ANALISIS DE LAS DISPOCICIONES LEGALES SEGÚN EL CODIGO DE COMERCIO
Enviado por dulzy • 2 de Abril de 2013 • 377 Palabras (2 Páginas) • 6.204 Visitas
Artículo 32. El libro diario, el libro mayor y el de inventario deberán ser realizados en castellano que permita llevar un registro claro de los movimientos.
Artículo 33. El libro diario y de inventario deberá ser presentado al Tribunal o Registro Mercantil y de no existir deberán ser llevados ante un Juez cercano a la localidad antes de ser usado para las operaciones.
Artículo 34. En el libro diario se tendrá que reflejar las operaciones que se hagan día a día, en las que se deben observar quien es el acreedor y quien el deudor. Llevar un registro detallado de los movimientos.
Artículo 35. Los comerciantes al finalizar cada año deberán reflejar en el libro de inventario todo tipo de bienes tanto personal como de su comercio. Demostrar un registro verdadero tanto de beneficios como perdidas.
Artículo 36. Está prohibido; alterar las operaciones, saltarse movimientos, borrarlos o realizar algún tipo de tachadura, alterar cualquier operación de los libros.
Artículo 37. De tener algún error al anotar las operaciones se deberá salvar en otro asiento distinto tomando en cuenta la fecha en que se realizara la falta.
Artículo 38. Los libros que sigan procedimientos con respecto a los artículos anteriores serán solo entre comerciantes y hechos de comercio.
Artículo 39. Los libros auxiliares de contabilidad deberán cumplir todos los requisitos que se exigen con relación a los libros necesarios. Para poder ser aceptados en un juicio.
Artículo 40. No se llevara a cabo una indagación por parte de alguna autoridad para averiguar si los comerciantes llevan o no libros o si llevan las recomendaciones exigidas por el Código.
Artículo 41. No podrá acordarse oficio, la manifestación sino en los casos de sucesión universal, liquidación de sociedades y atraso.
Artículo 42. El juez podrá ordenar que se le presenten los libros de comercio, para ser evaluados las operaciones, pero el comerciante no se encuentra obligado a que sus libros sean trasladados de su oficina.
Artículo 43. En dado caso que uno de los demandantes ofrece pasar por lo que constare de los libros, y se rechaza a exponer sin causa alguna a cualquier autoridad, el Tribunal podrá corroborar el juramento a la otra parte.
Artículo 44. Los libros y justificativos deben ser archivados durante un tiempo de diez años, en el que se deben conservar correspondencia y copias de cartas remitidas.
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