ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

ACUERDO DE CONFIDENCIALIDAD Y NO COMPETENCIA


Enviado por   •  16 de Octubre de 2022  •  Trabajo  •  1.183 Palabras (5 Páginas)  •  40 Visitas

Página 1 de 5

ACUERDO DE CONFIDENCIALIDAD Y NO COMPETENCIA

El presente acuerdo de confidencialidad y no competencia, en adelante "el Acuerdo" es suscrito el día 20 de abril de 2022, entre XXXXXXXXXX., sociedad debidamente incorporada bajo las leyes de Colombia, en adelante “XXX” y XXXXXXXXXXXXXX, actuando en nombre propio, identificada con cédula de ciudadanía No. XXXXXXXXXX, en adelante “EL CONSULTOR”; cada una de ellas denominada individualmente una "Parte" o colectivamente denominadas "las Partes".

DECLARACIONES

  1. EL CONSULTOR es un profesional especializado y se dedica a la prestación de servicios de asesoramiento y consultoría en la estructuración y validación de operaciones logísticas.
  2. Que las Partes están negociando posibles relaciones comerciales relacionadas con los servicios relacionados en el numeral anterior, en el cual XXXX tendrá que facilitar a EL CONSULTOR información que XXXX el Usuario considera altamente confidencial y que necesita EL CONSULTOR exclusivamente para prestar los servicios.
  3. XXXX desea proteger la información propia y confidencial que será suministrada a EL CONSULTOR, y los asuntos comerciales concernientes.
  4. Las Partes desean realizar el presente acuerdo a los efectos de acceder a la información propia o confidencial necesaria para la prestación de los servicios.
  5. En procura de una discusión abierta y cooperativa, las partes desean protegerse contra el engaño y la competencia desleal.

Las Partes desean celebrar el presente acuerdo, de conformidad a las siguientes

CLÁUSULAS

PRIMERA. EL CONSULTOR recibirá información confidencial de XXX, la cual, de manera enunciativa más no limitativa, incluye información operativa, técnica y financiera de XXX, así como de sus Clientes y/o Proveedores, y que dicha información deberá ser considerada propiedad de la Parte que provee la información (en lo sucesivo la “Información Confidencial”). Cualquier material preparado por EL CONSULTOR, sus empleados, consejeros y cualquier otro representante, utilizando la información de XX, será considerada con carácter confidencial. Las Partes acuerdan mantener toda la información en estricta confidencialidad, de conformidad a los términos y condiciones establecidas en el presente Acuerdo.  

SEGUNDA. La “Información Confidencial” será proporcionada con la única finalidad de permitir a las Partes evaluar el potencial y beneficios de la prestación de servicios de asesoramiento y consultoría en la estructuración y validación de operaciones logísticas por parte de EL CONSULTOR a XX, descrita en las declaraciones del presente Acuerdo (en lo sucesivo “Uso Permitido”), y no será compartida terceros a menos que exista una autorización expresa de XX y no será utilizada para ningún propósito diferente.

TERCERA. Sin consentimiento previo de XX, EL CONSULTOR no podrán, i) revelar a ningún tercero que han recibido información Confidencial, incluyendo el hecho de que las transacciones contempladas, están siendo consideradas, o el hecho de cualquier negociación, discusión, o cualquier otra comunicación, contemplada en el presente Acuerdo, ii) revelar a terceros cualquier “Información Confidencial” o permitir el acceso a terceros.

CUARTA. Las obligaciones antes citadas, no serán aplicables a la “Información Confidencial” cuando EL CONSULTOR acredite que: i)  es del dominio público, sin omisión o acción de EL CONSULTOR, sus empleados, agentes o representante; ii)  Se encuentra en poder de EL CONSULTOR a la fecha del presente acuerdo o es recibida después de esta fecha por un tercero (no parte en el presente acuerdo), siempre que se acredite que la “Información Confidencial” fue obtenida o recibida, de manera legal sin incurrir en ninguna violación legal o contractual. No obstante lo anterior, la “Información Confidencial” podrá revelarse cuando sea requerida por orden judicial o en cumplimiento a la reglas o regulacionXXXsgubernamentales, por lo que previo a dicha revelación, EL CONSULTOR, deberá: i) notificar a XX de manera inmediata de la solicitud o requerimiento; y ii) cooperará con XX en las acciones tendientes a proteger la “Información Confidencial”. Además, EL CONSULTOR podrá revelar “Información Confidencial” cuando exista una obligación legal de hacer pública dicha información, y tan pronto como sea posible, EL CONSULTOR notificará por escrito a XX, la intención de revelar la información junto con una copia de la información que será revelada.

...

Descargar como (para miembros actualizados) txt (8 Kb) pdf (64 Kb) docx (11 Kb)
Leer 4 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com