ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

ADMINISTRACION PUBLICA DOMINICA


Enviado por   •  8 de Agosto de 2013  •  1.428 Palabras (6 Páginas)  •  324 Visitas

Página 1 de 6

245

Normativas que fundamentan la Política

Anticorrupción en la República Dominicana

DECRETO NO. 324-07, DEL 3 DE JULIO

DEL 2007, QUE CREA LA DIRECCION

NACIONAL DE PERSECUCION DE LA

CORRUPCION ADMINISTRATIVA

Dado el 3 de julio del año 2007

Objeto:

Eficientizar la investigación y persecución de los actos de

corrupción administrativa.

246

Normativas que fundamentan la Política

Anticorrupción en la República Dominicana

247

Normativas que fundamentan la Política

Anticorrupción en la República Dominicana

DECRETO NO. 324-07, QUE CREA LA

DIRECCION NACIONAL DE PERSECUCION DE

LA CORRUPCION ADMINISTRATIVA

VISTA:La Constitución de la República Dominicana y las leyes

sobre la materia;

VISTA:La Convención Interamericana Contra la Corrupción;

VISTA: La Convención de las Naciones Unidas Contra la

Corrupción;

VISTO: El Decreto No. 322-97 del 24 de julio del 1997,

que crea el Departamento de Prevención de la Corrupción

Administrativa;

VISTO: El Decreto No. 149-98, que crea las Comisiones de

Etica Pública;

VISTO: El Decreto No. 101-05, que crea la Comisión Nacional

de Etica y Combate a la Corrupción;

CONSIDERANDO:Que se hace necesario concentrar en una

sola estructura la estrategia de investigación y persecución de los

hechos y acciones que constituyan actos de corrupción pública

en la República Dominicana.

CONSIDERANDO: Que en aras de lograr ese objetivo se

requiere de la reestructuración institucional del Departamento

de Prevención de la Corrupción Administrativa, para que

quede conformado en una Dirección Nacional especializada

en las funciones de investigación y persecución de los hechos

atribuidos a los funcionarios públicos durante o en el ejercicio

de sus funciones que impliquen actos de corrupción.

En el ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55

de la Constitución de la República dicto el siguiente

248

Normativas que fundamentan la Política

Anticorrupción en la República Dominicana

D E C R E T O:

Artículo 1.-El Departamento de Prevención de la Corrupción

Administrativa , creado mediante Decreto número 322-97, de

fecha 24 de julio del 1997, se denominará, en lo adelante, Dirección

Nacional de Persecución de la Corrupción Administrativa,

(DPCA) y fungirá como una dependencia especializada de

la Procuraduría General de la República para el manejo de la

investigación, persecución, presentación y sostenimiento de la

acción penal pública en los casos o hechos que involucren, de

cualquier forma, acciones de corrupción administrativa en la

República Dominicana.

Párrafo I.- La Dirección de Persecución de la Corrupción

Administrativa estará a cargo de un Procurador General Adjunto

del Procurador General de la República y ostentará el cargo

de Director Nacional, quien será el responsable técnico y

administrativo de toda la estructura.

Párrafo II.-Para el eficiente desempeño de sus funciones, el

Director Nacional estará asistido por un Subdirector, quien en su

ausencia lo representará, y tendrá a su cargo todas las funciones

que le asigne el Director. Esta entidad tendrá la estructura interna

necesaria para el ejercicio de sus funciones.

Artículo 2.- La Dirección Nacional de Persecución de la

Corrupción Administrativa preservará toda la estructura técnica,

administrativa, funcional y las competencias de investigación y

acusación que actualmente tiene el Departamento de Prevención

de la Corrupción Administrativa.

Párrafo:Todas las funciones relativas al fomento de la ética,

la formulación de políticas de transparencia y el diseño de

estrategias de prevención en la administración pública que tiene

el Departamento de Prevención de la Corrupción Administrativa,

pasarán a ser parte de las funciones y atribuciones de la Comisión

Nacional de Etica y Combate a la Corrupción.

249

Normativas que fundamentan la Política

Anticorrupción en la República Dominicana

Artículo 3.- La Dirección de Persecución de la Corrupción

Administrativa, como parte e instancia superior del Ministerio

Público, tendrá jurisdicción nacional y se desempeñará como

órgano central de coordinación entre todos los miembros del

Ministerio Público que tengan a su cargo investigaciones

de actos de corrupción administrativa o que inicien o hayan

iniciado la persecución y sometimiento de expedientes por actos

de corrupción ante las instancias judiciales correspondientes.

Artículo 4.-La Dirección de Persecución de la Corrupción

Administrativa, además de la función principal de investigar

y perseguir actos de corrupción, tendrá las siguientes

atribuciones:

a) Indagar todos los hechos de corrupción de que tenga

noticias, a través de cualquier medio, como son: las denuncias,

querellas, rumor público, informes de auditorías remitidos por

la Cámara de Cuentas o la Contraloría General de la República,

o cualquier otro medio escrito, radial o televisivo. Igualmente

dispondrá de medios propios a través de los cuales la ciudadanía

pueda acceder a presentar sus denuncias

...

Descargar como (para miembros actualizados) txt (10 Kb)
Leer 5 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com