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Agua Y Ecosistema


Enviado por   •  19 de Febrero de 2015  •  2.616 Palabras (11 Páginas)  •  437 Visitas

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2.4. AGUA Y ECOSISTEMAS ACUÁTICOS. MANEJO INTEGRAL DEL AGUA.

Los ecosistemas acuáticos son aquellos en los que los animales y plantas viven o se relacionan con seres vivos en el agua. Dependiendo del tipo de agua podemos definir distintos tipos de hábitat acuáticos:

AGUA DULCE: aguas estancadas y aguas que corren.

AGUA SALADA: costa, mar poco profundo, mar profundo.

Si tomamos en cuenta otros factores abióticos, podremos subdividirlos:

Los distintos vegetales y animales de cada uno de ellos tienen características especiales que les permiten adaptarse a su hábitat.

Se entiende por manejo integral del agua, el proceso mediante el cual se promueve la gestión coordinada y planificada del agua, el suelo y los recursos relacionados a fin de optimizar los beneficios económicos y el bienestar social sin comprometer la sostenibilidad de los ecosistemas. Por lo tanto, el aprovechamiento y la gestión del agua deben inspirarse en un planteamiento basado en la participación de los usuarios, los planificadores y los responsables de las decisiones a todos los niveles.

2.4.1. OCÉANOS Y ZONAS COSTERAS.

Las zonas costeras y las pequeñas islas son sumamente vulnerables.

En las últimas décadas las costas se han modificado y urbanizado intensamente, lo que las hace aún más vulnerables a un aumento del nivel del mar. Los países en desarrollo, con sus economías e instituciones más débiles, están expuestos a los riesgos más graves, pero las zonas costeras bajas de los países desarrollados pueden también verse gravemente afectadas. Ya en los últimos 100 años, el 70% de las líneas de costas arenosas ha estado retrocediendo.

Las inundaciones y la erosión costera se agravarían.

La intrusión de agua salada ha de reducir la cantidad y calidad del abastecimiento de agua dulce. El aumento del nivel del mar podría también causar episodios extremos tales como mareas altas, tormentas repentinas y olas marinas sísmicas (tsunami) que causen mayor destrucción. La elevación del nivel del mar ya está contaminando las fuentes subterráneas de agua dulce en Israel y Tailandia, en los pequeños atolones dispersos a través del Pacífico y el Océano Índico y el Mar del Caribe, y en algunos de los deltas más productivos del mundo, tales como el Delta Yangtze de China y el Delta Mekong de Vietnam.

El aumento del nivel del mar podría dañar sectores económicos fundamentales...

Una gran cantidad de alimentos se produce en las zonas costeras, lo que hace particularmente vulnerables a las pesquerías, la acuicultura y la agricultura. Otros sectores más expuestos a riesgos son el turismo, los asentamientos humanos y los seguros (que ya han sufrido pérdidas sin precedentes últimamente, debido a episodios climáticos extremos). El aumento previsto del nivel del mar inundaría gran parte de las tierras bajas del mundo, perjudicando las tierras de cultivo y desplazando millones de personas de las comunidades costeras y de pequeñas islas.

Las zonas costeras son sistemas dinámicos. La sedimentación, las defensas físicas o bióticas (como los arrecifes de coral) y otras condiciones locales han de interactuar con el aumento del agua del mar. Por ejemplo, las fuentes de agua dulce en las zonas costeras serán más o menos vulnerables según el cambio de la afluencia de agua dulce y el volumen del cuerpo de agua dulce. La supervivencia de los humedales salinos y los bosques de manglares dependerá en parte de que la sedimentación aumente a mayor o menor velocidad que el nivel del mar en el plano local. Es más probable que la sedimentación supere el aumento del nivel del mar en las regiones ricas en sedimentos en Australia, en que las fuertes corrientes de marea redistribuyen los sedimentos, que en los entornos con pocos sedimentos como el Caribe.

2.4.2. EL APROVECHAMIENTO SUSTENTABLE DEL AGUA Y LOS ECOSISTEMAS.

Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente

ARTÍCULO 88.-

Para el aprovechamiento sustentable del agua y los ecosistemas acuáticos se considerarán los siguientes criterios:

I. Corresponde al Estado y a la sociedad la protección de los ecosistemas acuáticos y del equilibrio de los elementos naturales que intervienen en el ciclo hidrológico;

II.- El aprovechamiento sustentable de los recursos naturales que comprenden los ecosistemas acuáticos debe realizarse de manera que no se afecte su equilibrio ecológico;

III.- Para mantener la integridad y el equilibrio de los elementos naturales que intervienen en el ciclo hidrológico, se deberá considerar la protección de suelos y áreas boscosas y selváticas y el mantenimiento de caudales básicos de las corrientes de agua, y la capacidad de recarga de los acuíferos, y

IV.- La preservación y el aprovechamiento sustentable del agua, así como de los ecosistemas acuáticos es responsabilidad de sus usuarios, así como de quienes realicen obras o actividades que afecten dichos recursos.

ARTÍCULO 89.-

Los criterios para el aprovechamiento sustentable del agua y de los ecosistemas acuáticos, serán considerados en:

I. La formulación e integración del Programa Nacional Hidráulico;

II. El otorgamiento de concesiones, permisos, y en general toda clase de autorizaciones para el aprovechamiento de recursos naturales o la realización de actividades que afecten o puedan afectar el ciclo hidrológico;

III. El otorgamiento de autorizaciones para la desviación, extracción o derivación de aguas de propiedad nacional;

IV.- El establecimiento de zonas reglamentadas, de veda o de reserva;

V.- Las suspensiones o revocaciones de permisos, autorizaciones, concesiones o asignaciones otorgados conforme a las disposiciones previstas en la Ley de Aguas Nacionales, en aquellos casos de obras o actividades que dañen los recursos hidráulicos nacionales o que afecten el equilibrio ecológico;

VI.- La operación y administración de los sistemas de agua potable y alcantarillado que sirven a los centros de población e industrias;

VII.- Las previsiones contenidas en el programa director para el desarrollo urbano del Distrito Federal respecto de la política de reusó de aguas;

VIII.- Las políticas y programas para la protección de especies acuáticas endémicas, amenazadas, en peligro de extinción o sujetas a protección especial;

IX.- Las concesiones para la realización de actividades de acuacultura, en términos de lo previsto en la Ley de Pesca, y

X.- La creación y administración de áreas o zonas de protección pesquera.

XI.- Todas aquellas prácticas de diferentes sectores productivos que afecten la calidad del agua superficial y subterránea.

2.5. ATMOSFERA.

La atmósfera

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