Mecatronica
Enviado por skatep88 • 4 de Septiembre de 2011 • 1.983 Palabras (8 Páginas) • 528 Visitas
PREGUNTA 4
QUIEN ESTABLECE EL REGLAMENTO DE TRABAJO EN ALTURAS
El MINISTERIO DE LA PROTECCION SOCIAL con la resolucion 3673 de 2008 (26 de Septiembre de 2008) reglamenta todo lo relacionado con el trabajo de alturas.
OBJETO Y CAMPO DE APLICACIÓN.
La presente resolución tiene por objeto establecer el reglamento técnico para trabajo seguro en alturas y aplica a todos los empleadores, empresas, contratistas, subcontratistas y trabajadores de todas las actividades económicas de los sectores formales e informales de la economía, que desarrollen trabajos en alturas con peligro de caídas.
CAMPO DE APLICACIÓN
La presente resolución se entenderá por trabajo en alturas, toda labor o desplazamiento que se realice a 1,50 metros o más sobre un nivel inferior.
PUNTO 6
OBLIGACIONES DEL EMPLEADOR OBLIGACIONES DEL EMPLEADO
- darle al trabajador condiciones dignas y saludables de trabajo, e indumentaria adecuada. desempeñar el servicio contratado bajo la dirección del patrono o de su representante
- otorgar al trabajador el descanso semanal, las vacaciones, y las licencias según sea el caso. Ejecutar el trabajo con la eficiencia, cuidado y esmero apropiados y en la forma, tiempo y lugar convenidos.
- abonar al trabajador, haberes, sac (aguinaldo), vacaciones, horas extras, licencias, decretos del poder ejecutivo, asignaciones, licencias, presentismo, antigüedad, y aquellos montos establecidos por convenio, (vales, adicionales, etc.). Restituir al patrono los materiales no usados y conservar en buen estado los instrumentos y útiles que se les faciliten para el trabajo. Es entendido que no son responsables por el deterioro normal ni por el que se ocasione por caso fortuito, fuerza mayor, mala calidad o defectuosa construcción.
- mantener las condiciones originales del contrato de trabajo. Observar buenas costumbres durante el trabajo.
- hacer el pago de los aportes a obra social, sindicato, anses, afip, organismos recaudadores, surl, ministerio de trabajo y seguridad social, art, compañías de seguro. Prestar los auxilios necesarios en caso de siniestro o riesgo inminente en que las personas o intereses del patrono o de algún compañero de trabajo estén en peligro, sin derecho a remuneración adicional.
- pagar todas las indemnizaciones, multas e intereses que se originen en el incumplimiento de sus obligaciones y lesión de los derechos del trabajador y su grupo familiar. someterse a reconocimiento médico, sea al solicitar su ingreso al trabajo o durante éste a solicitud del patrono, para comprobar que no padecen alguna incapacidad permanente o alguna enfermedad profesional, contagiosa o incurable; o a petición del instituto guatemalteco de seguridad social, con cualquier motivo.
- pagar todas las indemnizaciones, e intereses por los daños y perjuicios que su actuar le ocasiones al trabajador en el aspecto físico, psíquico, moral, o material. guardar los secretos técnicos, comerciales o de fabricación de los productos a cuya elaboración concurran directa o indirectamente, con tanta más fidelidad cuanto más alto sea el cargo del trabajador o la responsabilidad que tenga de guardarlos por razón de la ocupación que desempeña, así como los asuntos administrativos reservados, cuya divulgación pueda causar perjuicio a la empresa.
PUNTO 7
CASCO: se emplea para evitar que elementos golpeen la cabeza del trabajado o en caso de una caída este no sufra mayores daños.
ARNES: este elemento es uno de las importantes en los trabajos en alturas ya que le permite al trabajador realizar sus labores de una forma segura.
Partes del arnés:
1. Hebilla
2. Banda secundaria de unión delantera entre tirantes
3. Elemento de enganche
4. Tirante
5. Banda subglútea
6. Banda de muslo
7. Elemento de ajuste
8. Marcado
MONO DE TRABAJO: Hace referencia a la vestimenta empleada en los trabajos en alturas que en la mayoría de ocasiones son overoles
GUANTES: permiten reducir los daños a las manos que se adquieren en en los trabajos de alturas ya que estas son muy importantes.
CALZADO DE SEGURIDAD: la mayoría de personas que realizan los trabajos en alturas recomiendan el eso de botas punta de acero o de fibra de vidrio en caso de que se requiera el aislamiento de la energía.
LÍNEAS DE VIDA (ANCLAJE MÓVIL): hace referencia a los cables de acero debidamente anclados que permiten el libre movimiento del operador en su zona de trabajo.
PUNTO 10
3333333333
PREGUNTA 11.
Elementos de protección personal con la norma que lo certifica o avala.
ELEMENTOS.
El arnés esta formado de las siguientes partes:
1. Anilla de anclaje
2. Banda de cintura
3. Anclaje para sujeción
4. Anillos para material
5. Perneras
Tirante.
1. Banda secundaria.
2. Banda subglútea (banda principal).
3. Banda de muslo.
4. Apoyo dorsal para sujeción.
5. Elemento de ajuste.
6. Elemento de enganche anticaídas.
7. Hebilla.
8. Elemento de anclaje para sujeción (no anticaídas).
a. Marcado.
b. Marcado con la letra a mayúscula.
9. Enganche frontal
10. Banda de muslo (banda principal)
11. Enganche dorsal
RESOLUCIONES QUE LO AVALUAN
• Resolución 3673 de 2008
• Resolución 0736 de 2009
• Resolución 1486 de 2009
• Resolución 1938 de 2009
• Circular 070 de 2009
• Resolución 3673 septiembre 26 de 2008 Ministerio De La Protección Social
• Resolución 736 marzo de 2009.modifica reglamento técnico de trabajo seguro en alturas
• Resolución 01486 del 4 de junio de 2009 del Sena.
• Resolución 1938 de 2009 modifica la Resolución 1486 de 2009 del Sena.
• Circular 00070 2009 ministerio de la protección social.
PUNTO 12
Permiso de Trabajos en Altura
Trabajo en altura es todo aquel que se realice a 2 m de un borde desprotegido donde la exposición a la caída
...