Acuerdo 696
Enviado por thallis • 7 de Julio de 2015 • 464 Palabras (2 Páginas) • 234 Visitas
El 20 de septiembre de 2013, se publicó en el DOF el Acuerdo número 696 por el que se establecen normas generales para la evaluación, acreditación, promoción y certificación en la educación básica.
•El Segundo Transitorio del referido Acuerdo dispone lo siguiente: “Queda sin efectos el Acuerdo Secretarial número 648 publicado en el Diario Oficial de la Federación el 17 de agosto de 2012, así como el Acuerdo que lo modificó, número 685, publicado en el referido órgano informativo el 8 de abril de 2013”.
Las disposiciones contenidas en el presente Acuerdo son aplicables a todas las instituciones educativas públicas y particulares con autorización, de los ámbitos federal, estatal y municipal que imparten educación preescolar, primaria y secundaria; y se emiten sin perjuicio de las adaptaciones e inclusiones que sean necesarias en materia de educación indígena, especial o para migrantes y adultos. (Art. 2)
Se establece el Reporte de Evaluación como el documento que avala oficialmente la acreditación parcial o total de cada grado y nivel de la educación básica. (Art. 5) El Reporte de Evaluación deberá incluir la información referida en el propio Acuerdo 696. (Art. 6). Adicionalmente, aquella información complementaria establecida en las Normas de Control Escolar 2013-2014.
En la educación preescolar, la evaluación del desempeño del alumno será exclusivamente cualitativa, por lo que el docente, en apego al programa de estudio y con base en las evidencias reunidas durante el proceso educativo, únicamente anotará en el Reporte de Evaluación, sus recomendaciones para que los padres de familia o tutores contribuyan a mejorar el desempeño de sus hijos o pupilos, sin emplear para ello ningún tipo de clasificación o referencia numérica. (Art. 7)
MOMENTO DE REGISTRO
PERIODO DE EVALUACIÓN
COMUNICACIÓN DE LOS RESULTADOS DE LA EVALUACIÓN
Noviembre
Del inicio del ciclo escolar al mes de noviembre.
Antes de que concluya el mes de noviembre.
Marzo
De diciembre a marzo de cada ciclo escolar.
Antes de que concluya el mes de marzo.
Julio
De abril a julio de cada ciclo escolar.
Durante los últimos cinco días hábiles del ciclo escolar correspondiente.
Los momentos de registro de información en el Reporte de Evaluación para comunicar a los padres de familia o tutores sobre el apoyo que requieren sus hijos o pupilos son los siguientes:
En apego a los programas de estudio y con base en las evidencias reunidas durante el proceso educativo, el docente asignará a cada estudiante una calificación en una escala de 5 a 10. Además, el docente hará un informe de cada uno de sus alumnos que necesiten apoyo fuera del horario escolar, en escritura, lectura o matemáticas, para que juntos, la escuela y la familia, realicen las acciones necesarias que le permitan al alumno avanzar
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