Metrologia
Enviado por Arthurccx • 20 de Enero de 2013 • 2.417 Palabras (10 Páginas) • 258 Visitas
Leyes y normas aplicables a la metrología y normalización
En metrología y normalización se aplican varias leyes y normas que rigen o estipulan puntos con relación a estas estas están estipuladas en artículos a continuación mencionadas
ARTÍCULO 1. La presente Ley regirá en toda la República y sus disposiciones son de orden público e interés social. Su aplicación y vigilancia corresponde al Ejecutivo Federal, por conducto de las dependencias de la administración pública federal que tengan competencia en las materias reguladas en este ordenamiento. Siempre que en esta Ley se haga mención a la Secretaría, se entenderá hecha a la Secretaría de Economía. Párrafo reformado DOF 28-07-2006
ARTÍCULO 2. Esta Ley tiene por objeto:
I En materia de Metrología:
1. Establecer el Sistema General de Unidades de Medida.
2. Precisar los conceptos fundamentales sobre metrología.
3. Establecer los requisitos para la fabricación, importación, reparación, venta, verificación y uso de los instrumentos para medir y los patrones de medida.
4. Establecer la obligatoriedad de la medición en transacciones comerciales y de indicar el contenido neto en los productos envasados.
5. Instituir el Sistema Nacional de Calibración.
6. Crear el Centro Nacional de Metrología, como organismo de alto nivel técnico en la materia.
7. Regular, en lo general, las demás materias relativas a la metrología.
II En materia de normalización, certificación, acreditamiento y verificación
8. Fomentar la transparencia y eficiencia en la elaboración y observancia de normas oficiales mexicanas y normas mexicanas.
9. Instituir la Comisión Nacional de Normalización para que coadyuve en las actividades que sobre normalización corresponde realizar a las distintas dependencias de la administración pública federal.
10. Establecer un procedimiento uniforme para la elaboración de normas oficiales mexicanas por las dependencias de la administración pública federal.
11. Promover la concurrencia de los sectores público, privado, científico y de consumidores en la elaboración y observancia de normas oficiales mexicanas y normas mexicanas.
12. Coordinar las actividades de normalización, certificación, verificación y laboratorios de prueba de las dependencias de administración pública federal.
13. Establecer el sistema nacional de acreditamiento de organismos de normalización de certificación, unidades de verificación y de laboratorios de prueba y de calibración.
14. En general, divulgar las acciones de normalización y demás actividades relacionadas con la materia.
ARTÍCULO 3. Para los efectos de esta Ley, se entenderá por:
III. Acreditación: el acto por el cual una entidad de acreditación reconoce la competencia técnica y confiabilidad de los organismos de certificación, de los laboratorios de prueba, de los laboratorios de calibración y de las unidades de verificación para la evaluación de la conformidad; Fracción reformada DOF 20-05-1997
IV. Calibración: el conjunto de operaciones que tiene por finalidad determinar los errores de un instrumento para medir y, de ser necesario, otras características metrológicas.
V. Certificación: procedimiento por el cual se asegura que un producto, proceso, sistema o servicio se ajusta a las normas o lineamientos o recomendaciones de organismos dedicados a la normalización nacionales o internacionales.
VI. Dependencias: las dependencias de la administración pública federal; IV-A. Evaluación de la conformidad: la determinación del grado de cumplimiento con las normas oficiales mexicanas o la conformidad con las normas mexicanas, las normas internacionales u otras especificaciones, prescripciones o características. Comprende, entre otros, los procedimientos de muestreo, prueba, calibración, certificación y verificación; Fracción adicionada DOF 20-05-1997
VII. Instrumentos para medir: los medios técnicos con los cuales se efectúan las mediciones y que comprenden las medidas materializadas y los aparatos medidores.
VIII. Medir: el acto de determinar el valor de una magnitud.
IX. Medida materializada: el dispositivo destinado a reproducir de una manera permanente durante su uso, uno o varios valores conocidos de una magnitud dada.
X. Manifestación: la declaración que hace una persona física o moral a la Secretaría de los instrumentos para medir que se fabriquen, importen, o se utilicen o pretendan utilizarse en el país.
XI. Método: la forma de realizar una operación del proceso, así como su verificación.
XII. Norma mexicana: la que elabore un organismo nacional de normalización, o la Secretaría, en los términos de esta Ley, que prevé para un uso común y repetido reglas, especificaciones, atributos, métodos de prueba, directrices, características o prescripciones aplicables a un producto, proceso, instalación, sistema, actividad, servicio o método de producción u operación, así como aquellas relativas a terminología, simbología, embalaje, marcado o etiquetado; Fracción reformada DOF 20-05-1997 X-A. Norma o lineamiento internacional: la norma, lineamiento o documento normativo que emite un organismo internacional de normalización u otro organismo internacional relacionado con la materia, reconocido por el gobierno mexicano en los términos del derecho internacional; Fracción adicionada DOF 20-05-1997
XIII. Norma oficial mexicana: la regulación técnica de observancia obligatoria expedida por las dependencias competentes, conforme a las finalidades establecidas en el artículo 40, que establece reglas, especificaciones, atributos, directrices, características o prescripciones aplicables a un producto, proceso, instalación, sistema, actividad, servicio o método de producción u operación, así como aquellas relativas a terminología, simbología, embalaje, marcado o etiquetado y las que se refieran a su cumplimiento o aplicación; Fracción reformada DOF 20-05-1997
XIV. Organismos de certificación: las personas morales que tengan por objeto realizar funciones de certificación.
XV. Organismos nacionales de normalización: las personas morales que tengan por objeto elaborar normas mexicanas.
XVI. Patrón: medida materializada, aparato de medición o sistema de medición destinado a definir, realizar, conservar o reproducir una unidad o uno o varios valores conocidos de una magnitud para transmitirlos por comparación a otros instrumentos de medición.
XVII. Patrón nacional: el patrón autorizado para obtener, fijar o contrastar el valor de otros patrones de la misma magnitud, que sirve de base para la fijación de los valores
de todos los patrones de la magnitud dada; XV-A. Personas acreditadas:
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