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HONORABLE CUARTA SALA EN MATERIA CIVIL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA EN EL ESTADO.


Enviado por   •  5 de Marzo de 2016  •  Trabajo  •  7.248 Palabras (29 Páginas)  •  337 Visitas

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                                                           TOCA NÚMERO  631/2014.

                SE PROMUEVE DEMANDA DE

                AMPARO

                EN CONTRA DE LA SENTENCIA DE

                FECHA TREINTA DE MARZO DE DOS

                MIL QUINCE.

HONORABLE CUARTA SALA EN MATERIA CIVIL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA EN EL ESTADO.

        JORGE CRUZ VIVANCO, promoviendo por mi propio derecho, dentro de los autos del Toca de Apelación, número al rubro indicado, ante esta Honorable Sala, con todo respeto comparezco y expongo:

        Que por medio del presente escrito y con fundamento en lo dispuesto por los Artículos 170 fracción I, 171, 172, 174, 175, 176, 177, 178 y demás relativos de la Ley de Amparo, vengo a interponer DEMANDA DE AMPARO EN CONTRA DE LA SENTENCIA DICTADA POR ESTA HONORABLE SALA, DENTRO DEL TOCA EN QUE SE ACTÚA, CON FECHA TREINTA DE MARZO DE DOS MIL QUINCE, Y QUE ME FUERA NOTIFICADA EL DÍA VEINTIDOS DE ABRIL DEL AÑO EN CURSO, por lo que me permito anexar al presente la demanda de garantías respectiva, con las copias simples correspondientes para que se le dé curso y, previos los trámites legales conducentes y en su momento procesal oportuno, se remita al Tribunal Colegiado en Materia Civil del Sexto Circuito en turno para su continuación.

        Por lo anteriormente expuesto y fundado;

A ESTA HONORABLE SALA, respetuosamente pido se sirva:

        ÚNICO.- Acordar de conformidad lo solicitado en el presente escrito.

PROTESTO MIS RESPETOS.

        

        HEROICA PUEBLA DE ZARAGOZA, A TRECE DE MAYO DE DOS MIL QUINCE.

JORGE CRUZ VIVANCO.


HONORABLE TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL SEXTO CIRCUITO EN TURNO.

        JORGE CRUZ VIVANCO, promoviendo por mi propio derecho, como apelante, dentro del Toca de Apelación número 631/2014, de la Honorable Cuarta Sala en Materia Civil, del Tribunal Superior de Justicia en el Estado, y señalando como domicilio para recibir notificaciones personales EN EL DESPACHO CUATROCIENTOS CINCO, DEL EDIFICIO NUMERO MIL CUATRO, DE LA COLONIA ANALCO, DE ESTA CIUDAD DE PUEBLA, autorizando en términos del artículo 12 de la Ley de Amparo, para que en mi nombre y representación las reciban y se impongan de los autos, INDISTINTAMENTE a los LICENCIADOS SANTIAGO SARABIA HERNÁNDEZ quien cuenta con Cedula Profesional número 1068730, y/o MIGUEL ÁNGEL VAZQUEZ DE LA VEGA, quien cuenta con Cedula Profesional número 8488452, y a los Pasantes en Derecho ROCIO SARABIA PAVON y VICTOR ALEJANDRO MENDEZ SANCHEZ, ante este Honorable Tribunal, con todo respeto comparezco y expongo:

        Que por medio del presente escrito y con fundamento en lo dispuesto por los artículos 170 fracción I, 171, 172, 174 al 189 y demás relativos de la Ley de Amparo, vengo a solicitar EL AMPARO Y PROTECCIÓN DE LA JUSTICIA FEDERAL, EN CONTRA DE LOS ACTOS Y AUTORIDADES QUE MÁS ADELANTE SEÑALARE, MEDIANTE EL PRESENTE JUICIO DE AMPARO DIRECTO, basándome al efecto en lo dispuesto por el artículo 175 de la Ley de Amparo, en los siguientes puntos:

        1.- NOMBRE Y DOMICILIO DEL QUEJOSO.- Ya han quedado indicados en el proemio del presente escrito.

        2.- NOMBRE Y DOMICILIO DEL TERCERO INTERESADO.- Lo son en el presente caso:

        El señor JAIME COATL MIXCOATL, QUIEN EN LA SEGUNDA INSTANCIA NO SEÑALO DOMICILIO PARA NOTIFICACIONES, POR LO QUE LA SALA RESPONSABLE ORDENO SE LE HICIERAN LAS NOTIFICACIONES INCLUSO LAS PERSONALES POR LISTA, aunque en la Primera Instancia ante el Juzgado Segundo de lo Civil del Distrito Judicial de Cholula, Puebla,  señalo como domicilio para recibir notificaciones, en Avenida Cinco Oriente, Número Ocho Letra “A”, de San Pedro Cholula, Puebla;

        El NOTARIO PUBLICO NUMERO DOS, DEL DISTRITO JUDICIAL DE HUEJOTZINGO, PUEBLA, quien a pesar de haber sido emplazado legalmente a juicio, nunca se apersono al mismo en el Juzgado de Origen, ni ante la Sala responsable en la segunda instancia, y por lo tanto las notificaciones incluso las personales se le realizaron por lista, lo que se hace del conocimiento para los efectos legales correspondientes;

        El REGISTRADOR PUBLICO DE LA PROPIEDAD Y DEL COMERCIO, DEL DISTRITO JUDICIAL DE CHOLULA, PUEBLA, quien a pesar de haber sido emplazado legalmente a juicio, nunca se apersono al mismo en el Juzgado de Origen, ni ante la Sala responsable en la segunda instancia, y por lo tanto las notificaciones incluso las personales se le realizaron por lista, lo que se hace del conocimiento para los efectos legales correspondientes.

         El señor VICENTE HUANETL TORIBIO, persona que a petición del señor JAIME COATL MIXCOATL, fue citada como probable interesado en el juicio de origen, quien si se apersono al juicio de origen, y EN LA SEGUNDA INSTANCIA NO SEÑALO DOMICILIO PARA NOTIFICACIONES, POR LO QUE LA SALA RESPONSABLE ORDENO SE LE HICIERAN LAS NOTIFICACIONES INCLUSO LAS PERSONALES POR LISTA, aunque en la Primera Instancia ante el Juzgado Segundo de lo Civil del Distrito Judicial de Cholula, Puebla,  señalo como domicilio para recibir notificaciones, el despacho ubicado en Avenida Seis Poniente, Numero Setecientos Dieciocho Letra “B”, de San Pedro Cholula, Puebla;

        El señor RAFAEL JUAREZ MARQUEZ y la señora TERESA MARTINEZ CASTILLO, personas que a petición del señor VICENTE HUANETL TORIBIO, fueron citadas como probables interesados en el juicio de origen, a quienes a pesar de que fueron citados legalmente, nunca se apersonaron al Juzgado de Origen, ni ante la Sala responsable en la segunda instancia, y por lo tanto las notificaciones incluso las personales se les realizaron por lista, lo que se hace del conocimiento para los efectos legales correspondientes.

        3.- AUTORIDADES RESPONSABLES.- Lo son:

        a).- COMO ORDENADORA.- La Honorable Cuarta Sala en Materia Civil, del Tribunal Superior de Justicia en el Estado de Puebla.

        B).- COMO AUTORIDAD EJECUTORA.- Lo es el Ciudadano Juez Segundo de lo Civil, del Distrito Judicial de Cholula, Puebla.

 

        4.- ACTO RECLAMADO.- Lo es:

        a).- DE LA  AUTORIDAD ORDENADORA.- La ejecutoria que dictara con fecha treinta de marzo de dos mil quince, dentro del Toca de Apelación número 631/2014, recurso de apelación interpuesto por el suscrito, en mi carácter de Actor, en contra de la sentencia definitiva dictada dentro del expediente número 1329/2012, de los del Juzgado Segundo de lo Civil, del Distrito Judicial de Cholula, Puebla.

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