Actividad Admistrativa
Enviado por carmencho • 26 de Octubre de 2011 • 4.553 Palabras (19 Páginas) • 572 Visitas
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA
EDUCACION UNIVERSITARIA
ALDEA: LOS MAGALLANES
P.F.G; ESTUDIOS JURÍDICOS
U.C: ESTADO, ETICA Y SERVICIOS PUBLICOS
LA ACTIVIDAD ADMINISTRATIVA
PARTICIPANTES:
CARMEN SALAZAR
CI. 6.105.495
IRENE RODRÍGUEZ
C.I.7.504.953
SEMESTRE: IV
PROFESORA: MARIELA ARAUJO SECCION “A
CARACAS ,26 SEPTIEMBRE DE 2011
INTRODUCCION
La presente investigacion tiene como objetivos entender cuáles son las implicaciones del concepto de actividad administrativa, cómo está relacionado el artículo 141 de la constitución con sus los principios y su interrelación con la prestación de los servicios públicos.
También se abordaran sus características, y las diferentes modalidades como son: la organizativa, planificación, fomento, potestades reglamentarias, policías y servicios públicos, y la funcion de la actividad administrativa como medio fin último del estado.
ACTIVIDAD ADMINISTRATIVA: es aquella funcion que en forma inmediata, permanente, concreta, práctica y normalmente espontánea desarrollan los órganos estatales para alcanzar el “bien común” conforme a los regímenes jurídicos de Derecho Público, esta actividad normalmente corresponde al Poder Ejecutivo, y se realiza bajo sus efectos. La actividad administrativa tiene como fin decidir y operar. Es necesario un órgano como este que ejecute la ley, que la concrete y que la actualice cuando sea necesaria.
También comprende toda la actividad de los órganos administrativos (centralizados o descentralizados) y también la actividad de los órganos legislativos y judiciales en la medida en que no se refiera a las funciones específicas de tales órganos.
Es el conjunto de actos materiales y jurídicos, operacionales y tareas que realiza en virtud de las atribuciones que la legislación positiva le otorga. El otorgamiento de dichas atribuciones obedece a la necesidad de crear jurídicamente los medios adecuados para alcanzar tales fines la cual está encargada de satisfacer las necesidades esenciales de la colectividad
La actividad administrativa se desarrolla a través de la prestación de los servicios públicos a los cuales está obligada la administracion para el logro de su finalidad.
CARACTERÍSTICAS DE LA FUNCION ADMINISTRATIVA.
Es una función del Estado.
Es de orden público.
La finalidad es la actuación de la autoridad.
Es una función práctica, concreta y particular.
Planear, organizar, dirigir, etc.
LOS PRINCIPIOS DE LA ACTIVIDAD DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA:
Según el artículo 141 de la Constitución, la Administración Pública se fundamenta en "los principios de honestidad, participación, celeridad, eficacia, eficiencia, transparencia, rendición de cuentas y responsabilidad en el ejercicio de la función pública, con sometimiento pleno a la ley y al derecho". Estos mismos principios los repite el artículo 12 de la LOAP al precisar que la actividad de la Administración Pública se desarrollará con base a los principios antes mencionados.
El principio de la simplicidad: El artículo 12 de la LOAP dispone que la simplificación de los trámites administrativos será tarea permanente de los órganos y entes de la Administración Pública, así como la supresión de los que fueren innecesarios, todo de conformidad con los principios y normas que establezca la ley correspondiente. Este principio tiene el objeto de racionalizar los trámites que realizan los particulares ante la Administración Pública, mejorar la eficiencia, pertinencia y utilidad, a fin de lograr mayor celeridad y funcionalidad en las mismas; reducir los gastos operativos; obtener ahorros presupuestarios; cubrir insuficiencias de carácter fiscal y mejorar las relaciones de la Administración Pública con los ciudadanos.
Principio de información general (Internet). A fin de dar cumplimiento a los principios establecidos en la LOAP, ésta dispone (art. 12) que los órganos y entes de la administración Pública deberá utilizar las nuevas tecnologías que desarrolle la ciencia, tales como los medios electrónicos, informáticos y telemáticos, para su organización, funcionamiento y relación con las personas. Para ello cada órgano y ente de la Administración Pública debe establecer y mantener una página en la Internet, con toda la información que se considere relevante (misión, organización, procedimientos, normativa que lo regula, servicios que presta).
Principio de publicidad de los actos generales. Todos los reglamentos, resoluciones y actos administrativos de carácter general dictados por la Administración Pública deberán ser publicados, sin excepción, en la Gaceta Oficial de la República, según el caso, en el medio de publicación oficial del Estado, Distrito metropolitano o Municipio correspondiente (art. 13). La norma recoge el principio general del comienzo de la eficacia de los actos administrativos de efectos generales (normativos) o de carácter general (destinados a varios sujetos de derecho), sujetándolo a la publicación en la Gaceta Oficial.
Principio de la sujeción a los planes, metas y objetos. Los óranos y entes de la Administración Pública, en su funcionamiento, deben sujetarse a las políticas, estrategias, metas y objetivos que se establezcan en los respectivos planes estratégicos y compromisos de gestión. Igualmente se deben ceñir a la actividad desarrollada por las unidades administrativas de apoyo técnico y logístico se debe adaptar a la de aquellas (art. 19).
Principio de la eficacia. Los entes de la Administración Pública debe perseguir el cumplimiento eficaz de los objetivos y metas fijados en las normas, planes y compromisos de gestión; (art. 19); así como la evaluación y control del desempeño institucional y de los resultados alcanzados (art. 189.
Principio de la adecuación de los medios financieros a los fines .La asignación de recursos a los órganos y entes de la Administración Pública se debe ajustar estrictamente a los requerimientos de su funcionamiento para el logro de sus metas y objetivos. En todo caso, el funcionamiento de la Administración Pública debe propender a la utilización
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