Reynaldo Armas Ofrendará Su Grammy Latino Al Santo Cristo De Pariaguán
Enviado por merce24d • 12 de Febrero de 2014 • 3.357 Palabras (14 Páginas) • 243 Visitas
INTRODUCCION
El presente trabajo de análisis e investigación tiene como objetivo general estudiar la importancia de la Ley Orgánica del Trabajo desde el punto de vista de protección en las relaciones laborales estables y adecuadas que existen hoy día en nuestra sociedad, como una manera de obtener formas eficaces de soluciones a las necesidades colectivas.
De este modo se permitan eludir conflictos de trabajo y desequilibrios sociales, lo que consecuencialmente, redundará en un mejor manejo de la administración de las empresas, la satisfacción del personal que forma parte de la plantilla de cada organización, la prevención de infortunios laborales, el incremento de la productividad y la elevación de los dividendos corporativos.
Evidentemente que toda esta secuela, en general, conlleva un innegable impulso a la economía nacional y a la preservación de un clima de paz social, necesaria para un desarrollo sostenido que permita horizontes nacionales elevados para este nuevo milenio. Todo ello justifica plenamente este trabajo, el cual se enmarca dentro de un enfoque metodológico jurídico documental.
Pasos que establece la LOTT en cuanto al procedimiento administrativo que debe seguir un trabajador que es despedido injustificadamente (Por vía administrativa)
El Artículo 80 de la nueva Ley Orgánica del Trabajo de Los Trabajadores y Trabajadoras (LOTTT), se refiere al despido indirecto o injustificado, por parte del patrono o empleador. Causas justificadas de retiro del trabajo por parte del trabajador o empleado.
Se considerará despido indirecto o injustificado por parte del Patrono, los siguientes casos:
- Falta de probidad (honradez, honestidad, integridad o rectitud).
- Todo acto inmoral que ofenda al trabajador o algún miembro de su familia que vivan con él.
- La sustitución del patrono cuando el trabajador considere inconveniente la sustitución para sus intereses.
- Omisiones o imprudencias que afecten la seguridad o higiene del trabajo.
- Cualquier acto que constituya falta grave a las obligaciones que le impone la relación de trabajo.
- La exigencia que haga el patrono o empleador al trabajador, a que realice un trabajo distinto al que está obligado por el contrato o por la Ley, o que sea incompatible con la dignidad y capacidad profesional del trabajador, como también obligarlo a cambiar de residencia, salvo que en el contrato laboral se haya especificado lo contrario o por la naturaleza del trabajo sea necesario el cambio de residencia del trabajador.
- La reducción del salario o cambio del trabajador a un puesto inferior.
- El cambio arbitrario del horario de trabajo.
- Cualquier otro hecho que alteren las condiciones del trabajo.
Hay excepciones, no se considerará como despido injustificado o indirecto:
- Transferir nuevamente al trabajador a su puesto anterior, una vez sometido al período de prueba a un puesto superior, que no exceda los 90 días.
- Transferir nuevamente al trabajador a su puesto anterior, después de haber desempeñado temporalmente, por un tiempo no mayor a 180 días, un puesto superior por falta del titular de dicho puesto.
- El traslado temporal del trabajador por un lapso que no exceda los 90 días, a un puesto inferior, dentro de su propia ocupación y con su sueldo anterior, en caso de emergencia.
Indemnización por terminación de la relación de trabajo por causas ajenas al trabajador (Doblete):
Artículo 92 (LOTTT): En caso de que la relación de trabajo termine por causa ajenas a la voluntad del trabajador, o en el caso del despido sin alguna razón que lo justifique y cuando el trabajador manifieste su voluntad de no solicitar el reenganche, el patrono está en la obligación de pagarle una indemnización equivalente al monto que le corresponde por prestaciones sociales.
Para la indemnización por despido injustificado, se debe pagar:
- Prestaciones Sociales o Antigüedad (Artículo 142 LOTTT)
-Indemnización por despido indirecto o injustificado (Doblete, Artículo 92 LOTTT)
Como lo que esté pendiente por pagar:
- Sueldos
- Utilidades
- Vacaciones
- Bono Vacacional
- Intereses sobre prestaciones sociales.
INTRUMENTO DE DESEMPEÑO LABORAL (INSTRUMENTO 1)
Instrumento para evaluar el desempeño del personal.
(Para ser llenado por el Jefe y Subordinado)
Nombre:
Puesto:
Edad:
A continuación hallaras frases de desempeño combinadas en bloques de 4, escriba una X bajo la palabra más para indicar la frase que más se identifica, posteriormente escriba Y en debajo de la palabra que menos se identifica según su personalidad.
Frase de desempeño No. Mas Menos
Solo hacen lo que le ordenan 1
Acepta críticas constructivas 2
Se cohíbe cuando está sometido a presión 3
Comportamiento irreprochable 4
Tiene temor de pedir ayuda 5
Es dinámico 6
Mantiene su puesto siempre ordenado 7
Ya ha presentado frustraciones por trabajo 8
_________________________ _________________________
Firma del empleado Firma del jefe
INTRUMENTO DE DESEMPEÑO LABORAL (INSTRUMENTO 2)
Instrumento para evaluar el desempeño del personal.
(Para ser llenado por el Jefe y Subordinado)
Nombre:
Puesto:
Edad:
A continuación hallaras frases de desempeño, marque con una X sobre el si o no, según lo que considere.
Realiza su trabajo a tiempo Si No
Tiene buena actitud de servicio Si No
Está en el área de trabajo en horario de trabajo Si No
Tiene liderazgo con sus suboordinados Si No
Tiene temor de pedir ayuda Si No
Tiene iniciativa Si No
Le gusta reclamar Si No
Nunca se muestra desagradable Si No
Tiene buena memoria Si No
Tiene buena apariencia Si No
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Firma del empleado Firma del jefe
INTRUMENTO DE DESEMPEÑO LABORAL (INSTRUMENTO 3)
Instrumento para evaluar el desempeño del personal.
(Para ser llenado por el Jefe y Subordinado)
Nombre del empleado: No. del empleado:
Puesto que desempeña:
Departamento:
Periodo que se evalúa:
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