Aclaratorias
Enviado por soph1a • 8 de Junio de 2013 • 597 Palabras (3 Páginas) • 582 Visitas
Nosotros, JOSEFA OSMELIA VELÁSQUEZ DE VELÁSQUEZ, JUAN FRANSISCO VELÁSQUEZ VELÁSQUEZ, VALENTINA DE LOS ANGELES VELÁSQUEZ VELÁSQUEZ Y MARIA LAURA VELÁSQUEZ VELÁSQUEZ venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, civilmente hábiles y titulares de las Cédulas de Identidad N° V- 4.979.600, V- 14.987.427, V- 16.395.761 y V-16.395.760 respectivamente, y la ciudadana ADRIANA MARÍA DEL VALLE REJÓN, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad N° V- 13.994.853, procediendo para este acto, en nuestro propio nombre declaramos: En fecha quince (15) de septiembre del año Dos Mil Diez (2010) realizamos una transacción de compra-venta sobre un inmueble, la cual quedó Autenticada por ante la Notaría Pública Segunda, ubicada en la Ciudad de Puerto Ordaz, Municipio Caroní del Estado Bolívar, bajo el N° 09, Tomo 45 de los Libros de Autenticaciones, constituido por un Apartamento distinguido con el Nº 66, ubicado en el piso sexto de la Torre “B” del Conjunto Residencial Kamarata, situado en la parcela de terreno Nº 236-16 ubicada en la Unidad de Desarrollo 236 (UD 236), en Puerto Ordaz, Municipio Caroní del Estado Bolívar, dicho apartamento tiene una superficie de SESENTA Y SIETE METROS CUADRADOS CON SETENTA Y TRES DECÍMETROS CUADRADOS (67,73 m2) y está comprendido en los siguientes linderos : NORTE: Apartamento 67 y pasillo de circulación SUR: Fachada del edificio; ESTE: Pasillo de circulación y apartamento 65, OESTE: Fachada Oeste del edificio; y le corresponde un porcentaje de condominio de CERO ENTEROS CON TREINTA Y DOS CENTÉSIMAS POR CIENTO (0,32%) sobre los derechos y cargas de la comunidad de propietarios y de CERO ENTEROS CON NOVECIENTOS SESENTA Y SIETE MILÉSIMAS POR CIENTO (0,967%) sobre los gastos del edificio del cual forma parte. Sus dependencias son: dos (02) habitaciones con closet, una (01) sala de baño, salón- comedor, cocina y lavadero, además le corresponde en uso exclusivo un puesto de estacionamiento marcado con el Nº 156. El inmueble objeto de esta venta quedó Protocolizado en la Oficina Subalterna de Registro Publico del Municipio Caroní el veintiséis (26) de agosto de mil novecientos ochenta (1980), bajo el N° 45, Folios del 1 al 4, Protocolo Primero, Tomo 14. El precio de esta venta es la cantidad de BOLIVARES DOSCIENTOS CINCUENTA MIL (Bs. 250.000,00) que han recibido los vendedores de manos de la compradora en este acto, en dinero efectivo, de curso legal en el país y a su entera y cabal
satisfacción. Ahora bien, en la oportunidad en que se redactó y otorgó el documento de Compra- Venta, éste presentó errores involuntarios, al transcribirse el precio de la venta de la siguiente manera: El precio de esta venta es la cantidad de BOLIVARES DOSCIENTOS MIL CON 00/100 (Bs. 200.000,00)
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