a cargo del Director
General de Endeudamiento y Tesoro Público, el cual será designado por el Ministro de
Economía y Finanzas tomando en cuenta, cuando mínimo, los siguientes requisitos:
a) Ser peruano de nacimiento;
b) Tener título universitario;
c) No tener condena penal consentida o ejecutoriada, por delito doloso;
d) No haber sido destituido de cargo público por sanción disciplinaria; y,
e) No tener rendiciones de cuentas pendientes con las entidades del Sector Público.
Artículo 6.- Atribuciones de la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro
Público3
Son atribuciones de la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público, en
forma exclusiva y excluyente:
...