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ANTECEDENTES-ASPECTOSCONCEPTUALES DE LA REVISORIA FISCAL


Enviado por   •  25 de Agosto de 2016  •  Apuntes  •  2.246 Palabras (9 Páginas)  •  491 Visitas

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1. Como se define la Revisoría Fiscal.

La Revisoría Fiscal se define en una institución de origen legal, su naturaleza Privada y de carácter profesional. Debe estar sujeto por el ministerio de ley y bajo la dirección de un Contador público, con sujeción a las normas que les son propias, la Revisoría Fiscal le corresponde fiscalizar el ente económico para contribuir a la confianza pública y a la protección del interés en general. Debe examinar, evaluar, y rendir informes, dando fe pública en casos previstos a la ley.

La Revisoría Fiscal procurar que sus acciones otorguen seguridad a quienes interactúan con el ente económico, con relación a la eficacia y eficiencia de las operaciones, la veracidad, la integridad, confiablidad, y pertinencia de información el cumplimiento de las disposiciones externas e internas y la diligencia de sus administradores.  

2. Resumen de los antecedentes de la Revisoría Fiscal.

La Revisoría Fiscal es una práctica técnico-científica, de naturaleza social, sus orígenes se remontan en la colonia por la función de los vigilantes de los gremios artesanales, por una tradición latina del control de fiscalización.

La Revisoría Fiscal ha sido ejercida por otras denominaciones tales como:

  • Comisaria Fiscal
  • Interventor
  • Inspector
  • Comisario
  • Revisor

Hasta establecer su nombre actual, primero en la Empresa Colombiana de Seguros “Colseguros”.

Los orígenes de fiscalización se orientaron a la protección de los intereses de los propietarios frente a la administración.

La Revisoría Fiscal en nuestro país es importante conocer a través de la historia, las fuentes que dieron su origen.

  • Control Latino: El modelo latino es un legado de cultura, proviene de las concepciones del pensamiento en que la contabilidad y las prácticas de control estaban reglamentadas dentro del marco legal.

El control Latino mide las desviaciones y analiza el momento que se lleva a cabo el desarrollo de las operaciones. Este control ejercía el estado sobre sus instituciones a través de funcionarios públicos dotados por el poder absoluto.

  • Control Anglosajón: se remota en el siglo XV como el desarrollo de la actividad mercantil, a partir de esta época fueron surgiendo personas especializadas en la revisión de cuentas en representación de los dueños.

Este modelo ha tenido como fin principal la protección de interés privado en delegación de los propietarios que se ocupa de la inspección de la gestión de los administradores de sus negocios a través de rendición de cuentas cuya síntesis en presentada en información financiera.

  • Control de Fiscalización: se define como “un sistema compuesto por un conjunto de procesos, estructurados de manera lógica y organizada, por cual se supervisa, inspecciona, vigila y constata la ejecución idónea de los hechos económicos.

        

3. ¿Qué es interventoría de cuentas?

Interventoría es otra rama de fiscalización que consiste en verificar y supervisar las operaciones desde un ámbito técnico, la interventoría es para asegurar el cumplimiento de un contrato o de unas determinadas obligaciones.

Interventoría de cuentas: De esta técnica en el trabajo del Revisor Fiscal, nace de las disposiciones mercantiles y en especial el Art.208 del código del comercio, numeral 2 que establece en relación con el dictamen de Estados Financieros.

La técnica de interventoría de cuenta utiliza la realización independiente de una interventoría o fiscalización practicada en forma permanente a las operaciones y procesos contables y financieros de un ente económico.

La interventoría de cuenta es una técnica empleada por la Revisoría Fiscal para examinar de manera integral y permanente las operaciones y los procesos contables y financieros de una entidad, reuniendo con dicho examen elementos de juicio que permitan al revisor fiscal emitir un informe de la respectiva entidad.

Es un conjunto de actividades y procedimientos utilizados con el fin de verificar el cumplimiento de las obligaciones pactadas en un acuerdo contractual bien sea bilateral o multilateral, con relación a los establecido por la ley.

Esta interventoría es una variante de fiscalización utilizada para verificar y supervisar las operaciones realizadas en una entidad.

4. Explique cada uno de los principios que rigen la Revisoría Fiscal.

Los principios de Revisoría Fiscal son:

  • Permanencia: este principio implica como órgano de fiscalización, permite una vigilancia constante de todas las operaciones sociales, incluye inspección y constatación en los procesos de actividades.
  • Integralidad: este principio contempla al ente económico como un todo compuesto por sus bienes, recursos, operaciones y resultados.
  • Oportunidad: se concibe como una labor coeficiente en términos de conveniencia, de inspección, y vigilancia.
  • Función Preventiva: La vigilancia que ejerce el revisor fiscal debe de ser carácter preventivo, sus informes oportunos para que no se incurran en actos irregulares.
  • Independencia y objetividad: debe cumplir con todas las responsabilidades que se le asigne la ley y su criterio debe ser personal.
  • Fe pública: por residir la responsabilidad de la Revisoría Fiscal exclusivamente en cabeza de contadores públicos los informes y documentos inscritos tienen la calidad de la “verdad” es decir tiene el sello de fe pública.
  • Actuación Racional: sustenta su ejercicio en un criterio racional en un conocimiento basado en lógica por lo cual se nutre de diferentes técnicas de control.
  • Cobertura General: su acción debe ser total, de tal manera que ningún aspecto o área de operación de la empresa este vedado al Revisor Fiscal.
  • Cumplimientos de las Normas de la Profesión Contable: Este principio determina que las labores desarrolladas se deben realizar con respecto a las normas aplicables en cada caso, a los profesionales de la contaduría Pública.      

5. ¿Quiénes deben tener Revisoría Fiscal?

La Revisoría Fiscal se fundamenta en dos fuentes:

  • La Legal en donde la norma establece tal obligatoriedad, y
  • La contractual por prescripción estatutaria o por voluntad de los integrantes del máximo órgano de dirección del ente económico.

De carácter comercial: Los consagrados por el código de comercio Art.203.

  • Las sociedades por acciones
  • Las sucursales de compañía extranjera
  • Las sociedades mercantiles en las que por ley o estatuto, la administración no corresponda a todos los socios.

Igualmente están obligadas a llevar revisoría Fiscal las preceptuadas en la ley reglamentaria de la profesión del contador público, ley 43 del 1990.

  • La sociedad comercial de cualquier naturaleza que sus activos brutos al 31 de diciembre del año anterior sean o excedan un equivalente a cinco mil salarios mínimos y cuyos ingresos brutos del año anterior sea el equivalente a tres mil salarios mínimos legales mensuales.  

De Carácter Financiero: Entidades pertenecientes al sector financiero que se encuentran sometidas a control y vigilancia por la superintendencia financiera.

  • Bancos, Corporaciones Financieras, Corporaciones de ahorro y vivienda, Compañías de financiamiento comercial de leasing o Factory, Compañías de seguros, Almacenes Generales de depósito, Entidades destinadas a casas de cambio, fondos mutuos de inversión, Sociedades administradoras de fondo de pensiones y cesantías, Sociedades de Capitalización, Sociedades Fiduciarias, Organismos cooperativos de grado superior y de carácter financiero, Fondo de Garantías de Instituciones financieras, Sociedades emisoras de valores- acciones, Bolsa de valores, Sociedades comisionistas de bolsa.

De la Actividad de Salud.

  • Entidades promotoras de salud, EPS.
  • Instituciones prestadoras de Servicio de Salud, IPS.
  • Instituto de Seguro Sociales, I.S.S     

De Carácter Cooperativo: Incluyen las organizaciones Solidarias.

  • Cooperativas
  • Precooperativas
  • Fondos de Empleados
  • Asociaciones Mutuales

De Carácter Gubernamental:

  • Empresas Industriales y Comerciales del Estado.
  • Sociedades de Economía Mixta.

De Carácter General:

  • Empresas de servicios Públicos domiciliario.
  • Cajas de compensación familiar.
  • Cámaras de comercio.
  • Corporaciones Autónomas Regionales (CAR).
  • Asociaciones, Fundaciones e instituciones de utilidad común.   
  • Instituciones no oficiales de Educación
  • Asociaciones de autores
  • Clubes Deportivos Profesionales
  • Fondos Ganaderos
  • Asociaciones Gremiales Agropecuarias
  • Empresas comunitarias
  • Propiedad horizontal y unidades inmobiliarias cerradas de uso industrial, comercial o mixto.
  • Todas las demás en que lo requieran las normas legales.    

6. ¿explique qué características debe tener la designación del Revisor Fiscal?

Elección del Revisor Fiscal.

Para la elección del Revisor Fiscal se debe tener en cuenta lo reglamentado por el artículo 204 código del comercio, por los parámetros establecidos en las normas generales y estatutos por el ente cuando se trata de personas jurídicas no sometidas a la ley mercantil.

Inscripción del Nombramiento del Revisor Fiscal.

El nombramiento como la aceptación constituyes los actos fundamentales para adquirir la condición del revisor fiscal, teniendo el registro fines puramente declarativos.

Formas de Vinculación.

Existen varias modalidades de contratación. La forma de vinculación en ningún momento inhabilita o limita el alcance del trabajo del Revisor Fiscal, toda vez en únicamente la idoneidad profesional y el conocimiento constituye garantía esencial para el desarrollo objetivo e independiente de quien ejerce la fiscalización.      

Desvinculación del Revisor Fiscal.

Producida la desvinculación laboral o contractual, se pierde toda competencia de actuación o gestión, cesando el Revisor Fiscal en lo referente a todas sus obligaciones.

Reelección del Revisor Fiscal.

La ley no contempla impedimento alguno para la reelección del Revisor Fiscal durante periodos sucesivos en un ente económico.

Subordinación del Revisor Fiscal.

No tiene relación de subordinación, el mismo órgano que lo elige tiene la potestad de remplazarlo en cualquier momento, es dentro de estos límites que debe interpretarse el sentido del artículo 210 del código de comercio.

Período y Remuneración.

Serán elegidos para un periodo igual al de la junta directiva, o el determinado en los estatutos. Su ausencia de la norma se designa por un periodo de un año.    

7. Qué importancia tiene la Revisoría Fiscal.

La Revisoría Fiscal tiene un papel muy importante en la vida del país, a tal punto que una labor eficaz, independiente y objetiva, es incentivo para la inversión, el ahorro, el crédito y en general facilita el dinamismo y el desarrollo económico.

Como órgano de fiscalización la Revisoría está estructurada con el ánimo de dar seguridad a los propietarios de las entidades sobre el sostenimiento a las normas legales y estatutarias.    

ANTECEDENTES – ASPECTOS CONCEPTUALES DE LA REVISORÍA FISCAL

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