Agentes Biologicos
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PROTOCOLOS DE VIGILANCIA SANITARIA ESPECÍFICA
AGENTES BIOLÓGICOS
COMISIÓN DE SALUD PÚBLICA
CONSEJO INTERTERRITORIAL DEL SISTEMA NACIONAL DE SALUD
Edita y distribuye:
© MINISTERIO DE SANIDAD Y CONSUMO
Secretaría General Técnica
Centro de Publicaciones
Paseo del Prado, 18, 28014 Madrid
ISBN: 84-7670-616-2
NIPO: 351-01-061-7
Depósito Legal: AV-186-2001
Imprime: MIJÁN, Industrias Gráficas Abulenses, S.L.
CONSEJO
INTERTERRITORIAL
SISTEMA NACIONAL DE SALUD
El Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud
informa favorablemente el «Protocolo de vigilancia sanitaria
específica para los/as trabajadores/as expuestos a
agentes biológicos», en diciembre de 2001.
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COMISIÓN DE SALUD PÚBLICA
GRUPO DE TRABAJO DE SALUD LABORAL DE LA COMISIÓN DE
SALUD PÚBLICA DEL CONSEJO INTERTERRITORIAL DEL SISTEMA
NACIONAL DE SALUD
COORDINACIÓN DEL PROTOCOLO
MINISTERIO DE SANIDAD Y CONSUMO
AUTORES
Montserrat García Gómez. Ministerio de Sanidad y Consumo.
Félix Robledo Muga. Ministerio de Sanidad y Consumo.
Ana Collazos. Coordinadora Salud Laboral. Osakidetza.
Esperanza Alvarez. Comarca Sanitaria Guipuzcoa Este. Osakidetza.
Begoña Carrandi. Hospital de Cruces. Osakidetza.
Fernando Toña. Departamento de Sanidad del Gobierno Vasco
Margarita Viciola. Hospital de Mendaro. Osakidetza.
Daniel Zulaica. Coordinador. Departamento de Sanidad del Gobierno Vasco
Natalia Méndez Méndez. Consejería de Salud y Servicios Sanitarios de
Asturias.
María Fe Vázquez Fernández. Consejería de Salud y Servicios Sanitarios
de Asturias.
Rosario Castañeda López. Consejería de Sanidad. Madrid.
Nieves Martínez Arguisuelas. Consejería de Sanidad, Consumo y Bienestar
Social. Aragón.
Jose Ramón de Juanes. Hospital Universitario 12 de Octubre.
Francisco de la Gala Sánchez. Sociedad Castellana de Medicina y Seguridad
del Trabajo.
Mª Jesús Hernández. Hospital Miguel Servet.
Vicente Monje Jodrá. Hospital Ramón y Cajal.
Javier Sanz González. Asociación Española de Especialistas en Medicina
del Trabajo.
José Amador Vicente Pérez. Hospital de Móstoles.
José Manuel Gómez López. FREMAP.
Jesus José Otones. FREMAP .
Francisco Díaz Mora. MEDYCSA.
Marina Fernández Escribano. MEDYCSA.
Montserrat Noriega de Francisco. MEDYCSA.
Esther Díaz Cigorro. MEDYCSA.
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Imelda González Sánchez. MEDYCSA.
Nieves Martínez Loizaga. MEDYCSA.
Mº Paz Morales Bragado. MEDYCSA.
Iluminada Pinedo Ramos. MEDYCSA.
Juan Dancausa Roa. MEDYCSA.
GRUPO DE TRABAJO DE SALUD LABORAL
Montserrat García Gómez. Ministerio de Sanidad y Consumo. Madrid.
Félix Robledo Muga. Ministerio de Sanidad y Consumo. Madrid.
Liliana Artieda Pellejero. Instituto Navarro de Salud Laboral. Navarra.
Esther Busquets Bou. Consejería de Sanidad y Seguridad Social. Cataluña.
Francisco Camino Durán. Consejería de Salud. Andalucía.
Rosa María Campos Acedo. Consejería de Sanidad y Consumo. Extremadura.
Rosario Castañeda López. Consejería de Sanidad. Madrid.
Rafael Castell Salvá. Consejería de Sanidad y Consumo. Baleares.
Juan Carlos Coto Fernández. Instituto Vasco de Seguridad y Salud Laborales.
País Vasco.
Mercedes Elvira Espinosa. Consejería de Sanidad y Bienestar Social. Castilla
y León.
Eduardo Estaún Blasco. Consejería de Sanidad y Consumo. Canarias.
Valentín Esteban Buedo. Consejería de Sanidad. Valencia.
Mariano Gallo Fernández. Instituto Navarro de Salud Laboral. Navarra.
Fernando Galvañ Olivares. Consejería de Sanidad y Política Social. Murcia.
Isabel González García. Consejería de Sanidad y Servicios Sociales. Galicia.
Asunción Guzmán Fernández. Consejería de Salud y Servicios Sanitarios.
Asturias.
Mª Ángeles Lópaz Pérez. Consejería de Sanidad. Madrid.
Nieves Martínez Arguisuelas. Consejería de Sanidad, Consumo y Bienestar
Social. Aragón.
Margarita Medina Vinuesa. Consejería de Sanidad, Consumo y Deportes.
Ceuta.
Lourdes Miralle Martínez-Portillo. Consejería de Salud y Servicios Sociales.
La Rioja.
Alberto Montilla Sánchez de Navas. Consejería de Sanidad. Castilla-La
Mancha.
Pilar Sánchez Fabo. Instituto Vasco de Seguridad y Salud Laborales. País
Vasco.
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PRESENTACIÓN
Este volumen pertenece a la serie «Protocolos de Vigilancia Sanitaria»,
editados por el Ministerio de Sanidad y Consumo y fruto del trabajo desarrollado
por las Administraciones Sanitarias a través del Grupo de Trabajo
de Salud Laboral de la Comisión de Salud Pública del Consejo Interterritorial
del Sistema Nacional de Salud, como contribución a las actividades de
prevención de riesgos laborales en nuestro país.
El nuevo marco normativo en materia de prevención de riesgos laborales
(Ley 31/1995, de 8 de noviembre, y normas de desarrollo) supone, entre
otras cuestiones, que debe cambiar radicalmente la práctica de los reconocimientos
médicos que se realizan a las y los trabajadores. De ser exámenes
médicos inespecíficos, cercanos a los clásicos chequeos o cribados de
carácter preventivo general, deben pasar a ser periódicos, específicos frente
a los riesgos derivados del trabajo, con el consentimiento informado del
trabajador, y no deben ser utilizados con fines discriminatorios ni en perjuicio
del trabajador.
Además de reconocer el derecho de todos los trabajadores a la vigilancia
periódica de su salud, incluso prolongándola más allá de la finalización
de la relación laboral en algunos supuestos, la ley encomienda a las administraciones
sanitarias la tarea de dar homogeneidad y coherencia a los
objetivos y contenidos de la vigilancia de la salud, mediante la elaboración
de protocolos y guías de actuación, con la mirada puesta en implantar un
modelo de vigilancia de la salud en el trabajo que sea eficaz para la prevención.
El poder contar con criterios uniformes basados en la evidencia científica
y la experiencia profesional de los participantes en los grupos de trabajo
constituidos para su elaboración, permitirá alcanzar
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