Seguridad Industrial
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República Bolivariana de Venezuela
Ministerio del Poder Popular para la Educación Universitaria
Instituto Universitario de Tecnología Industrial
Rodolfo Loero Arismendi
Extensión Maturín
Profesor: Bachilleres:
Douglas Aliendres Aurimar Colón
Magdielys Colón
Carliris Fermín C.I 21.052.354
José López
Rosmery Toledo C.I 21.089.258
Maturín, Noviembre del 2014
INDICE
Pág.
Introducción
Contenido
La seguridad social en Venezuela: en el sector público y privado
Recursos provenientes del estado
Características de la seguridad social
Instituciones públicas y privadas que se ocupan de la seguridad social
Conclusión
Bibliografía
INTRODUCCIÓN
CONTENIDO
La Seguridad Social en Venezuela
En el sector público:
La seguridad social en Venezuela está, básicamente en manos del Instituto Venezolano de los Seguros Sociales, IVSS. El IVSS, constituido como un sistema de seguros obligatorios que recibe aporte de los trabajadores, los patrones y el sector público, fue ampliando su cobertura y expandiéndose durante un largo periodo en que funciono razonablemente bien.
Se organiza de la siguiente manera: el sistema recibe cotizaciones mensuales y, con ellas, paga las pensiones y jubilaciones de los beneficiarios, utilizando para eso el sistema de financiamiento sobre la marcha o de “reparto”, lo que significa que todo el dinero llega a un fondo común y luego es gastado según la obligaciones contraídas año a año, con esos fondos, además, el IVSS fue generado, en su primera etapa, una red de centros de atención de salud que, si bien no logró cubrir todo el territorio nacional, al menos representó en su momento un perceptible avance con respecto a la situación anterior. Por consiguiente la Asamblea Nacional Constituyente (1999) en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela decreta lo siguiente:
Titulo: Capítulo IV: de los Derechos Sociales y de las Familias.
Articulo Nº 86: Toda persona tiene derecho a la seguridad social como servicio público de carácter no lucrativo, que garantice la salud y asegure protección en contingencias de maternidad, paternidad, enfermedad, invalidez, enfermedades catastróficas, discapacidad, necesidades especiales, riesgos laborales, pérdida de empleo, desempleo, vejez, viudedad, orfandad, vivienda, cargas derivadas de la vida familiar y cualquier otra circunstancia de previsión social. El Estado tiene la obligación de asegurar la efectividad de este derecho, creando un sistema de seguridad social universal, integral, de financiamiento solidario, unitario, eficiente y participativo, de contribuciones directas o indirectas. La ausencia de capacidad contributiva no será motivo para excluir a las personas de su protección.
En el sector privado:
Recursos provenientes del estado: nacionales, estatales y municipales para atender la salud, educación, recreación y servicios en general
El Sistema de Seguridad Social Integral como conjunto orgánico, interrelacionado e interdependiente de regímenes de protección social, está organizado en subsistemas y es un servicio público de afiliación obligatoria para cada trabajador y de carácter contributivo.
El órgano de dirección del Sistema de Seguridad Social Integral es el Ministerio del Trabajo, teniendo como marco legal la Ley Orgánica del Sistema de Seguridad Social y las leyes especiales que rigen los diferentes subsistemas, sin menoscabo de las competencias concurrentes de los Ministerios u otros entes de supervisión y control.
Se crea el Consejo Nacional de la Seguridad Social como órgano asesor y consultivo del Ejecutivo Nacional, que tendrá entre sus atribuciones:
• Definir y proponer los lineamientos estratégicos de la política de seguridad social integral.
• Asesorar al Ejecutivo Nacional y evacuar sus consultas en materia de Seguridad Social.
• Velar por el cumplimiento estricto de lo dispuesto en las leyes.
• Colaborar en las definiciones de las formas de interacción y coordinación con los organismos públicos y privados vinculados, directa o indirectamente, con la seguridad Social.
• Presentar los planes de seguimiento de la ejecución de los programas de Seguridad Social Integral, para evaluar sus resultados y elaborar las recomendaciones que se consideren convenientes;
• Proponer, mediante leyes especiales la creación de nuevos subsistemas.
Para los efectos de la afiliación, se crea el Servicio de Registro e Información de la Seguridad Social Integral (SEREISSI), bajo la dirección del Instituto Venezolano de los Seguros Sociales (IVSS).
El Servicio de Registro e Información de la Seguridad Social Integral (SEREISSI), tendrá a su cargo el registro automatizado de afiliación de empleadores, trabajadores, familiares calificados, prestadores de servicios y la historia provisional de los asegurados.
El Sistema de Seguridad Social Integral lo conforman los siguientes subsistemas que, sin perjuicio de su autonomía, actuarán coordinadamente:
Subsistema de Pensiones;
b) Subsistema de Salud;
c) Subsistema de Paro Forzoso y Capacitación Laboral;
d) Subsistema de
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