ADUANAS Y DOCUMENTACIÓN COMERCIAL
Enviado por pilo12 • 9 de Octubre de 2016 • Ensayo • 2.600 Palabras (11 Páginas) • 224 Visitas
5. ADUANAS Y DOCUMENTACIÓN COMERCIAL
5.1 INTRODUCCIÓN
Dentro de la cadena logística encontramos las operaciones del transporte de
mercancías. Para llevar a cabo esta operación, es necesario disponer de buenas
relaciones comerciales entre el comprador y el vendedor, para que las diferentes fases
del proceso sean un éxito.
Toda negociación entre dos partes requiere de unas pautas para establecer un buen
marco de entendimiento. No obstante, en muchas operaciones internacionales entre
países con legislaciones diferentes se pueden dar situaciones muy complejas.
La exportación de una mercancía a un país se debe de realizar obligatoriamente por los
recintos aduaneros habilitados por el Estado miembro. Cualquier mercancía podrá ser
sometida a controles por parte de la Autoridades Aduaneras. La optimización de los
trámites aduaneros debe agilizar el flujo logístico, reducir los costes y optimizar la
calidad del servicio.
La Cámara de Comercio Internacional (CCI) definió los Incoterms que establecen una
serie de normas utilizadas internacionalmente para interpretar los términos de las
relaciones comerciales. De ese modo se pretende evitar disputas en la responsabilidad
de riesgos y costes de las operaciones.
5.2 ADUANAS
El concepto aduana es: un espacio definido y limitado para ubicar mercancías que
previamente han sido autorizadas por las Autoridades Aduaneras de cada Estado. El
espacio se reconoce como Recinto Aduanero, sus funciones son:
Aplicar las normas descritas por los regímenes de comercio del país
Comprobar físicamente, cuantitativamente y cualitativamente las mercancías
que entran o salen por la Aduana.
Recaudar los impuestos y tasa de las mercancías
Hay diversos tipos de Recintos Aduaneros según su ubicación:
Son recintos aduaneros:
- Puertos marítimos
- Aeropuertos
- Terminales interiores de transporte por carretera
- Terminales interiores de transporte por ferrocarril
- Depósitos Francos
- Zonas Francas
- Almacenes de Depósito Temporal
- Otros recintos autorizados.
Des del 1 de enero de 1993, los 12 países que por entonces integraban la Comunidad
Europea (actualmente compuesta por 28 países) crearon el denominado Mercado
Interior comunitario. Éste se caracteriza por permitir la libre circulación de personas,
mercancías, capitales y servicios. Como consecuencia se creó la Unión Aduanera
Comunitaria.
- Marítimo: si está localizado en puertos de mar
- Aéreo: si está ubicado en aeropuertos
- Fronterizo: situados en carreteras o líneas férreas,
al lado de otro país.
- Interior: en puntos interiores distintos a las
fronteras del país, con el objetivo de agilizar el
tráfico de mercancías.
El establecimiento del Mercado Común introdujo una serie de cambios que
repercutieron en la actividad comercial de los Operadores Económicos:
La desaparición de las fronteras interiores de los Estados, y la creación de una
única frontera exterior común frente a terceros países.
Aplicación de un Arancel Aduanero Común (TARIC), idéntico para todos los
miembros, frente a mercancías de terceros países.
La entrada en vigor de una legislación Aduanera uniforme para todos los
Estados miembros: el Código Aduanero Comunitario.
La aplicación de una Política Comercial Común de la Unión Europea con
terceros países.
5.3 DOCUMENTOS ADUANEROS
Documento Único Administrativo (DUA): es un documento necesario para el
cumplimiento de las formalidades aduaneras requeridas para las operaciones de
intercambio de mercancías. Además sirve para la declaración tributaria y constituye un
soporte de información.
Exportación: documento que autoriza la salida de la mercancía a su destino
final. Aunque la exportación sea temporal, necesita un documento DUA. Se
distinguen dos tipos de trámites diferentes, según el valor de la mercancía.
- Bajo valor: aquellas mercancías, no comerciales, cuyo valor no supera los
150€ y/o su peso es inferior a 20Kg. En estos casos no es necesario tramitar
el DUA de exportación y la compañía aérea emitirá un registro o manifiesto
de bajos valores que son enviados a la aduana para su revisión
- Alto valor: las mercancías, no comerciales, con valor superior a 150€ y/o
peso superior a 20Kg. Es necesario tramitar el DUA de exportación.
La aduana de exportación, por ejemplo España, recibe la información de los
despachos que se están realizando y diseña un sistema de respuesta para
regular la salida de dichas mercancías.
Se distinguen tres procedimientos para la autorización de las exportaciones.
- Verde: para los envíos de bajo valor, cuyo manifiesto ha sido revisado en
la aduana y se ha autorizado el embarque de la mercancía.
- Naranja: se autoriza el despacho de la mercancía, pero con inspección
documental de la exportación.
- Rojo: cuando las autoridades aduaneras imponen una revisión física y
documental de la mercancía.
Importación: cuando una mercancía llega a la aduana de un país se debe
proceder al acto de nacionalizar la mercancía haciendo una declaración y
emitiendo un DUA de importación. Al igual que en la exportación se clasifican
en bajo valor y alto valor:
- Bajo valor: toda mercancía cuyo valor es inferior a 22€ y/o pese menos de
15 Kg. En este caso el destinatario no tendrá que pagar aranceles por dicha
importación, ni será necesario gestionar el DUA, ya que se produce una
certificación automática del despacho aduanero.
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