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ACTO CONCLUSIVO


Enviado por   •  17 de Julio de 2013  •  491 Palabras (2 Páginas)  •  671 Visitas

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ACTOS CONCLUSIVOS

DERECHO PROCESAL PENAL

Actos conclusivos: Son aquellos actos dictados por el Fiscal del Ministerio Público. Solamente hay 3 actos conclusivos, los cuales son: acusación. sobreseimiento y archivo fiscal.

• Acusación. Este acto conclusivo se dicta cuando hay suficientes elementos de convicción para que el Fiscal acuse.

• Sobreseimiento. Procede cuando: la acción penal se ha extinguido; hay cosa juzgada; el hecho objeto del proceso no se realizó o no se le puede atribuir a la persona; el hecho que se imputa no está tipificado en la Ley; concurre una causa de justificación, por ejemplo, la legítima defensa; concurre una causa de no punibilidad; no haya posibilidad de incorporar nuevos datos a la investigación y por lo tanto no hay bases para solicitar el enjuiciamiento de la persona. El sobreseimiento hace cesar toda medida de coerción personal.

• Archivo fiscal. Cuando el resultado de la investigación en la Fase preparatoria resulte insuficiente para acusar, se decretará este acto conclusivo hasta que surjan nuevos elementos de convicción para que el Fiscal pueda fundar su acusación.

A continuación, presentamos un resumen de lo fundamental del juicio ordinario de tipo oral según el COPP, hasta llegar a la sentencia. Dividiremos este artículo en i) fase preparatoria; ii) fase intermedia; y iii) fase de juicio oral.

III) FASE DE JUZGAMIENTO: JUICIO ORAL:

El Derecho Procesal Penal, a la Fase de Juicio Oral y Público, la más importante del proceso penal acusatorio porque, siguiendo la lógica acusatoria, si la fase preparatoria sirve para formar la acusación y la fase intermedia sirve para comprobar su sustento, el juicio oral, que existe por existir una acusación bien fundada, sirve, finalmente, para comprobar la certeza última de la acusación, su verdadera dimensión. No se trata ya de determinar que una acusación es viable por existir un abundante acervo probatorio contra el acusado, sino de determinar, de manera categórica la verdadera eficacia de esas pruebas.

El Juicio Oral y Público como etapa fundamental del proceso

El Juicio Oral es el momento culminante del proceso penal acusatorio y constituye el verdadero debate penal, por cuanto es en esta oportunidad procesal cuando debe ponerse a prueba, más allá de toda duda razonable, la culpabilidad del acusado.

Es en el Juicio Oral donde se despliegan, o deben desplegarse todas las energías de los contendores procesales, a fin de lograr que resplandezca la verdad. Es en el juicio oral donde se ponen de manifiesto a plenitud todos los principios del sistema acusatorio y todas sus virtudes.

El Juicio oral es la fase más importante del proceso penal acusatorio porque, siguiendo la lógica acusatoria, si la fase preparatoria sirve para formar la acusación y la fase intermedia sirve para comprobar su sustento, el juicio oral, que existe por existir

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