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Agentes Generadores Del Riesgo De LAVADO DE ACTIVOS


Enviado por   •  8 de Julio de 2014  •  376 Palabras (2 Páginas)  •  746 Visitas

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los agentes generadores del riesgo de LA/FT. Para efectos del SARLAFT las entidades vigiladas deben tener en cuenta como mínimo los siguientes:

a) Clientes/usuarios,

b) Productos,

c) Canales de distribución y

d) Jurisdicciones.

Los productos sobre los cuales recae son las operaciones legalmente autorizadas que pueden adelantar las entidades vigiladas mediante la celebración de un contrato (cuenta corriente o de ahorros, seguros, inversiones, CDT, giros, etc.)

Los riesgos a través de los cuales se materializa el riesgo de Lavado de Activos y/ Financiacion del Terrorismo representa una gran amenaza para la estabilidad del sistema financiero y la integridad de los mercados por su carácter global y las redes utilizadas para el manejo de tales recursos. Tal circunstancia destaca la importancia y urgencia de combatirlos, resultando esencial el papel que para tal propósito deben desempeñar las entidades sometidas ala inspección y vigilancia de la Super. Financiera de Colombia.

LOS FACTORES DE RIESGO SON:

a) Clientes / Usuarios

b) Productos.

c) Canales de distribución y

d) Jurisdicciones

1. Riesgo Reputaciones: la mala imagen que se vera la entidad, la publicidad negativa, cierta o no, respecto de la institución y sus prácticas de negocios, que cause pérdida de clientes, disminución de ingresos o procesos judiciales.

2. Riesgo Legal: incurre una entidad al ser sancionada, multada u obligada a indemnizar daños como resultado del incumplimiento de normas o regulaciones y obligaciones contractuales, también como consecuencia de fallas en los contratos y transacciones, derivadas de actuaciones malintencionadas, negligencia o actos involuntarios que afectan la formalización o ejecución de contratos o transacciones.

3. Riesgo Operativo: Es la posibilidad de incurrir en pérdidas por deficiencias, fallas o inadecuaciones, en el recurso humano, los procesos, la tecnología, la infraestructura o por la ocurrencia de acontecimientos externos. Esta definición incluye el riesgo legal y reputación, asociados a tales factores.

4. Riesgo Contagio: Es la posibilidad de pérdida que una entidad puede sufrir, directa o indirectamente, por una acción o experiencia de un relacionado o asociado. El relacionado o asociado incluye personas naturales o jurídicas que tienen posibilidad de ejercer influencia sobre la entidad.

5. Riesgo Inherente: Es el nivel de riesgo propio de la actividad, sin tener en cuenta el efecto de los controles.

6. Riesgo Residual o Neto: Es el nivel resultante del riesgo después de aplicar los controles.

EL SARLAFT que implementa las entidades vigiladas debe comprender como mínimo las siguientes etapas:

1. Identificación del Riesgo.

2. Medición o Evaluación.

3. Control, y

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