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ARGUMENTO LEGAL


Enviado por   •  27 de Julio de 2015  •  Tesis  •  1.073 Palabras (5 Páginas)  •  194 Visitas

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Marco Legal

Tal como habíamos mencionado anteriormente la lucha por la reivindicación de los derechos del estudiantado no es exclusividad de los tiempos que corren, sino que data desde hace mucho tiempo atrás, para ser más claros, se trata de un reclamo histórico, de una lucha generacional.

Desde siempre los centros de estudiantes han sido un claro ejemplo de organización juvenil, entendido como un espacio en el cual los adolescentes y jóvenes año tras año, expresan sus ideales, sus propuestas.  Un lugar desde el cual puedan hacer conocer a las autoridades de las instituciones sus necesidades, un canal que le permite y le facilita la posibilidad de ser escuchados y de esta manera que sea más factible  una respuesta concreta a sus necesidades, logrando el beneficio no solo para los integrantes de la organización, sino  también para todos los estudiantes de la institución.

Ahora la pregunta es, ¿todos los estudiantes se interesan, participan, se comprometen? Pregunta que no podemos responder con certeza, debido a la complejidad y particularidad de cada institución. Pero lo que si podemos es reflexionar sobre esta cuestión, de la participación o no de los estudiantes en esta organización juvenil. Pero es algo que realizaremos más adelante. Ahora nos detendremos en analizar y porque no preguntarnos ¿los estudiantes son realmente escuchados? ¿Se les brinda soluciones reales, concretas? Y la pregunta más importante que nos hacemos ¿los directivos incentivan, brindan, garantizan en el ámbito escolar la participación?

Lo correcto y el ideal es que todo los docentes y directivos de las escuelas secundarias incentiven a los adolescentes a la creación y fundamentalmente estimulen la participación en la organización de los centros estudiantiles y les brinden un espacio para expresar sus pensamientos e ideas para que cada uno de ellos, es decir los estudiantes vayan forjando un camino que indefectiblemente contribuirá en su formación socio-política, que le permita y le facilite su desempeño como ciudadano.

El poder expresar sus necesidades, sus reclamos y exigir respuestas es un derecho que no se les puede negar, es un derecho adquirido.

Pero ¿quién garantiza el libre desempeño de los centros estudiantiles? ¿Cuál es el fundamento que lo legitima? ¿Quién o qué rige su funcionamiento o no?

El fundamento que legitima la existencia de los centros estudiantiles, es el hecho que es el órgano por excelencia que constituye la representación gremial reconocida y legal que tiene el alumnado para hacer velar, defender y principalmente proteger sus derechos. Este espacio representa una herramienta para que todos los que son parte de él, puedan formarse en el ejercicio democrático, acercándose al ambiente de convivencia que a todos nos pertenece y del cual todos somos responsables, es decir, nuestra sociedad.

Brindándoles este espacio se estará garantizando la posibilidad a los adolescentes y jóvenes el camino de iniciación como ciudadanos y personas críticas.

Claro que para que todo lo anteriormente expuesto sea factible de realizarse, es sumamente esencial la regulación de los centros estudiantiles, ya que significa el marco legal para que los educandos se puedan agremiar, lo que posibilita un mayor nivel de organización y el respaldo que legitima sus reclamos para que estos sean debidamente escuchados y atendidos por las autoridades competentes. Y ese marco legal a que nos estamos refiriendo no es otra cosa que la Ley de Centros de Estudiantes, en la cual queda explicito que “(…) el Estado garantiza el derecho de agremiación de los estudiantes entrerrianos de instituciones educativas  de nivel secundario  (…), establecidas en jurisdicción provincial”  Art. 1º LEY DE CENTROS DE ESTUDIANTES

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