Alegatos Y Pruebas
Enviado por bpanrog • 22 de Octubre de 2013 • 2.003 Palabras (9 Páginas) • 468 Visitas
Honorable Juzgado Tercero de Distrito
De la Ciudad de Cancún Quintana Roo
JESÚS ROBLES SÁNCHEZ
VS
DIEGO DE JESÚS MARTÍNEZ CASTRO
Expediente Número: ___
LIC. CARLOS CETINA MORA, en mi carácter de representante legal del hoy actor y quejoso DIEGO DE JESÚS MARTÍNEZ CASTRO, personalidad que tengo debidamente acreditada y reconocida en autos, ante este H. Tribunal, respetuosamente comparezco y expongo:
Que por medio del presente memorial, estando en tiempo y forma, presento ALEGATOS y PRUEBAS respecto de mi representado el C. DIEGO DE JESÚS MARTÍNEZ CASTRO, a fin de llevar a cabo la correspondiente AUDIENCIA CONSTITUCIONAL ante este Honorable Juzgado Tercero de Distrito en los siguientes términos:
A N T E C E D E N T E S
PRIMERO.- Que, con fecha 22 (veintidós) de diciembre del 2012 (dos mil doce), la Junta Especial número uno de Conciliación y Arbitraje de esta ciudad de Cancún Quintana Roo emitió un acuerdo relacionado con el expediente 0148/2012 en el cual se admitió formalmente la demanda del señor JESÚS ROBLES SÁNCHEZ, contra mi hoy representado el C. DIEGO DE JESÚS MARTÍNEZ CASTRO.
SEGUNDO.- Que con fecha 21 (veintiuno) de mayo del 2013 (dos mil trece) le fue notificado a mi hoy representado el C. DIEGO DE JESÚS MARTÍNEZ CASTRO la emisión de un laudo de fecha 20 de mayo del año 2013 en el que era condenado al pago de la cantidad de $100,000.00 (CIEN MIL PESOS 00/100 M.N) apercibiéndolo que de no hacerlo le serían embargados sus bienes muebles e inmuebles para cubrir dicha cantidad, en su domicilio marcado con el número 2504-B, manzana 9, lote 10, supermanzana 500, segundo nivel de esta ciudad de Cancún Quintana Roo, siendo hasta este momento en el que mi representado conoce del procedimiento en su contra. Anexando al presente copia certificada del laudo correspondiente al expediente de número 0148/2012.
A L E G A T O S
PRIMERO.- La Ilegalidad y Anticonstitucionalidad del Laudo y su ejecución. El laudo dictado en contra de mi representado con fecha 20 de mayo del año 2013, es totalmente anticonstitucional e ilegal ya que no se llevaron a cabo las notificaciones personales en el domicilio correcto del demandado, siendo el correcto el marcado con el número 2504-B, manzana 9, lote 10, supermanzana 500, segundo nivel de esta ciudad de Cancún Quintana Roo, por lo que mi representado nunca se enteró de algún juicio llevado en su contra, violándose así la garantía y derecho fundamental que protege la constitución del debido proceso y por los actos de la autoridad ya que estas no llevaron a cabo las notificaciones personales de manera legal. Por lo tanto su ejecución es por demás anticonstitucional e ilegal como había mencionado, porque de cumplirse el laudo, se me aplicara la pena antes señalada.
SEGUNDO.- La Ilegalidad y Anticonstitucionalidad del Pago del Laudo. El laudo dictado en contra del demandado del día 20 de mayo del 2013 en el cual se le condena al pago de la cantidad de $100,000.00 (CIEN MIL PESOS 00/100 M.N) apercibiéndolo que de no hacerlo le serían embargados sus bienes muebles e inmuebles para cubrir dicha cantidad, es completamente ilegal y anticonstitucional ya que no es fundado ni motivado conforme a derecho por la junta de conciliación y arbitraje, la cantidad estimada para el pago es elevadísima y no se tienen bases sobre las cuales estimaron dicha cantidad y de no pagarla se me embargarían los bienes; todo lo mencionado anteriormente es ilegal y anticonstitucional ya que el laudo se deriva de la incorrecta notificación personal a mi representado, en un domicilio donde no era el suyo, por lo que jamás se enteró de un juicio llevado en su contra.
TERCERO.- Posible embargo. El laudo consistente en pagar una cantidad de $100,000.00 (CIEN MIL PESOS 00/100 M.N) que mi representado debe cumplir en tiempo y forma en un término de 15 días y de no cumplir con dicho pago, se llevaría a cabo el embargo de sus bienes muebles e inmuebles suficientes para cubrir el adeudo. Por lo que con esto me entero de un supuesto procedimiento seguido en mi contra, mismo que nunca fue hecho de mi conocimiento hasta el día de dicha notificación, acto que me resulta por demás ilegal ya nunca fui citado a juicio donde se me informará acerca de los hechos que se imputan en mi contra.
CUARTO.- Legal Posesión del Bien. Acredito ante el H. Tribunal Colegiado de Circuito la legal ubicación y propiedad del bien inmueble mencionado con anterioridad con la copia certificada de la escritura pública número 34768760 inscrita ante el Registro de Propiedad y Comercio en su Delegación en esta ciudad de Cancún Quintana Roo, de fecha 19 de julio de 1993, con ubicación en manzana 9, lote 10, supermanzana 500, número 2504-B segundo nivel de esta ciudad de Cancún Quintana Roo, municipio de Benito Juárez.
CUARTO.- Violación al debido proceso. Todo lo actuado en el juicio representa una violación a las garantías y derechos fundamentales que protege la constitución mexicana ya que desde un principio no se llevaron a cabo las notificaciones personales en mi domicilio correcto el cual es el ubicado en manzana 9, lote 10, supermanzana 500, número 2504-B segundo nivel de esta ciudad de Cancún Quintana Roo, y por las que se notificaron en un domicilio incorrecto el ubicado en la casa número 2504-B, segunda planta lote 10 manzana 9, supermanzana 500. Como consecuencia de lo anterior, tampoco me fue posible defenderme en juicio en contra de lo que actualmente se me imputa, violándose así el debido procesos privándome así de mi derecho a acudir a juicio, vencer y ser vencido en el mismo ante los tribunales competentes que fueron previamente establecidos, y a que se me administre justicia imparcial y bajo los términos y condiciones que la Ley señala.
[TA]; 10a. Época; 1a. Sala; S.J.F. y su Gaceta; Libro XVIII, Marzo de 2013, Tomo 1; Pág. 881
DERECHO AL DEBIDO PROCESO. SU CONTENIDO.
Dentro de las garantías del debido
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