Acuerdo 02 De 2004
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ESTABLECIMIENTO PUBLICO ADSCRITO AL MINISTERIO DE CULTURA
Carrera 6 No. 6-91 3373111 Fax: 3372019 A.A. 37555 E-MAIL: agnnal@attglobal.net Bogotá. D.C.
Página Web: www.archivogeneral.gov.co
ACUERDO No. 002
(Enero 23 de 2004)
“Por el cual se establecen los lineamientos básicos para la organización de fondos
acumulados”
EL CONSEJO DIRECTIVO DEL ARCHIVO GENERAL DE LA NACIÓN,
En uso de las facultades que le confieren la Ley 80 de 1989, la Ley 489 de 1998 y la Ley General
de Archivos 594 de 2000 y,
CONSIDERANDO
Que la Constitución Política de Colombia en su artículo 8 dispone que “Es obligación del Estado y
de las personas proteger las riquezas culturales y naturales de la Nación.
Que el artículo segundo de la Ley 80 de 1989 señala las funciones del Archivo General de la
Nación y en su literal b) estipula “fijar políticas y establecer los reglamentos necesarios para
garantizar la conservación y el uso adecuado del patrimonio documental de la Nación de
conformidad con los planes y programas que sobre la materia adopte la Junta Directiva “ ahora
Consejo Directivo en virtud del Decreto 1126 de 1999.
Que el objetivo esencial de los archivos es el de disponer de la documentación organizada, en tal
forma que la información institucional sea recuperable para uso de la administración en el servicio
al ciudadano y como fuente de la historia.
Que el Estado está obligado a la creación, organización, preservación y control de los archivos,
teniendo en cuenta los principios de procedencia y orden original, el ciclo vital de los documentos y
la normatividad archivística.
Que los archivos son importantes para la administración y la cultura, porque los documentos que
los conforman son imprescindibles para la toma de decisiones basadas en antecedentes. Pasada
su vigencia estos documentos son potencialmente parte del patrimonio cultural y de la identidad
nacional.
Que se hace necesario establecer los lineamientos básicos para la organización de los fondos
acumulados de las entidades del país.
ACUERDA
ARTICULO PRIMERO.- Establecer los lineamientos básicos que deben seguir las entidades del
Estado en sus diferentes niveles y las empresas privadas que cumplen funciones públicas, para la
organización de sus fondos acumulados y la elaboración y aplicación de las Tablas de Valoración
Documental.
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ARTICULO SEGUNDO.- DEFINICIONES. Para los efectos del presente Acuerdo, se definen
los siguientes conceptos así:
CUADRO DE CLASIFICACIÓN. Esquema que refleja la jerarquización y clasificación dada a la
documentación producida por una institución. En él se registran jerárquicamente las Secciones,
Subsecciones, las Series y Subseries Documentales.
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FONDO ACUMULADO. Se entiende por fondo acumulado el conjunto de documentos dispuestos
sin ningún criterio de organización archivística, ni las mínimas condiciones de conservación y sin la
posibilidad de ser fuente de información y consulta.
TABLA DE RETENCIÓN DOCUMENTAL. Listado de series y sus correspondientes tipos
documentales, producidos o recibidos por una unidad administrativa en cumplimiento de sus
funciones, a las cuales se les asigna el tiempo de permanencia en cada fase de archivo.
TABLA DE VALORACIÓN DOCUMENTAL. Es el listado de asuntos o series documentales a los
cuales se asigna el tiempo de permanencia, así como su disposición final.
ARTÍCULO TERCERO.- ORGANIZACIÓN DE LOS FONDOS ACUMULADOS
PRIMERA ETAPA. COMPILACIÓN DE INFORMACIÓN INSTITUCIONAL
1. Búsqueda preliminar de documentos del ente o entes productores, con el objeto de identificar y
conocer las unidades administrativas que produjeron la documentación.
2. Búsqueda y recuperación de Manuales de Funciones y Procedimientos, Estatutos y
organigramas ( en el evento de no encontrar los organigramas es preciso reconstruir la evolución
de la estructura orgánica de la institución, a partir de los materiales obtenidos en la búsqueda
preliminar y de la misma documentación, objeto de organización).
3. Adicionalmente, se deben buscar otras fuentes como, testimonios, bases de datos, informes
estadísticos y entrevistas a funcionarios de entidades con las que se haya relacionado.
4. Datos del Archivo: nombre del archivo, ubicación física, fecha de creación, ubicación en la
estructura Administrativa.
5. Planta física: Verificar en las áreas de depósito y de trabajo, las condiciones ambientales,
locativas y materiales del mobiliario.
6. Conservación de la documentación: Se debe constatar si se presenta deterioro biológico,
químico o físico; también se requiere determinar en qué unidades de
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conservación (Carpetas, AZ, legajos, tomos, libros, paquetes, entre otros) se encuentra la
documentación.
SEGUNDA ETAPA. DIAGNÓSTICO
Una vez adelantadas las tareas anteriores, se procederá a elaborar un diagnóstico que refleje la
situación real del fondo acumulado, explicando en él, todas las circunstancias observadas; tales
como, el estado de organización documental, instrumentos de recuperación de la información
(inventarios, relaciones, libros de control y de registro, entre otros), tipos de soporte ( papel,
audiovisuales, fotográficos, fílmicos e informáticos,), fechas extremas teniendo en cuenta desde la
más antigua hasta la más reciente y el volumen de la documentación dado en metros lineales,
entre otros.
TERCERA ETAPA. ELABORACIÓN Y EJECUCIÓN DEL PLAN DE TRABAJO ARCHIVISTICO
INTEGRAL
Para la preparación del plan de trabajo es importante tener en cuenta los datos obtenidos en la
primera etapa, consignados en el diagnóstico, con el fin de establecer las necesidades de personal,
materiales, insumos, equipos e instalaciones y proceder a la elaboración del cronograma que
permita determinar los tiempos de duración del trabajo a desarrollar y el presupuesto
correspondiente.
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