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AMPARO CENTRO DE TRABAJO


Enviado por   •  24 de Junio de 2015  •  4.817 Palabras (20 Páginas)  •  233 Visitas

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H. JUEZ DE DISTRITO EN TURNO.

P r e s e n t e.-

SILVIA IBARRA OJEDA, mexicana, mayor de edad, por derecho propio, responsable del CENTRO DE TRABAJO DEDICADO A LA TRANSPORTACION DE CARGA, ubicado en Prolongación Ruiz Cortinez No. 4560 Poniente en la colonia Los Altos en esta ciudad de Monterrey, N.L., tal como lo acredito con la Inscripción en el Registro Federal de Contribuyentes (forma RFC-1) que en copia fotostática debidamente certificada por Notario Público se adjunta a este escrito como anexo No. 1; señalando como domicilio para oír toda clase de notificaciones la oficina ubicada precisamente en calle Prol. Ruiz Cortinez No. 4560 Poniente en la colonia Los Altos en esta ciudad capital y, autorizando indistintamente al efecto a los C.C. JOSE RAFAEL GALLEGOS ESTRADA, MA. ENCARNACION VARGAS HERNANDEZ, LUIS MANUEL HERRERA ORTA y ANGELICA MARIA TOVAR LOPEZ; ante su Señoría con el debido respeto comparecemos y exponemos:

Por medio del presente ocurso vengo a demandar Amparo y Protección de la Justicia de la Unión en contra de actos que señalaré oportunamente y, al efecto y cumpliendo con los requisitos del artículo 116 de la Ley de Amparo, manifiesto:

I.- QUEJOSA:

SYLVIA IBARRA OJEDA, por derecho propio; todos con domicilio en Prolongación Ruiz Cortinez No. 4560 Poniente en la colonia Los Altos en esta ciudad de Monterrey, N.L.

II.- TERCERO PERJUDICADO:

ERASMO SALDAÑA PEREZ, quien puede ser notificado en el domicilio ubicado en calle Julián Villagrán No. 630 Sur 3er. Piso Despacho 5 en el centro de esta ciudad de Monterrey, N.L., señalado en autos.

III.- AUTORIDADES RESPONSABLES:

Tienen tal carácter:

a).- H. Junta Especial Número Tres de la Local de Conciliación y Arbitraje del Estado, con sede en esta ciudad capital, como Ordenadora.

b).- C. Diligenciario adscrito a la H. Junta Especial Número Tres de la Local de Conciliación y Arbitraje del Estado, como ejecutora.

c).- C. Presidente de la Junta Especial Número Tres de la Local de Conciliación y Arbitraje del Estado, como Ejecutora.

Todas las autoridades con domicilio oficial conocido, en esta ciudad capital.

IV.- ACTO RECLAMADO:

De la H. Junta Especial Número Tres de la Local de Conciliación y Arbitraje del Estado, reclamo el procedimiento llevado a cabo en el Expediente No. 1297/I/03/2003, porque el mismo se desarrolló sin citación de parte contraria en forma legal, dejando a la suscrita quejosa sin oportunidad de ser oída y vencida dentro de dicho juicio.

Del C. Diligenciarlo adscrito a la Junta Especial Número Tres de la Local de Conciliación y Arbitraje del Estado, reclamo la Diligencia de Emplazamiento supuestamente llevada a cabo dentro del Expediente No. 1297/I/03/2003, formado con motivo de la demanda de carácter laboral que por conflicto individual de trabajo promueve en contra de TRANSPORTES MONTERREY SAN LUIS, S.A. DE C.V., CENTRO DE TRABAJO DEDICADO A LA TRANSPORTACION DE CARGA UBICADOA EN PROLONGACION RUIZ CORTINES 4560 PTE. y JESUS TORRES CORTEZ, el ahora tercero perjudicado, ERASMO SALDAÑA PEREZ, diligencia esta que se efectuó sin observancia de las formalidades prescritas por la Ley, propiciando con éllo que no se tuviese conocimiento oportuno para comparecer a juicio y ser oída y vencida dentro del mismo; asimismo, le reclamo todas y cada una de las diversas notificaciones practicadas dentro de dicho expediente porque también adolecen de una observancia formal a la ley o reglas de las notificaciones.

Del C. Presidente de la Junta Especial Número Tres de la Local de Conciliación y Arbitraje del Estado, reclamo cualquier acto de ejecución mediante el cual pretenda hacer cumplir el Laudo dictado en procedimiento conculcatorio de garantías de la ahora quejosa

V.- GARANTIAS VIOLADAS (PRECEPTOS CONSTITUCIONALES VIOLADOS):

Las consagradas en los artículos 14 y 16 constitucionales.

BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD, manifiesto que los hechos que constituyen los antecedentes del acto reclamado, son los siguientes:

1.- La suscrita SYLVIA IBARRA OJEDA, soy responsable del CENTRO DE TRABAJO DEDICADO A LA TRANSPORTACION DE CARGA, ubicado en Prolongación Ruiz Cortinez No. 4560 Poniente en la colonia Los Altos en esta ciudad de Monterrey, N.L., tal como desde ahora lo acredito con la Inscripción en el Registro Federal de Contribuyentes (forma RFC-1) que se adjunta a la presente demanda de garantías como anexo No. 1, en copia fotostática debidamente certificada por Notario Público.

2.- En fecha cinco de noviembre del año dos mil tres, al encontrarme en el domicilio que ocupa la Junta Especial Número Tres de la Local de Conciliación y Arbitraje del Estado, atendiendo un asunto de mi interés, me di cuenta que el señor José de Jesús Torres Cortés, estaba recogiendo unas copias de un juicio laboral y quien me dijo que en el juicio laboral del cual estaba recogiendo copias certificadas, también el centro de trabajo del cual soy responsable, había resultado condenado; hecho que me extraño sobre manera, porque no tenía conocimiento del juicio laboral que promovió Erasmo Saldaña Pérez, en contra de Jesús Torres Cortéz, Transportes Monterrey San Luis, S.A. de C.V. y del Centro de Trabajo dedicado a la transportación de carga ubicado en prolongación Ruiz Cortinez en la colonia Los Altos en esta ciudad de Monterrey, N.L., del cual soy responsable; por lo que me di a la tarea de analizar el proceso y las actuaciones contenidas en dicho juicio, una vez que acredite, ante la Junta Especial Número Tres de la Local de Conciliación y Arbitraje del Estado, tener para personalidad para éllo; de donde advertí precisamente la inobservancia de la forma prescrita por la ley en cuanto a la primer notificación o emplazamiento, así como las subsecuentes; continuándose el tramite correspondiente sin citación de parte contraria, propiciando con éllo, que se tramitara el juicio de donde emana el acto reclamado, en rebeldía, conculcando gravemente, con ésto, las garantías que otorga en mi favor la Carta del Constituyente.

3.- Mediante el laudo recaído en el procedimiento que se llevó a cabo sin citación de parte contraria, de donde emana el acto que se reclama, se condena a Transportes Monterrey San Luis, S.A. de C.V., José de Jesús Torres Cortés y Centro de Trabajo dedicado a la transportación de carga ubicado en Prolongación Ruiz Cortinez 4560 Poniente colonia los altos en Monterrey, N.L., a pagar al actor Erasmo Saldaña Pérez, la Indemnización

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