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Acta Constituiva


Enviado por   •  9 de Septiembre de 2014  •  482 Palabras (2 Páginas)  •  294 Visitas

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SOCIEDAD DE PRODUCCIÓN RURAL

El acta constitutiva que contenga los estatutos de la sociedad, deberá otorgarse ante fedatario público e inscribirse en el Registro Agrario Nacional, a partir de lo cual la unión tendrá personalidad jurídica.

Los Estatutos de la Sociedad deberán contener lo siguiente:

• Denominación.

• Domicilio.

• Duración.

• Objetivos.

• Capital y régimen de responsabilidad.

• Lista de los miembros y normas para su admisión, separación, exclusión, derechos y obligaciones.

• Órganos de autoridad y vigilancia; normas de funcionamiento; ejercicio y balances; fondos, reservas y reparto de utilidades, y Normas para su disolución y liquidación.

Se deberá:

• Tramitar el permiso de constitución.

• Realizar (el Acta la cual debe identificar el sustento legal de la asamblea, indicar datos generales de la convocatoria, señalar artículos de que sustenta, enunciar el orden del día. Describir acuerdos tomados destacando domicilio social, capital social, aprobación de estatutos, padrón de socios, miembros electos a los Órganos de Representación, nombres, firmas y certificación de la autoridad, con nombre, cargo, firma y sello oficial).

• El expediente constitutivo (debe contener Convocatoria para Asamblea, Acta de Asamblea Constitutiva, padrón de socios, estatutos, permiso de la SRE, pago de derecho de inscripción al Registro Público de Comercio y Registro Agrario Nacional).

• Protocolizar y suscribir el Acta Constitutiva ante Notario Público.

• Inscribir el Acta Constitutiva ante el Registro Público de Comercio o del Crédito Rural, y en su caso, ante el RAN. En caso de que los miembros sean ejidatarios, será necesario obtener la anuencia del ejido o comunidad.

SOCIEDAD DE PRODUCCIÓN RURAL

Marco Jurídico: Artículo 27 Constitucional y Ley Agraria Artículos 108, 109, 111 y 112 Integrantes Mínimo 2 socios, ya sean personas físicas o morales, los cuales pueden ser productores rurales ejidatarios, comuneros, pequeños propietarios, colonos, terceros inversionistas o la combinación de éstos.

Capital Social

• En las ilimitadas no se requiere aportación inicial.

• En limitadas, la aportación inicial será la necesaria para formar un capital mínimo (700 VSMD vigente DF).

• En Suplementadas, la aportación inicial será la necesaria para formar un capital mínimo (350 VSMD vigente DF).

Duración: Se deberá establecer en el Acta Constitutiva

Objeto Social: de proyectos productivos, asociados con núcleos agrarios, pequeños Coordinación de actividades productivas, asistencia

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