AMPARO INDIRECTO
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AMPARO INDIRECTO________
QUEJOSO:
JOSÉ PEÑA
JUZGADO DE DISTRITO EN TURNO EN MATERIA CIVIL
JOSÉ PENÑA, PROMOVIENDO PROPIO DERECHO, SEÑALO COMO DOMICILIO PARA RECIBIR NOTIFICACIONES LOS ESTRADOS DE ESTE HONORABLE JUZGADO, Y AUTORIZANDO PARA QUE EN MI NOMBRE Y REPRESENTACIÓN LAS RECIBAN LA LICENCIADA EN DERECHO ÁNGELA MEDINA FLORES, CON NÚMERO DE CÉDULA PROFESIONAL 5421366, A LA QUE AUTORIZO EN TÉRMINOS DE LO DISPUESTO EN LOS ARTÍCULOS 12 Y 24 DE LA NUEVA LEY DE AMPARO, ANTE USTED, CON EL DEBIDO RESPETO, EXPONGO LO SIGUIENTE:
POR MEDIO DEL PRESENTE ESCRITO, Y CON FUNDAMENTO POR LO DISPUESTO EN LOS ARTÍCULOS 103 Y 107 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADO UNIDOS MEXICANOS, VENIMOS A SOLICITAR EL AMPARO Y LA PROTECCIÓN DE LA JUSTICIA FEDERAL, CONTRA LOS ACTOS QUE EN SEGUIDA ENUNCIAMOS Y PASAMOS A DAR CUMPLIMIENTO A LO ESTABLECIDO POR EL ARTÍCULO 108 DE LA NUEVA LEY DE AMPARO:
1.- EL NOMBRE Y DOMICILIO DE LOS QUEJOSOS: MA. GUADALUPE MÉNDEZ CATALÁN Y JOSÉ ALEJANDRO FLORES MARTÍNEZ, CON DOMICILIO EN LA CALLE SILVESTRE REVUELTAS, EDIFICIO 112, INTERIOR 1, TLAPANCALCO, TLAXCALA.
11.- EL NOMBRE Y DOMICILIO DEL TERCERO PERJUDICADO: TRANSMISIÓN Y RECEPCIÓN, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, UBICADO EN SAÚL NÚMERO 17 - 1, COLONIA GUADALUPE TEPEYAC, DELEGACIÓN GUSTAVO A MADERO, CÓDIGO POSTAL 07840, MÉXICO DISTRITO FEDERAL, MEDIANTE SU REPRESENTANTE LEGAL
111.- LA AUTORIDAD O AUTORIDADES RESPONSABLES: JUEZ DÉCIMO SEGUNDO DE DISTRITO EN MATERIA CIVIL EN EL DISTRITO FEDERAL, COMO AUTORIDAD ORDENADORA Y EJECUTORA.
1V.- ACTOS RECLAMADOS.- DE LA AUTORIDAD SEÑALADA COMO ORDENADORA Y EJECUTORA, RECLAMAMOS EL AUTO DICTADO CON FECHA 6 DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL CATORCE Y NOTIFICADO EL 7 DE NOVIEMBRE DEL MISMO MES DEL AÑO EN CURSO, DENTRO DEL JUICIO ORAL MERCANTIL NUMERO 30/ 2013, QUE SE TRAMITA ANTE LA AUTORIDAD QUE SE SEÑALA COMO ORDENADORA Y EJECUTORA.
V.-DISPOSICIONES LEGALES.- CONSTITUCIONALES VIOLADAS, 14 Y 16 DE LA CONSTITUCIÓN GENERAL DE LA REPÚBLICA, EN ESPECIAL EL ARTICULO 364 DEL CÓDIGO DE COMERCIO.
V1.- PROTESTA LEGAL.- BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD MANIFIESTAMOS QUE LOS HECHOS Y ABSTENCIONES QUE NOS CONSTAN Y QUE CONSTITUYEN LOS ANTECEDENTES DE LOS CONCEPTOS DE VIOLACIÓN Y ACTO RECLAMADO SON LOS SIGUIENTES:
A N T E C E D E N T E S.
SE LE CONSIGNO A LA PARTE ACTORA LA CANTIDAD DE $15,000 (QUINCE MIL PESOS MN) EN BILLETE DE DEPÓSITO EN EL MES DE JUNIO DEL PRESENTE AÑO AL QUE LE RECAYÓ EL ACUERDO DEL AUTO QUE SE COMBATE MANIFESTANDO, MANIFESTANDO QUE DICHA CANTIDAD ES REFERENTE AL PAGO DE LA INTERES POR ORDEN DE VENCIMIENTO, Y NO DE LA SURTE PRINCIPAL, SIENDO QUE CLARAMENTE A LA ENTREGA DE DICHO DÉPOSITO SE ESTABLECIÓ QUE SERÍA POR CONCEPTO DE SUERTE PRINCIPAL.
V11.- CONCEPTOS DE VIOLACIÓN.- SE VIOLAN EN NUESTRO PERJUICIO LAS GARANTÍAS
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