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ACTIVIDAD 1) Explica el significado de las siguientes expresiones relacionadas con la Seguridad Social española:


Enviado por   •  24 de Marzo de 2017  •  Tarea  •  3.143 Palabras (13 Páginas)  •  4.887 Visitas

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ACTIVIDAD 1) Explica el significado de las siguientes expresiones relacionadas con la Seguridad Social española:

1. Seguridad social contributiva: en uno de los grades principios de nuestro sistema de Seguridad Social y significa que existe una proporción entre las prestaciones percibidas y las cotizaciones aportadas de las empresas, trabajadores y trabajadoras y son su principal fuente de financiación.

2. Seguridad Social Universal: es el principio del sistema de la Seguridad Social que define que su acción protectora y su campo de aplicación pretende alcanzar su máxima extensión posible a todo el territorio nacional y al mayor número de población.

3. Principio de solidaridad intergeneracional: es el principio que supone que los trabajadores en activo financian las prestaciones de las personas que están cobrando una pensión en ese mismo momento.

4. Contingencias comunes: se define como la situación en la que un trabajador, por causa de un accidente o enfermedad no laboral, se encuentra imposibilitado para el desarrollo de su trabajo y recibe asistencia sanitaria por parte del Sistema Público de Salud.

5. Contingencias profesionales: se define como aquellos sucesos que tienen su origen en el desarrollo de una actividad laboral y que producen alteraciones de la salud del trabajador que tengan la consideración de accidente de trabajo o de enfermedad profesional y recibe asistencia sanitaria por parte del Sistema Público de Salud.

ACTIVIDAD 2) Indica qué ciudadanos y ciudadanas, sean de nacionalidad española o extranjera, quedan dentro del campo de aplicación de la Seguridad Social española.

1. Los españoles que residan y ejerzan normalmente su actividad en territorio nacional, ya sea como trabajadores y trabajadoras por cuenta ajena, por cuenta propia, estudiantes y funcionarias y funcionarios públicos, civiles y militares tendrán derechos a prestaciones contributivas si reúnen los requisitos legales.

2. Los españoles residentes que no desarrollen actividad alguna, tendrán derecho a prestaciones no contributivas si reúnen los requisitos de acceso legalmente establecidos.

3. Los españoles no residentes cuando así lo establezca el Gobierno, loa funcionarios de Organizaciones Internacionales y personal al servicio de la Administración española en el extranjero.

4. Las personas procedentes de Hispanoamérica, Brasil, Andorra y Filipinas con residencia legal en España, quedan equiparadas a los españoles y españolas.

5. Los trabajadores comunitarios de la Unión Europea se equiparán a los nacionales, en virtud del principio de igualdad de trato que rige la normativa comunitaria (artículo 51 del Tratado de la CEE).

6. Los restantes extranjeros y extranjeras que residan legalmente en nuestro país se someterán a lo dispuesto en los convenios suscritos al efecto, o a cuanto les fuera aplicable en virtud del principio de reciprocidad. Esto significa, que recibirán la misma

protección que sus países otorguen a la ciudadanía española.

ACTIVIDAD 3) Cumplimenta el siguiente cuadro indicando el Régimen de la Seguridad Social en el que quedan incluidas las personas que

aparecen indicadas.

Regímenes de la Seguridad Social correspondiente a cada sujeto

Sujetos Regímenes de la Seg Social

Trabajadores o trabajadoras que desarrollan actividades forestales para una empresa privada. R. E. Agrario

Policía municipal. R.E. de funcionarios

civiles del Estado, de la

Administración de justicia

y de las Fuerzas Armadas

Empleado o empleada de una Caja de ahorros. Régimen General

Estudiante de 25 años de Formación Profesional. Seguro Escolar Estudiantes

Dueño o dueña de un negocio de hostelería donde presta servicios todos los días laborables. R. E. trabajadores por cuenta propia o autónomos

Camarero o camarera de un establecimiento de hostelería. Régimen General

Conductor o conductora de un autobús de la empresa municipal de transportes públicos. Régimen General

Cónyuge del empresario o la empresaria que colabora habitualmente con él sin recibir a cambio salario alguno. R. E. trabajadores por cuenta propia o autónomos

Asistenta doméstica que presta servicios por horas en varios domicilios. R. E. empleadas del hogar

Limpiador o limpiadora de unos grandes almacenes a tiempo parcial. Régimen General

La tripulación, formada por 8 personas que trabajan por cuenta ajena como pescadores y pescadoras. R. E. trabajadores del mar

Mineros o mineras que prestan servicios por cuenta ajena para una empresa dedicada a la extracción de carbón y derivados. R. E. trabajadores de la minería

Socio o socia de una empresa con más del 50% del capital social en la que presta servicios de administración y dirección financiera, recibiendo por estas funciones una retribución. R. E. trabajadores por cuenta propia o autónomos

Dueño o dueña de una embarcación de 15 tripulantes que trabaja por cuenta propia en actividades de pesca de altura. R. E. trabajadores del mar

Funcionarios y funcionarias del Ministerio de Hacienda. R.E. de funcionarios

civiles del Estado, de la

Administración de justicia

y de las Fuerzas Armadas

Magistrado o Magistrada. R.E. de funcionarios

civiles del Estado, de la

Administración de justicia

y de las Fuerzas Armadas

Trabajador o trabajadora con contrato interino contratado para sustituir en un Juzgado de Instrucción a una funcionaria administrativa de baja por maternidad. Régimen General

Catedrático o catedrática de matemáticas de un Instituto de Enseñanza Secundaria. Régimen General

Un programador contratado por una Compañía extranjera con centros de trabajo en España. Régimen general

Funcionario o funcionaria de un Ayuntamiento R.E. de funcionarios

civiles del Estado, de la

Administración de justicia

y de las Fuerzas Armadas

ACTIVIDAD 4) Explica a continuación qué obligaciones formales tiene el empresario o la empresaria frente a la Seguridad Social respecto a los trabajadores y trabajadoras que contrata.

El empresario o empresaria tiene tres obligaciones formales frente a la Seguridad Social con respecto a los trabajadores y trabajadoras que contrata y son las siguientes:

1. Afiliación: acto administrativo por el cual se incorpora al trabajador o la trabajadora a la Seguridad Social. En el Régimen General, la empresa a través del modelo oficial A2 tiene la obligación de solicitar la afiliación

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