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Administración Del Cambio E Institución De Arreglos Para Un Trabajo Flexible


Enviado por   •  9 de Julio de 2015  •  440 Palabras (2 Páginas)  •  119 Visitas

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ARTÍCULO 2. HORARIO DE TRABAJO

2.1 Jornada regular de trabajo La jornada regular de trabajo consistirá de ocho horas diarias y 40 horas semanales. 2.2 Jornada semanal de trabajo La semana de trabajo comienza domingo a las 12:01 a.m. y termina a las 12:00 a.m. del siguiente sábado. 2.3 Semana laborable regular 2.3.1 La semana laborable regular comprende de lunes a viernes, con un horario de 8:00 a.m. a 12:00 m y de 1:00 p.m. a 5:00 p.m. 2.3.2 Se podrán establecer otros horarios de trabajo para atender las necesidades de servicio. 2.4 Cambios en el horario regular Las jornadas diarias o semanales podrán variar para cualquier empleado o grupo de éstos con la aprobación del Director Ejecutivo de Recursos Humanos. Los cambios tendrán que ser notificados al personal afectado con 15 días de antelación a la fecha de vigencia de los cambios. Los cambios no tendrán que ser notificados en caso de emergencia. 2.5 Acuerdos de horario flexible Mediante acuerdo escrito entre la Universidad y el empleado podrá establecerse un Acuerdo de Horario Flexible de Trabajo, que permite implantar cambios en las horas de entrada y salida o el periodo de tomar alimentos del empleado siempre y cuando: 4 a. haya un periodo mínimo de descanso de 12 horas consecutivas entre la hora de salida y la hora de entrada de la siguiente jornada de trabajo b. no se fraccione la jornada de trabajo diario salvo en lo relativo al periodo de toma de alimentos c. ningún acuerdo de horario flexible será por tiempo indefinido, ni se renovará automáticamente 2.6 Periodo diario para tomar alimentos Los empleados no docentes, disfrutarán de una hora para tomar sus alimentos. Este periodo deberá tomarse no antes de concluir la tercera ni después de comenzada la sexta hora consecutiva de trabajo, de manera que no trabaje más de cinco horas consecutivas sin disfrutar de un periodo para ingerir alimentos. Este periodo de descanso puede ser reducido a media hora para el beneficio del empleado y la Institución mediando el consentimiento por escrito del empleado y del Director Ejecutivo de Recursos Humanos. 2.7 Horas adicionales de trabajo (Horas extra) Los empleados deberán estar disponibles para trabajar horas en exceso de la jornada regular cuando los servicios o el volumen de trabajo así lo requiera. Los empleados solamente podrán trabajar horas en exceso de la jornada regular de trabajo mediando solicitud y autorización expresa de su supervisor inmediato a esos efectos. Queda terminantemente prohibido a cualquier empleado no exento, sobrepasar sin autorización, su jornada regular de trabajo. 2.8 Tiempo compensatorio Queda expresamente prohibida la práctica de conceder tiempo compensatorio a los empleados de la Universidad.

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