ANALISIS JURISPRUDENCIAL
Enviado por danibedoya1 • 19 de Agosto de 2015 • Apuntes • 744 Palabras (3 Páginas) • 223 Visitas
ANALISIS JURISPRUDENCIAL
I. IDENTIFICACIÓN DE LA SENTENCIA
Corte Suprema de Justicia – Sala de Casación Civil, Magistrado Ponente Liborio Escallon, 14 de abril de 1937
II. HECHOS RELEVANTES
Hubo un Convenio verbal de venta de 60.000 marcos tipo de cambio 2.625 oro legal
III. ASPECTO JURIDICO
Podemos estar hablando de i. contrato de compraventa ii. Contrato de mutuo
IV. PARTES
Sujeto activo Banco Alemán Antioqueño de Medellín
Sujeto pasivo Dr. José Joaquín Hernández
V. PROBLEMA JURIDICO
¿Es jurídicamente viable que el Dr. José Joaquín Hernández pueda demandar al Banco Alemán Antioqueño de Medellín para que este pagara la compra de los cheques por 60.000 marcos, argumentando que era un contrato de mutuo?
VI. TESIS
En primera instancia el Tribula Superior de Medellín se declaró no aprobadas las excepciones propuestas por el banco demandado.
En segunda instancia la Corte Suprema de Justicia casa parcialmente la sentencia proferida por el Tribunal Superior de Medellín
VII. ANALISIS JURIDICO
La decisión de casación de la Corte Suprema de Justicia fue acertada, ya que sentó un precedente para demandas futuras en cuanto al enriqueciendo sin justa causa.
ANALISIS JURISPRUDENCIAL
I. IDENTIFICACIÓN DE LA SENTENCIA
Corte Suprema de Justicia – Sala de Casación Civil, Magistrado Ponente Silvio Fernando Trejos Bueno, 7 de Junio de 2002
II. HECHOS RELEVANTES
- Guillermo Perry Ferreira de 44 años falleció trágicamente 27/11/1983, en España consecuencia de accidente de avión, cuando realizaba el trayecto parís-madrid-bogota , ocupaba el cargo de Gerente de Inversiones Bogota S.A
- Según informe Comisión Aeronáutica Civil Española, El accidente se produjo por una falla humana
- Los nombrados hijos de la victima, por conducto de su madre, instauraron demanda de responsabilidad civil contractual, se inicio en el Tribunal Superior del Dsitrito Judicial de Bogotá
- Según el demandante la demandada se ha enriquesido sin justa causa como secuela del accidente, puesto que ha dejado de pagar a los demandantes, cuantiosas indemnizaciones
- La sociedad demandada se opuso a las pretenciones, ya que no hay responsabilidad en la ocurrencia del accidente aéreo y no acepta informe emitido por la aeronáutica española, que no se ha enriquesido sino por el contrario ha sufrido cuantiosas perdidas
El demandante pide que se declare que como consecuencia de la muerte trágica de su padre, la demandada ha obtenido un enriquecimiento sin justa causa y que los nombrados demandantes han sufrido un empobrecimiento correlativo y que se obligue a AVIACA, a reparar el daño causado y se condene a pagar 250.000.000
III. ASPECTO JURIDICO
Podemos estar hablando de i. Contrato de transporte Aereo Internacional (convenio de Varsovia)
...