ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

Manual De Organico Cupoliama


Enviado por   •  23 de Marzo de 2012  •  8.074 Palabras (33 Páginas)  •  437 Visitas

Página 1 de 33

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

GOBERNACIÓN DEL ESTADO AMAZONAS

SECRETARÍA DE POLÍTICA Y ASUNTOS FRONTERIZOS

CUERPO DE POLICÍA DEL ESTADO AMAZONAS

REGLAMENTO ORGÁNICO DEL CUERPO DE POLICÍA DEL ESTADO AMAZONAS

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

De acuerdo al Artículo 159 de nuestra Carta Magna, los Estados son entidades autónomas, que detentan personalidad jurídica propia, es decir, son sujetos de derecho, con capacidad jurídica plenamente reconocida en el ordenamiento jurídico y consecuencialmente son titulares de derechos y obligaciones; y tienen autonomía en lo político, por la posibilidad de elección de sus autoridades; en lo organizativo, por cuanto tienen la posibilidad de dictar su propia constitución y leyes; en lo administrativo en cuanto a la inversión de sus ingresos, en lo jurídico en cuanto a que no pueden revisar sus actos sino por ante los Tribunales de la Republica y en lo Tributario, en cuanto a la posibilidad de crear Tributos. Ahora bien, esta autonomía no puede ser comprendidas con una independencia absoluta, en tanto que esos derechos que le son atribuidos, deben entenderse como facultades y prerrogativas en los términos previstos en la Constitución, es decir, como un Estado Federal Descentralizado, el cual deberá regirse por los principios de integridad territorial, cooperación, solidaridad, concurrencia y responsabilidad.

Además, el máximo texto constitucional en su Artículo 164, numeral 6°, atribuye a los estados la competencia exclusiva de organizar sus respectivos Cuerpos de Policía, y la determinación de este servicio atribuida a los municipios. La Constitución del Estado Amazonas, en su Artículo 73, asume en su contenido dicha atribución.

Igualmente, el Artículo 21 de la novísima Ley de Policía Nacional, establece lo relativo al Sistema Integrado de Policía, el cual comprende la articulación de los órganos y entes que ejercen e! Servicio de Policía, y que coadyuvan a su prestación, a través de! desarrollo de una estructura que asegure la gestión y eficiencia de los cuerpos de policía, mediante el cumplimiento de principios, normas y reglas comunes sobre la formación de carrera, el desempeño operativo, los niveles y criterios de actuación, las atribuciones, deberes comunes y los mecanismos de supervisión.

El ejercicio de la Función Policial en el Estado Amazonas reside en los principios de obediencia, disciplina, subordinación y respeto a sus superiores y autoridades competentes, conforme a las escalas jerárquicas establecidas en la Ley de Policía del Estado Amazonas, y en los reglamentos respectivos.

El Cuerpo de Policía del Estado Amazonas, fue creada con objetivos específicos, entre los que se destacan garantizar la seguridad y los derechos humanos en el Estado, asegurar el apoyo logístico y los recursos materiales requeridos para la realización del trabajo policial y disponer de un personal que satisfaga los niveles de formación para responder efectivamente a su labor.

La misión de la Policía del Estado Amazonas es garantizar la seguridad de las personas naturales y jurídicas y de sus bienes, así como la preservación del orden público, entendido éste como el respeto a las normas de moral y buenas costumbres, salubridad e higiene pública y convivencia social en el territorio del estado.

Los objetivos de funcionamiento están orientados hacía la visión de ser el primer ente que despliegue la acción policial de forma eficaz en todo el ámbito estatal, con características de integridad, eficiencia y eficacia.

Es por todo lo antes expuesto que se crea este Reglamento Orgánico del Cuerpo de Policía del Estado Amazonas, para hacer cumplir las normas que rigen el desempeño de los funcionarios policiales, cuyo potencial humano merece el pleno respeto y la efectiva garantía de sus derechos fundamentales.

• Acatar y ejecutar los planes y políticas dictadas por la autoridad competente, para preservar, restablecer y garantizar la seguridad ciudadana.

• Auxiliar y proteger a las personas y, velar por la conservación y custodia de los bienes que se encuentren en situación de peligro o desastre.

• Colaborar con el Cuerpo de Policía Nacional para restablecer y mantener el orden y la paz pública, la seguridad individual y colectiva de las personas.

• Colaborar con el Cuerpo de Policía Nacional en la custodia y protección de manifestaciones y grandes concentraciones de personas que se susciten por cualquier causa.

• aprehender a las personas por orden judicial y ponerlas a disposición de la autoridad competente dentro del plazo legal, asimismo cumplir el mandato de conducción para que la persona citada comparezca a declarar ante la autoridad que la solicite.

• Ejercer las funciones de órgano de apoyo a la investigación penal de conformidad con las leyes aplicables.

• Realizar las actividades encaminadas a resguardar el lugar donde haya ocurrido un hecho punible hasta la llegada de las autoridades competentes.

• Identificar y aprehender a los autores o autoras de delitos en casos de flagrancia y ponerlo s a disposición del Ministerio Público, de conformidad con lo establecido en Código Orgánico Procesal Penal.

• Asegurar la identificación de los testigos de un hecho punible.

• Las demás que le atribuya la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, la Ley de Policía Nacional, la Ley de Policía del Estado Amazonas y demás disposiciones del ordenamiento jurídico vigente.

REGLAMENTO ORGÁNICO DEL CUERPO DE POLICÍA DEL ESTADO AMAZONAS

CAPITULO I

DISPOSICIONES GENERALES

Objeto.

Artículo 1°. El presente Reglamento Orgánico tiene por objeto determinar La estructura organizativa y funcional del Cuerpo de Policía del Estado Amazonas, así como las funciones correspondientes a las dependencias que lo Integran, necesarias para el cumplimiento de sus objetivos.

Director

Artículo 2°. La máxima autoridad del Cuerpo de Policía del Estado Amazonas, es la Directora o Director, que tendrá rango de Directora o Director General.

Régimen funcionarial de Alto nivel y confianza

Artículo 3°. Las funcionarias y funcionarios de libre nombramiento y remoción del Cuerpo de Policía del Estado Amazonas, podrán ocupar cargos de alto nivel o de confianza. Los cargos

...

Descargar como (para miembros actualizados) txt (57 Kb)
Leer 32 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com