ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

Agrupación de los sistemas jurídicos de las familias


Enviado por   •  4 de Mayo de 2015  •  Trabajo  •  7.813 Palabras (32 Páginas)  •  336 Visitas

Página 1 de 32

sistemas jurídicos del mundo, resulta imposible crear un sistema jurídico ideal de clasificación comparable.

1.6 Agrupación de los sistemas jurídicos de las familias

Con el objeto de comparar entre si los sistemas jurídicos estos se han agrupado en las siguientes familias:

• Familia neorromanista

• Familia common law o anglosajona

• Sistema religioso.

• Familia mixta o hibrida

• Familia socialista

Familia neorromanista: la integras los países cuya ciencia jurídica se ha elaborado sobre los fundamentos del derecho romano y de la tradición germánica, los cuales se fusionaron en el occidente de Europa a partir del siglo V.

Familia del common law o anglosajona: este derecho fue creado por las decisiones emanantes de los tribunales reales (1066), se puede decir que es el derecho eminentemente jurisprudencial.

Sistemas religiosos: Estos sistemas no constituyen una familia si no son conjuntos de normas que regulan el comportamiento humano en determinados países del mundo.

Familia mixta o hibrida: Es difícil agruparlos en una familia ya que su sistema jurídico constituye a uno o más sistemas a su vez que poseen sus características.

Familia socialista: es el sistema socialista soviético es el que se impartió en Rusia a raíz de la revolución de bolchevique de 1917

sistemas jurídicos del mundo, resulta imposible crear un sistema jurídico ideal de clasificación comparable.

1.6 Agrupación de los sistemas jurídicos de las familias

Con el objeto de comparar entre si los sistemas jurídicos estos se han agrupado en las siguientes familias:

• Familia neorromanista

• Familia common law o anglosajona

• Sistema religioso.

• Familia mixta o hibrida

• Familia socialista

Familia neorromanista: la integras los países cuya ciencia jurídica se ha elaborado sobre los fundamentos del derecho romano y de la tradición germánica, los cuales se fusionaron en el occidente de Europa a partir del siglo V.

Familia del common law o anglosajona: este derecho fue creado por las decisiones emanantes de los tribunales reales (1066), se puede decir que es el derecho eminentemente jurisprudencial.

Sistemas religiosos: Estos sistemas no constituyen una familia si no son conjuntos de normas que regulan el comportamiento humano en determinados países del mundo.

Familia mixta o hibrida: Es difícil agruparlos en una familia ya que su sistema jurídico constituye a uno o más sistemas a su vez que poseen sus características.

Familia socialista: es el sistema socialista soviético es el que se impartió en Rusia a raíz de la revolución de bolchevique de 1917

sistemas jurídicos del mundo, resulta imposible crear un sistema jurídico ideal de clasificación comparable.

1.6 Agrupación de los sistemas jurídicos de las familias

Con el objeto de comparar entre si los sistemas jurídicos estos se han agrupado en las siguientes familias:

• Familia neorromanista

• Familia common law o anglosajona

• Sistema religioso.

• Familia mixta o hibrida

• Familia socialista

Familia neorromanista: la integras los países cuya ciencia jurídica se ha elaborado sobre los fundamentos del derecho romano y de la tradición germánica, los cuales se fusionaron en el occidente de Europa a partir del siglo V.

Familia del common law o anglosajona: este derecho fue creado por las decisiones emanantes de los tribunales reales (1066), se puede decir que es el derecho eminentemente jurisprudencial.

Sistemas religiosos: Estos sistemas no constituyen una familia si no son conjuntos de normas que regulan el comportamiento humano en determinados países del mundo.

Familia mixta o hibrida: Es difícil agruparlos en una familia ya que su sistema jurídico constituye a uno o más sistemas a su vez que poseen sus características.

Familia socialista: es el sistema socialista soviético es el que se impartió en Rusia a raíz de la revolución de bolchevique de 1917

sistemas jurídicos del mundo, resulta imposible crear un sistema jurídico ideal de clasificación comparable.

1.6 Agrupación de los sistemas jurídicos de las familias

Con el objeto de comparar entre si los sistemas jurídicos estos se han agrupado en las siguientes familias:

• Familia neorromanista

• Familia common law o anglosajona

• Sistema religioso.

• Familia mixta o hibrida

• Familia socialista

Familia neorromanista: la integras los países cuya ciencia jurídica se ha elaborado sobre los fundamentos del derecho romano y de la tradición germánica, los cuales se fusionaron en el occidente de Europa a partir del siglo V.

Familia del common law o anglosajona: este derecho fue creado por las decisiones emanantes de los tribunales reales (1066), se puede decir que es el derecho eminentemente jurisprudencial.

Sistemas religiosos: Estos sistemas no constituyen una familia si no son conjuntos de normas que regulan el comportamiento humano en determinados países del mundo.

Familia mixta o hibrida: Es difícil agruparlos en una familia ya que su sistema jurídico constituye a uno o más sistemas a su vez que poseen sus características.

Familia socialista: es el sistema socialista soviético es el que se impartió en Rusia a raíz de la revolución de bolchevique de 1917

sistemas jurídicos del mundo, resulta imposible crear un sistema jurídico ideal de clasificación comparable.

1.6 Agrupación de los sistemas jurídicos de las familias

Con el objeto de comparar entre si los sistemas jurídicos estos se han agrupado en las siguientes familias:

• Familia neorromanista

• Familia common law o anglosajona

• Sistema religioso.

• Familia mixta o hibrida

• Familia socialista

Familia neorromanista: la integras los países cuya ciencia jurídica se ha elaborado sobre los fundamentos del derecho romano y de la tradición germánica, los cuales se fusionaron en el occidente de Europa a partir del siglo V.

Familia del common law o anglosajona: este derecho fue creado por las decisiones emanantes de los tribunales reales (1066), se puede decir que es el derecho eminentemente jurisprudencial.

Sistemas religiosos: Estos sistemas no constituyen una familia si no son conjuntos de normas que regulan el comportamiento humano en determinados países del mundo.

Familia mixta o hibrida: Es difícil agruparlos en una familia ya que su sistema jurídico constituye a uno o más sistemas a su vez que

...

Descargar como (para miembros actualizados) txt (54 Kb)
Leer 31 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com