1era. resolucion
Enviado por I2016 • 12 de Mayo de 2017 • Trabajo • 678 Palabras (3 Páginas) • 114 Visitas
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Amparo No. 24-2013 srio.
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SALA CUARTA DE LA CORTE DE APELACIONES DEL RAMO CIVIL Y MERCANTIL, CONSTITUIDA EN TRIBUNALCONSTITUCIONAL DE AMPARO DEL MUNICIPIO DE GUATEMALA, VEINTICUATRO DE AGOSTO DE DOS MIL TRECE.-------------------------------------------------------------------------------------------
- A esta Sala se integra el abogado Julio César Sagastume, como Magistrado Vocal Primero, en sustitución la abogada Gladis Edelmira Agustín Carreto, quien pasa a presidir este Tribunal, en virtud que el abogado Julio César Sagastume, Magistrado Presidente, se encuentra de licencia por quebrantos de salud. II) En consecuencia, para el conocimiento del presente proceso, esta Sala se integra así: Abogada Gladis Edelmira Agustín Carreto, como Magistrada Presidenta, Abogado Pablo Roberto Hernández Berrios, como Magistrado Vocal Primero y Abogado Juan José Monzón Ordoñez, como Magistrado Vocal Segundo. III) Esta Sala de la Corte de Apelaciones del Ramo Civil y Mercantil se constituye en Tribunal Constitucional de Amparo promovido por los señores: XXXXXXX, en contra de XXXX IV) Se tiene por recibido el memorial que antecede y se admite para su trámite la Acción Constitucional de Amparo presentada por los señores XXXXX En contra de XXXXXXX y fórmese el expediente respectivo. V) Se toma nota que los amparistas actúan bajo la Dirección y Auxilio del Abogado Alejandro Rafael Pérez López, así como el lugar señalado para recibir notificaciones, VI) En virtud que los amparistas no señalaron a ninguna persona como tercer interesado, de conformidad con la se tiene como tercero interesado al Ministerio Público. VII) Se previene a las partes que deben señalar lugar para recibir notificaciones en el perímetro urbano de ésta ciudad, bajo apercibimiento que de no hacerlo, las subsiguientes se hará por los estrados de esta Sala. VIII) Se fija a la autoridad impugnada el plazo de CUARENTA Y OCHO HORAS de notificada la presente resolución para que remita INFORME CIRCUNSTANCIADO sobre los hechos que motivan el presente Amparo. IX) Se tiene por ofrecidos los medios de pruebas individualizados en el apartado respectivo. X) En relación al Amparo Provisional solicitado, las circunstancias actuales no hacen aconsejable decretar el mismo, por lo que deberá esperarse a tener a la vista los antecedentes en informe circunstanciado requerido para considerar su otorgamiento. XI) Lo demás solicitado hágase presente en su oportunidad. XII) Notifíquese. Artículos 203,204 y 265 de la Constitución Política de la República de Guatemala, 1,2,3,4,5,6,7,10,13,21,22,27,28,33,34 y 34 de la Ley de Amparo, Exhibición Personal y de Constitucionalidad; 86,87,88,89,141.142, 142 bis de la Ley del Organismo Judicial.
Licda:. Gladis Edelmira Agustìn Carreto
Magistrada Presidenta
Lic. : Pablo Roberto Hernández Berrios
Magistrado Vocal Primero
Lic.: Juan José Monzón Ordoñez
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