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AUTORIDADES AUTORALES


Enviado por   •  28 de Enero de 2014  •  1.355 Palabras (6 Páginas)  •  245 Visitas

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Cuáles son las principales funciones de la Dirección Jurídica?

• Proporcionar el servicio de atención de consultas y asesoría jurídica

• Substanciar el recurso administrativo de revisión

• Substanciar el procedimiento administrativo de avenencia.

• Elaborar y suscribir dictámenes técnicos solicitados por autoridades administrativas y judiciales.

• Remitir a la Dirección General de Asuntos jurídicos de la Secretaría, aquellas disposiciones que se publiquen en el Diario Oficial de la Federación.

¿Qué servicios ofrece la Dirección jurídica?

• Brindar orientación a los particulares cuando se trate de consultas sobre la aplicación administrativa de la Ley Federal del Derecho de Autor y su Reglamento.

• Establecer los criterios operativos relativos al procedimiento de avenencia previsto en la ley, así como atender y substanciar dicho procedimiento.

• Substanciar el recurso administrativo de revisión que se interponga en contra de actos y resoluciones emitidos por las unidades administrativas del Instituto que pongan fin a un procedimiento administrativo, a una instancia o resuelvan un expediente, así como elaborar los proyectos de resolución de los mismos.

¿En qué consiste el Servicio de Consulta y Asesoría jurídica y cuáles son las modalidades de su presentación?

El Instituto brinda orientación a los particulares cuando se trate de consultas sobre la aplicación administrativa de la Ley Federal del Derecho de Autor y su reglamento, sin embargo, si la contestación a las consultas planteadas implica la resolución de fondo de un posible conflicto entre particulares, la interpretación de las disposiciones de la ley y su Reglamento será competencia de los Tribunales federales.

a) Por escrito

b) Por teléfono

c) Por correo electrónico

d) Personales acudiendo a las instalaciones de la Dirección jurídica

¿Cuál es el costo del Servicio de consulta y Asesoría Jurídica?

El servicio de consulta y Asesoría Jurídica es gratuito en cualquiera de sus cuatro modalidades.

¿Cuál es el horario de Consulta y recepción de documentos en la Dirección Jurídica?

Es de lunes a viernes de 9:30 a 14:00 y de 16:00 a 18:00 horas.

¿Cuáles son los plazos de respuesta en una Consulta?

Los plazos de respuesta establecidos para las consultas escritas y por correo electrónico son de 7 días hábiles. Para las consultas telefónicas y personales la atención es inmediata.

¿En qué consiste el Procedimiento Administrativo de Avenencia?

El procedimiento administrativo de avenencia es el que se substancia ante el Instituto, a petición de alguna de las partes para dirimir de manera amigable un conflicto surgido con motivo de la interpretación o aplicación de la Ley Federal del Derecho de Autor.

¿Cuáles son los requisitos que debe contener el escrito de queja?

• Nombre del solicitante o, en su caso, el de su representante;

• Domicilio para oír y recibir notificaciones;

• Nombre y domicilio de la persona o personas contra las cuales se promueve la queja, o los de sus representantes;

• Relación sucinta de los hechos que han motivado la presentación de la queja, redactados en términos claros y precisos;

• Documentos necesarios para acreditar la personalidad del promovente;

• Copia de traslado del escrito inicial y sus anexos para cada una de las personas contra las cuales se presente la queja;

• Copia del comprobante de pago de derechos relativo

• Fecha y firma.

¿Puedo adjuntar pruebas al escrito de queja?

Dentro de las disposiciones de la Ley Federal del Derecho de Autor y su Reglamento aplicables al Procedimiento de Avenencia, no se exige como requisito la presentación del escrito de queja anexar pruebas, en virtud de que por tratarse de un procedimiento conciliatorio no hay una etapa de ofrecimiento y desahogo de pruebas. Sin embargo, con el fin de crear convicción en su contraparte, se sugiere a elección del interesado presentarlas.

¿Cómo se lleva a cabo la notificación a mi contraparte en un Proceso de Avenencia?

El segundo párrafo del artículo 140 del Reglamento de la Ley Federal del Derecho de Autor establece que la notificación del citatorio en este procedimiento se efectuará a las partes en forma personal o por correo certificado con acuse de recibo, aplicándose de manera supletoria el Capítulo Sexto “De las notificaciones”

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